🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - Directiva 14 de 2022

Procuraduría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - Directiva 14 de 2022
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION

14

DIRECTIVA No. 0

DE:(cid:9) PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN.

PARA:(cid:9) ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS DEL NIVEL CENTRAL

Y TERRITORIAL; ÓRGANOS Y ENTIDADES AUTÓNOMOS Y

DE CONTROL; PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS

PÚBLICAS O PRIVADAS QUE PRESTEN SERVICIOS

PÚBLICOS, DESEMPEÑEN FUNCIONES PÚBLICAS O QUE

ADMINISTREN RECURSOS PÚBLICOS; PARTIDOS Y

MOVIMIENTOS POLÍTICOS

ASUNTO:(cid:9) DILIGENCIAMIENTO DE LA INFORMACIÓN EN EL ÍNDICE

DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

PÚBLICA (ITA), DE CONFORMIDAD CON LAS

DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY 1712 DE

2014

(cid:9) FECHA: 30 AGO 2022

La Procuradora General de la Nación, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial, las contenidas en los numerales 1, 2, 3 y 5 del artículo 277 de la Constitución Política y los numerales 2 y 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que con la expedición de La Ley 1712 de 20141 se busca promover y regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para su ejercicio y garantía, así como las excepciones a la publicidad de información. Que el artículo 4 de la Ley 1712 de 2014 establece que el acceso a la información

es un derecho fundamental que tienen todas las personas para conocer sobre la existencia y acceder a la información pública, y que el Ministerio Público es el encargado de velar por su cumplimiento. Que la Procuradora General de la Nación, como suprema directora del Ministerio Público, debe supervisar el cumplimiento de la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1437 de 2014. Que la Procuraduría General de la Nación, con el apoyo de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP), creó un sistema de información para el registro, seguimiento, monitoreo y generación del Índice de Transparencia Activa (ITA). Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional. Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública 1 PBX 5878750 Ext. 11803 - 11807 — 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia moralidadvtransparenciapublica@procuraduria.gov.co PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION Que, mediante las Resoluciones 138 y 226 del 2018, se creó la Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad y se asignaron funciones especiales en materia disciplinaria y de prevención, entre ellas, vigilar el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 por parte de los sujetos obligados. Que la Procuraduría General de la Nación, en la Directiva 015 de 2018, estableció

la metodología para que desde el Ministerio Público se desarrollaran acciones tendientes a verificar el efectivo cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 y, específicamente, dispuso: Desarrollar acciones preventivas para el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan"; "promover el conocimiento y aplicación de la presente ley"; "requerir a los sujetos obligados para que ajusten sus procedimientos y sistema de atención al ciudadano a dicha legislación"; "efectuar estadísticas y reportes sobre transparencia y acceso a la información de los órganos de la administración del Estado y sobre el cumplimiento de esta ley"; e "implementar y administrar los sistemas de información en el cumplimiento de sus funciones, para lo cual establecerá los plazos y criterios del reporte por parte de las entidades públicas que considere necesarias. Que la metodología desarrollada por el aplicativo denominado Índice de Transparencia y Acceso a la información Pública (ITA) consiste en una herramienta o mecanismo de vigilancia y garantía del cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, por medio de la realización de auditorías a los sujetos obligados2. Que en la Circular 018 del 22 de 2021, la Procuradora General de la Nación precisó que, entre otras actividades preventivas, "a lo largo del segundo semestre del año 2022, se realizará una nueva medición del índice de Transparencia y Acceso a la información Pública (ITA), por medio de la convocatoria y auditoría de los sujetos obligados focalizados. Por tal motivo, se exhorta a los sujetos obligados a cumplir

con los plazos y requisitos establecidos en la Resolución 1519 de 2020". Que conforme a la Resolución 150 del 12 de mayo de 2022, la Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad, se convirtió en la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública. Que, ante este contexto normativo, se requiere exhortar a los sujetos obligados a cumplir los deberes impuestos por la Ley 1712 de 2014, especialmente, el relacionado con el diligenciamiento del índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA). Que, en virtud de lo anterior, la Procuradora General de la Nación, 2 El Indice de Transparencia y Acceso a la información Pública (ITA), está soportado por una Matriz de Cumplimiento Normativo de la Ley 1712 de 2014, que sintetiza, mediante preguntas, todas las categorias de la información que legalmente deben ser publicadas por los sujetos obligados. El funcionamiento del aplicativo ITA, se despliega mediante dos módulos: a) "Módulo de autodiagnóstico, en el que los sujetos obligados diligencian la herramienta e informan su nivel o grado de cumplimento" y b) "Módulo de auditoria, en el que los operadores preventivos realizan la verificación directa de las páginas web y de la información mediante la realización de auditorias de cumplimiento". Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública 2 PBX 5878750 Ext. 11803 - 11807— 11896Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia

moralidadytransparenciapublica@procuraduria.gov.co

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO: EXHORTAR a los sujetos obligados a diligenciar el Índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA), por medio de la aplicación de la Procuraduría General de la Nación, dispuesta en

https://apps.procuraduria.qov.co/ita/loqint En caso de no haberlo hecho en las mediciones anteriores, se deberán registrar y diligenciar el formulario de autodiagnóstico, que permitirá determinar el grado de cumplimiento normativo de sus obligaciones, así como calcularlo automáticamente. Los sujetos obligados a quienes se les comunique su participación en la medición del Indice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA) deberán acceder a esta aplicación por medio de la página web de la Procuraduría General de la Nación https://www.procuraduria.qov.co, en la sección Enlaces de interés, opción Indice de Transparencia y Acceso a la Información Pública, o directamente en el enlace https://apps.procuraduria.qov.co/ita/loqin/.

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER el plazo comprendido entre el primero (1) de septiembre y el treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022), para el diligenciamiento del Índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública

(ITA). Posteriormente, se generarán estadísticas globales con los resultados del proceso de auto diligenciamiento por parte de los sujetos obligados. La información relacionada con el registro y diligenciamiento del formulario podrá consultarse en el link https://www.procuraduria.qov.co/portal/ITA.paqe.

Para cualquier duda o inquietud, los sujetos obligados pueden escribir al correo electrónico soporteitaprocuraduria.qov.co.

ARTICULO TERCERO: PUBLICACIÓN. La Oficina de Prensa publicará el contenido de la presente directiva en las páginas web e intranet institucionales, en garantía del principio de la divulgación proactiva de la información, el acceso a la información pública y los principios de transparencia y publicidad.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGARITA CABELLO B Procuradqfa General de la Nación Elaboró Gerardo Alonso Dallas Jabbour - Marleny del Carmen Novoa Vargas/ Funcionarios Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública.

Revisó: (cid:9) Maria Cristina Rangel Serpa/Funciohpria Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Publica.ins .

Andrés M. Rojas - Oficina Jurídica,' Andrés F. Higuera - Despacho Secretaria Priva Madalicia López Iglesias - Despacho Procuradora G neral Aprobó: Rosa Elvira Gómez Lugo/Procuradora Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública,... Jorge Humberto Sama Bolero - Jefe Oficina Juridita 1-On Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Moralidad y la Transparencia Pública 3 PBX 5878750 Ext. 11803. 11807 - 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia moralidadvtransparenciapublica@procuraduria.eov.co

Consultar sobre este documento ...