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PGN - INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP - Necesidad de remisión del lista

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP - Necesidad de remisión del lista
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP-Observaciones y peticiones respecto a versiones voluntarias de comparecientes MACROCASOS EN LA JURISDICCION ESPECIAL PARA LA PAZ-Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado subcaso Antioquia EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES-Antioquía concentra el 25% del total de víctimas en el periodo 2003-2008 en relación con Caquetá, Norte de Santander o Casanare VERSIONES VOLUNTARIAS EN LA JEP-Condiciones de respeto al debido proceso se evidencian en las 14 diligencias analizadas en el sub lite Las versiones que se analizan en este documento, en general, se evidencia que, en las catorce que fueron trasladadas, la JEP garantizó el debido proceso a los comparecientes y cumplió con los requisitos procedimentales contenidos en el artículo citado En efecto, en cada una de las versiones surtidas los comparecientes contaron con acompañamiento de defensa técnica, los abogados atendieron los llamados hechos por la magistratura; se permitió la participación de las víctimas por medio de sus apoderados; y la del Ministerio Público. Todos ellos cumplieron su rol de manera acertada y juiciosa cuando fue necesario. La Sala hizo previamente el traslado de información requerida, y al inicio de la diligencia explicó a los comparecientes el objeto de la misma, enfatizando, en términos del artículo 5º del AL01 de 2017, la importancia de aportar verdad y el alcance que, dentro del tratamiento penal especial, implica reconocer responsabilidad. En términos generales se

dio lectura a las garantías de no incriminación, y esclareció y delimitó la esencia de la diligencia DEFENSA TECNICA EN LA JEP-Observación de la Procuraduría sobre el control y garantía de idoneidad de los medios tecnológicos a través de los cuales se realizan las versiones voluntarias La observación que plantea la Procuraduría busca hacer un llamado a la Sala para que involucre, en la ritualidad procesal, llamados expresos a que las partes e intervinientes garanticen el cumplimiento de sus mandatos en esta nueva dinámica de la justicia virtual. Atender simultáneamente varias audiencias, o no contar con una conexión a internet sólida que garantice el acopio de información, tiene la potencialidad de impactar gravemente el derecho de defensa de los comparecientes, con lo que además se vulnera el debido proceso y el mandato procedimental contenido en el artículo 27A Ley 1922 de 2018, al mismo tiempo que impacta los deberes de celeridad que tiene la jurisdicción transicional DEBER DE RESERVA DE LA JUDICATURA-Filtración de información contenida en versiones voluntarias demanda de la JEP tomar medidas investigativas Es indispensable que exista claridad sobre el estado de reserva existente en el caso concreto de los integrantes de la AFEUR Nº5 y las gestiones que se vienen realizando por parte de la Sala para garantizarla. El insumo de información que acompaña estos relatos permite inferir, de forma razonable, la necesidad de su resguardo con la finalidad de proteger la integridad de las personas intervinientes y los intereses de la justicia. Claramente la información contenida en las versiones voluntarias de (XXXX) y (XXXX) ha

sido filtrada en medios de comunicación, con lo que resulta evidente que ha ocurrido una falla y procede una investigación disciplinaria para determinar responsabilidades TRABAJOS OBRAS O ACTIVIDADES CON CONTENIDO REPARADOR RESTAURADOR TOAR-Concepto de intervención del Ministerio Público sobre la participación efectiva de las víctimas en subcaso Norte de Santander CARACTERIZACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS-Observaciones del Ministerio Público para su construcción contextual desde las versiones voluntarias CENTRO NACIONAL DE MEMORIA HISTÓRICA-Elementos definitorios de la estrategia de limpieza social en la zona urbana y semiurbana de la cuarta Brigada JUSTICIA ESPECIAL PARA LA PAZJEPEstrategia de priorización utilizada dentro de la primera fase de instrucción del macrocaso No. 003 VERSIONES VOLUNTARIAS EN LA JEP-Fondo Metropolitano de Seguridad de Medellín METROSEGURIDAD entregaba equipos sin ejercer control a su destinación ni al origen de los resultados El Fondo METROSEGURIDAD, participaba de alguna manera con el desarrollo de las actividades de la AFEUR No. 5 entregando recursos teniendo en cuenta los resultados operacionales. Si bien resulta premeditado indicar que dicha entidad o sus empleados conocían del actuar ilegal de la unidad militar, si es claro que existía algún tipo de interés porque esta última presentara resultados. En este sentido, en miras de conocer si se trató de alguna conducta con relevancia jurídico penal, o incluso en aras de aportar más elementos al contexto particular del área urbana del país, según corresponda, la SRVR debería ahondar sobre la forma como METROSEGURIDAD y sus funcionarios

interactuaban con la agrupación, así como los controles implementados para la entrega de dineros. Este último punto es relevante ya que se trataba de recursos públicos que no debían, al menos formalmente, ser entregados de manera indiscriminada, siendo necesario un control Página 2 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 Adicionalmente, es importante mencionar que terceros civiles también habrían tenido incidencia en la entrega de recursos a la AFEUR No. 5 como parte de labores de protección o escolta INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP-Observaciones puntuales a algunas versiones voluntarias INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP-Necesidad de remisión del listado de las personas que han rendido versión en el Macrocaso INTERVENCIÓN ANTE SALA DE RECONOCIMIENTO DE LA JEP-Necesidad de una versión voluntaria colectiva en donde participen los integrantes de la AFEUR No. 5 MUERTES ILEGÍTIMAMENTE PRESENTADAS COMO BAJAS EN COMBATE MIPCBE-Debe indagarse sobre la participación de entidades estatales en concurrencia con actividades de la Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas

AFEUR No. 5

Página 3 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la

Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24

Num. Radicado Salida: S-2022-072085 E2018-342498PGN

O – VV. AUTO No. 078 DE 2020 JEP

SRVRDHC – OBSERVACIONES

AFEUR. 5

DC-PGN-JEP-MJHM/CDVD2

Bogotá D.C., 21 de julio de 2022. Concepto No. S-2022-072085 Magistrados

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y DE

DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

Señora Magistrada

CATALINA DÍAZ GÓMEZ.

Magistrada relatora del subcaso No. 003. Sub caso Antioquia Jurisdicción Especial para la Paz. info@jep.gov.co Asunto: Observaciones escritas a versiones voluntarias

Unidad Militar: Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas – AFEURNo. 5.

Macrocaso No. 003. “Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado”

Subcaso: Antioquia Respetada Magistrada Díaz: En calidad de Procurador Delegado con Funciones de Coordinación para la Intervención Judicial ante la JEP, me permito presentar observaciones a las versiones voluntarias rendidas por exintegrantes de la Agrupación de Fuerzas

Especiales Urbanas No. 5 – AFEUR No. 5-, conforme a lo solicitado en Auto No.

78 de 6 de junio de 2022. Para tales efectos se propone el siguiente índice:

I. PRELIMINARES...............................................................................................5

1. ANTECEDENTES PROCESALES Y OPORTUNIDAD.....................................................P..á..g.i.n..a.. .4 .. .d..e.. 1..051

Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU

2. OBJETO Y ALCANCE DEL DOCUMENTO.........................................................................................6

II. PRIMER BLOQUE TEMÁTICO: OBSERVACIONES EN PUNTO DE

GARANTÍAS PROCESALES Y DESARROLLO DE LAS DILIGENCIAS...............9

1. REQUISITOS PROCEDIMENTALES...............................................................................................10

Página 5 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24 1.1. Necesidad de control y suficiencia de medios tecnológicos que

garanticen el correcto desarrollo de la VV virtual. 11 1.2. Seguimiento a temas relacionados con asesoramiento jurídico “irregular”.....................................................................................................................13

2. LA PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE LAS VÍCTIMAS Y SUS REPRESENTANTES EN LAS

VERSIONES VOLUNTARIAS VISTA COMO UN COMPONENTE DE GARANTÍAS PROCESALES. 14 2.1. Observación.........................................................................................19

3. SOBRE LAS REITERADAS FILTRACIONES DE INFORMACIÓN ACOPIADA EN LAS VERSIONES VOLUNTARIA COMO FACTOR DE RIESGO PARA LA INTEGRIDAD DE LOS COMPARECIENTES Y PARA EL PROCESO EN SÍ MISMO. ALERTA ENFÁTICA Y REQUERIMIENTO DE CONTROL..............19 3.1. Observación.........................................................................................21

4. SOBRE LA NECESIDAD DE ARTICULACIÓN ENTRE LA SDSJ Y LA SRVR EN ARAS DE OPTIMIZAR LOS CONTENIDOS DE LOS CCCP. ESCENARIO PROPICIO PARA INICIAR, INCIPIENTEMENTE, LA CONVERSACIÓN SOBRE TOAR Y SANCIÓN PROPIA.................................22

5. SOBRE LA PERTINENCIA DE CONVOCAR UNA VERSIÓN COLECTIVA EN LA QUE PARTICIPEN

LOS INTEGRANTES DE LA AFEUR NO. 5........................................................................27

III. SEGUNDO BLOQUE TEMÁTICO. OBSERVACIONES EN PUNTO DE LA SUFICIENCIA EN EL ACOPIO DE INFORMACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE VERDAD:...............................................................................................................29

1. OBSERVACIONES DE ORDEN CONTEXTUAL...............................................................................30 1.1. Contexto operacional, social, político y –propiode las unidades

militares priorizadas: 31 1.1.1 El conflicto armado en el área metropolitana del Balle de

Aburrá y municipios aledaños: Antecedentes relevantes........................31 1.1.2 La orden de operaciones Mariscal y el legado de la operación Orión: 40 1.2. El pie de fuerza en el área metropolitana de Medellín y Municipios aledaños en el periodo de 2002 a 2008 era excesivo, en relación con el accionar de grupos armados en la zona, especialmente, de las guerrillas: 47 1.2.1 Frente a hechos victimizantes:..........................................................48 1.2.1.1 Hecho victimizante de secuestro..............................................49 1.2.1.2 Hecho victimizante de homicidio..............................................51 1.2.1.3 Hecho victimizante de actos terroristas:..................................54

1.3. La AFEUR No. 5, operaba en un entorno militar plagado de yerros operacionales Página 6 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU 57 1.4. La política de seguridad y defensa nacional de la época privilegiaba la presentación de resultados operacionales del tipo bajas en combate influyendo Página 7 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la

Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 Página 8 de 101

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Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 en la concepción de los soldados sobre “el orden público” y su rol dentro de él. 65

2. FRENTE A LA IDENTIFICACIÓN - PRELIMINARDEL PATRÓN MACRO CRIMINAL

EJECUTADO POR LA AFEUR NO. 5 DE ANTIOQUIA........................................................................70 2.1. “perpetración de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate”. Modalidad urbana asimilada al exterminio social. 71 2.1.1 Planeación............................................................................................76 2.1.2 Ejecución..............................................................................................77 2.1.3 Encubrimiento.....................................................................................81

3. OBSERVACIONES FRENTE A LA SUFICIENCIA DE UNIDADES OPERATIVAS Y ACOPIO DE INFORMACIÓN EN CABEZA DE AUTORIDADES CIVILES Y OTROS INDIVIDUOS..............................83

4. OBSERVACIONES PUNTUALES A ALGUNAS VERSIONES VOLUNTARIAS.................................93 4.1. A la Versión de (XXXX)........................................................................93

4.2. A la versión de (XXXX).........................................................................94 4.3. A la Versión de (XXXX)........................................................................95 4.4. A la versión de (XXXX).........................................................................95 4.5. A la Versión de (XXXX)........................................................................96 4.6. A la versión de (XXXX..........................................................................97 4.7. A la versión de (XXXX).........................................................................97

IV. PETICIONES A LA SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE

RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN DE HECHOS Y CONDUCTAS:

.98

1. FRENTE A GARANTÍAS PROCESALES...........................................................................................98

2. FRENTE A LA SUFICIENCIA EN EL ACOPIO DE INFORMACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE VERDAD....................................................................................................................................................99 odiláV(

=k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU Fecha: 2022-07-21 11:56:24 Siglas y Abreviaciones Concepto Abreviación “Delegada” Procuraduría Delegada con Funciones de Coordinación para la Intervención Judicial ante la JEP “Ministerio Público” Jurisdicción Especial para la Paz JEP Sala de Reconocimiento de Verdad, de SRVR Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas Sala de Definición de Situaciones Jurídicas SDSJ Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas No. 5 AFEUR No. 5 Ley 1922 de 18 de julio de 2018 “Por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la “Ley 1922 de 2018”

Jurisdicción Especial para la Paz” Ley 1957 de 6 de junio de 2019 “Estatutaria de la “LEAJEP” “Ley 1957 Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial de 2019” para la Paz” Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en “MIPCBE” combate Unidad Administrativa para la Atención y

“UARIV”

Reparación Integral de Víctimas Agencia Nacional de Reincorporación “ANR” Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal “GAULA” de la Policía Nacional Compromiso Claro Completo y Programado “CCCP” Departamento Administrativo de Seguridad “DAS” Página 9 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU Trabajos, Obras y/o Actividades con

“TOAR”

Contenido Reparador-Restaurador. Página 10 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 ,

, www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24

I. PRELIMINARES

1. Antecedentes procesales y oportunidad: Por medio de Auto No. 005 de 17 de julio de 2018, la SRVR avocó conocimiento

del macrocaso No. 003, con fundamento en el Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación, relativo a “Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”. Posteriormente, en Auto No. 033 de 12 de febrero de 20211, (en adelante el “Auto No. 033 de 2021”), la SRVR, presentó ante la opinión pública la priorización interna dentro del macrocaso No. 003, con fundamento en la información presentada por la Fiscalía General de la Nación, el Centro Nacional de Memoria Histórica, y otras entidades públicas y organizaciones de víctimas. Al realizar un estudio, con fundamento en los resultados de la investigación y agrupación de fuentes y datos realizadas por el Grupo de Análisis de la Información, -GRAI-, la SRVR pudo determinar razonablemente que la práctica de ejecuciones extrajudiciales o muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate, (en adelante “MIPCBE”), si bien ha tenido hechos durante un periodo importante de la historia nacional, presentó un aumento significativo entre los años 2002 y 2008 registrándose un aproximado de 6402 víctimas en el orden nacional, sin que esto se constituya como una cifra definitiva2. Al respecto, la SRVR determinó paralelamente los territorios donde se presentaron el mayor número de hechos, ampliando el marco temporal de

2002 a 2008. Dentro de los resultados se resalta que Antioquía concentra el 25%del total de víctimas en este marco temporal, en relación con otros departamentos como el Meta, Caquetá, Norte de Santander, o Casanare. En el caso particular de Antioquía, como subregión priorizada, se tiene que la Fiscalía General de la Nación estableció diferentes periodos de victimización, frente a la atribución de hechos a unidades específicas que por jurisdicción correspondían a la Primera y Séptima Divisiones del Ejercito, y a las Brigadas No. 4, 11 y 14, con sus correspondientes Batallones y Fuerzas de Tarea Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU conjunta3. Sobre este punto, aplicando los criterios de priorización, la Sala de Verdad realizó un ejercicio de 1 Jurisdicción Especial para la Paz. Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas. Auto No. 022 de 12 de febrero de 2021. Exp. Rad. 202103002027. 2 Op. Cit. Auto No. 033 de 2021, pár. 25. 3 Fiscalía General de la Nación. Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del

Estado. Informe No. 5 de la Fiscalía General de la Nación a la Jurisdicción Especial para la Paz. (junio de 2018)., pár. 168. Página 5 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24 contraste entre el número de hechos victimizantes, el espacio territorial, el tiempo, y las unidades militares con jurisdicción en el departamento, llegando a los siguientes supuestos de priorización: Periodo priorizado: 2003-2008

Región del Departamento de Antioquía: Oriente Antioqueño4 y área metropolitana de Medellín5.

Unidades militares priorizadas: Batallón de Artillería No. 4 “Coronel Jorge

Eduardo Sánchez”, -BAJES-; Grupo de Caballería Mecanizado No. 4 “Juan del Corral”, - GMJCO-; Agrupación de Fuerzas Especiales Antiterroristas Urbanas No. 5, - AFEUR No. 5-, Batallón de Infantería No. 32 “General Pedro Justo Berrio”, - BIPEB-; Batallón de Infantería No. 10 “Coronel Atanasio Girardot”, - BIGIRy; Batallón de Ingeniero de Combate No. 4 “General Pedro Nel Ospina”,

-BIOSP-. Estas unidades se encontraban adscritas a la jurisdicción de la Cuarta Brigada y Segunda División del Ejército Nacional. En este marco la SRVR, por Auto CDG No. 078 de 2022 del 6 de julio de 2022 dispuso correr traslado a las víctimas e intervinientes especiales de algunas versiones voluntarias rendidas hasta el 21 de julio de 2022, por exintegrantes de la Agrupación de Fuerzas Especiales Antiterroristas Urbanas No. 5, - AFEUR No. 5-, las cuales se enunciarán en el numeral 4 de este acápite.

Objeto y alcance del documento: El objeto de observaciones se hará teniendo en cuenta la naturaleza y alcances que esta diligencia en particular tiene dentro del trámite de la instrucción del macro caso, así como las condiciones de garantía que, de conformidad con el artículo 27 A de la Ley 1922 de 2018, deben procurársele al compareciente a efectos de los reconocimientos de responsabilidad y aportes de verdad tengan vocación probatoria y demostrativa en la reconstrucción histórica de los hechos, sus causas y sus autores, que es, a la postre, lo que las víctimas y la sociedad esperan conocer para tomar las Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la

Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU medidas para que los crímenes no se vuelvan a repetir. En efecto, la 4 En una extensión de 7021 Km2 donde se encuentran 23 municipios: Abejorral, Alejandría, Argelia, Cocorná, Concepción, El Carmen de Viboral, El Peñol, El Retiro, El Santuario, Granada, Guarne, Guatapé, La Ceja, La Unión, Marinilla, Nariño, Rionegro, San Carlos, San Francisco, San Luis, San RafaeL, San Vicente y Sonsón. Extraído de: https://orientese.co/oriente-antioqueno/ (Consultado el 11 de febrero de 2022). 5 Jurisdicción operativa del AFEUR No. 5 y parte del BIOSP, entre otras unidades. Página 6 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24 norma en cita dispone que: “La versión voluntaria se practicará en presencia del compareciente y su defensor, una vez haya conocido previamente el contenido de los informes, que serán puestos a su disposición por la Sala de Reconocimiento de Verdad. Siempre se le advertirá que no está obligado a declarar contra sí

mismo, ni contra su cónyuge, compañero permanente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo civil y primero de afinidad. La aceptación de la autoría o participación por parte del compareciente en la versión, tendrá el valor de confesión. Esta versión tiene como propósito el acopio de información para contribuir a la búsqueda de la verdad”. Sobre la función primordial de la VV en punto de acopio de información, la SRVR ha indicado: “En efecto, las versiones voluntarias están definidas como un mecanismo para que la Sala reconstruya analíticamente los casos sobre los que avocó conocimiento, para el “el acopio de información para contribuir a la búsqueda de la verdad”6 Asi las cosas, el Ministerio Público delimita el alcance del presente documento en términos de observaciones a las versiones voluntarias indicadas en el párrafo No. 14.1 del Auto CDG No. 078 de 2022, de cara a dos bloques temáticos cuya necesaria observación se desprende de la norma de procedimiento: 1. Verificación de garantías y desarrollo del proceso; y 2. suficiencia de información acopiada en las mismas en aras de contribuir al proceso de construcción de bases jurídicas sólidas para las fases procesales venideras. Se trata de las siguientes versiones voluntarias: Página 7 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU 6 M.P. Julieta Lemaitre Ripoll. Exp. Rad. 20193620375243. Página 8 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 Página 9 de 101

Fecha: 2022-07-21 11:56:24

Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 Tabla No. 1 Versiones voluntarias observadas Fecha de la versión No Compareciente Unidad militar/calidad voluntaria

(XXXX)

1 09/03/2022 AFEUR No. 5

(XXXX)

2 11/03/2022 AFEUR No. 5

3 (XXXX) 24/02/2021 AFEUR No. 5

4 (XXXX) 12/02/2021 AFEUR No. 5

5 (XXXX) 17/11/2021 AFEUR No. 5

6 (XXXX) 26/02/2021 AFEUR No. 5

7 (XXXX) 12/10/2021 AFEUR No. 5

(XXXX)

8 01/03/2021 AFEUR No. 5

(XXXX)

9 19/04/2021 AFEUR No. 5

10 (XXXX) 11/11/2021 AFEUR No. 5

(XXXX)

11 20/09/2021 AFEUR No. 5

12 (XXXX) 07/04/2022 AFEUR No. 5

13 (XXXX) 08/04/2022 AFEUR No. 5

14 (XXXX) 17/03/2022 AFEUR No. 5

15 (XXXX) 18/03/2022 AFEUR No. 5 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU Fecha: 2022-07-21 11:56:24 Tabla No. 1 Versiones voluntarias observadas Fecha de la versión No Compareciente Unidad militar/calidad voluntaria

(XXXX)

16 19/10/2021 AFEUR No. 5

17 (XXXX) 10/02/2021 AFEUR No. 5

18 (XXXX) 25/04/2022 AFEUR No. 5

19 (XXXX) 24/09/2021 AFEUR No. 5

II. PRIMER BLOQUE TEMÁTICO: OBSERVACIONES EN PUNTO DE GARANTÍAS PROCESALES Y DESARROLLO DE LAS DILIGENCIAS Como se ha dicho, la Procuraduría entiende que este llamado demanda presentar observaciones a las versiones voluntarias, considerando dos grandes bloques. El primero de ellos, conforme a la norma rectora que

delimita el objeto de la versión7, está relacionado con las garantías procesales previas, concomitantes y posteriores a la versión voluntaria. Así las cosas, para abordar este primer bloque temático se presentan observaciones sobre los siguientes puntos: (i) Requisitos procedimentales. Defensa técnica, traslados previos, advertencias de no autoincriminación, aclaración de objeto y alcance de su aceptación de autoría y participación y delimitación de la naturaleza de la diligencia de versión voluntaria; (ii) La participación efectiva de las víctimas y sus representantes en las versiones voluntarias vista como un componente de verdad con garantías procesales; (iii) Sobre las reiteradas filtraciones de información acopiada en las Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá, Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7 odiláV( =k+h Ck4n T2Rb zuil pTqF rh8Q r5r5 rodacifitnedI LRU versiones voluntaria como factor de riesgo para la integridad de los comparecientes y para el proceso en sí mismo. Alerta enfática y requerimiento de control. 7 Ley 1922 de 2018. Artículo 27 A Página 9 de 101 Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, Cra. 5 No. 15-80 BOGOTÁ D.C., Bogotá,

Línea gratuita para todo el país: 01 8000 940 808 (571) 5878750 , , www.procuraduria.gov.co, NIT. 899999119-7

Fecha: 2022-07-21 11:56:24

(iv) Sobre la necesidad de articulación entre la SDSJ y la SRVR en aras de optimizar los contenidos de los CCCP. Escenario propicio para iniciar, incipientemente, la conversación sobre TOAR y sanción propia y (v) Sobre la pertinencia de convocar una versión colectiva en la que participen los integrantes de la AFEUR No. 5.

1. Requisitos procedimentales.

El artículo 29 de la Constitución Política de 1991, consagra que el Derecho Fundamental al Debido Proceso aplicará a toda actuación judicial o administrativa y se regirá por las formas particulares a cada proceso, máxima de los Estados modernos que representa una barrera a la arbitrariedad y contención a las Autoridades. Es claro que en los escenarios de justicia transicional este mandato de orden convencional debe ser plenamente observado, toda vez que de ello se deriva una garantía respecto de las personas procesadas y de las víctimas8. Esta relación es plenamente reconocida en el punto No. 5 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, (en adelante el “Acuerdo Final”), la observancia de los postulados del debido proceso es un axioma. La Corte Constitucional en su análisis del proyecto de ley que culminaría con la promulgación de la LEAJEP indicó: “Todas las normas procesales adoptadas, o que se adopten, para regular el proceso ante la JEP están regidas por las garantías de

legalidad, juez natural, independencia judicial, imparcialidad, debida motivación, publicidad, libertad de escogencia de defensor o representante, defensa técnica, participación de l

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