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PGN - Resolución 353 de 2023

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 353 de 2023
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2023

PROCURAD URIA GENERAL DE LA PIACION 3 5 3

RESOLUCION No. 31 A GO 2 023

Por medio de la cual se asignan procuradores judiciales, para que intervengan dentro de las actuaciones administrativas relacionadas con la revocatoria de la inscripción de candidatos que adelante el Consejo Nacional Electoral, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales, 2023. LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y en el parágrafo del artículo 7 del Decreto—Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que el artículo 277 numeral 7 de la Constitución Política señala que la Procuradora General de la Nación, por si, o a través de sus delegados y agentes, tiene la función de "Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales". Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 8 del artículo 7 del Decreto—Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021, la Procuradora General de la Nación puede: "Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterio de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera." Que el parágrafo del artículo 7 del Decreto—Ley 262 de 2000 establece que las

funciones de la Procuradora General de la Nación señaladas en el artículo 277 constitucional y las demás atribuidas por el legislador "podrá ejercerlas por sí, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto." Que mediante Resolución No. 095 del 15 de marzo de 2021, se creó la Comisión Nacional de Control Electoral, con el fin de ejercer la vigilancia preventiva e intervención sobre los procesos electorales y votaciones de mecanismos de participación. Así mismo, en el precitado acto se dispuso que, para el cumplimiento de sus funciones, se podrá integrar y designar los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación que se requieran. Que según el numeral 40 del artículo quinto de la citada Resolución No. 095 de 2021, la Comisión Nacional de Control Electoral tiene a cargo la intervención en las actuaciones administrativas que adelanten las autoridades electorales relacionadas con la revocatoria de inscripción de candidatos o listas. Que, a su vez, el artículo decimoquinto de la referida resolución dispuso que, para el adecuado ejercicio de las funciones otorgadas a la Comisión Nacional de 1

GPERNOECRAULR DAED LUA RMIeAn 3 5 3

RESOLUCION No. 31 AGO 2023(cid:9) ) Por medio de la cual se asignan procuradores judiciales, para que intervengan dentro de las actuaciones administrativas relacionadas con la revocatoria de la inscripción de candidatos que adelante el Consejo Nacional Electoral, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales, 2023. Control Electoral, se prestará el apoyo por parte de los funcionarios adscritos a

la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa. Que según el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política, el Consejo Nacional Electoral tiene como atribución "decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a corporaciones públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y la ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos." Que de conformidad con la Resolución No. 28229 del 14 de octubre de 2022, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante la cual se fijó el calendario para las elecciones de autoridades territoriales, el día 4 de agosto de 2023 vence el plazo para la modificación de inscripciones de candidatos. Luego, corresponde dar cumplimiento al artículo 33 de la Ley 1475 de 2011 y verificar sobre posibles causales de inhabilidad de los candidatos inscritos para que, en consecuencia, se adelante la respectiva actuación administrativa por parte del Consejo Nacional Electoral y, de ser el caso, proceder a revocar dicho acto preparatorio. Que, tratándose del derecho fundamental de postulación, y con el fin de apoyar la función de intervención sobre las actuaciones administrativas que adelante el Consejo Nacional Electoral para decidir sobre la revocatoria del acto de inscripción de los candidatos o listas a cargos de elección popular, se hace necesario designar a funcionarios idóneos para ejercer el Ministerio Público dentro del trámite de revocatoria. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a los siguientes procuradores judiciales II

administrativos con el objeto de ejercer la función de intervención ante el Consejo Nacional Electoral en relación con las actuaciones administrativas de revocatoria de inscripción de candidatos de autoridades territoriales, periodo 2024 — 2027: Departamento Circuito y/o Procurador Judicial que intervendrá como Agente del Despacho de intervención ciudad Ministerio Público— Correo notificaciones

DESPACHO

CUNDINAMARCA PROCURADOR 4 JUDICIAL II PARA ASUNTOS

ADMINISTRATIVOS — damezauitaaprocuraduria.qov.co CÉSAR AUGUSTO LORDUY M BOGOTÁ PROCURADOR 11 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS — mromerooe/procuraduria.clov.co 2

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION 3 5 3

RESOLUCION No.

31 7/23. An -2 Por medio de la cual se asignan procuradores judiciales, para que intervengan dentro de las actuaciones administrativas relacionadas con la revocatoria de la inscripción de candidatos que adelante el Consejo Nacional Electoral, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales, 2023. PROCURADOR 7 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS — vlemusOprocuraduria.CIOV.CO DESPACHO PROCURADOR 136 JUDICIAL II PARA ASUNTOS FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES ADMINISTRATIVOS — ochaves(Wprocuraduria.qov.co

PROCURADOR 137 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO

ADMINISTRATIVOS — Ibquerreroeprocuraduria.aov.co

MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZABAL PROCURADOR 139 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS — namartinezOprocuraduria.gov.co

PROCURADOR 12 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO ADMINISTRATIVOS - cacosta0procuraduria.gov.co BENJAMÍN ORTIZ TORRES PROCURADOR 3 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS — nlata0procuraduria.qov.co PROCURADOR 51 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO ADMINISTRATIVOS — rbustosnorocuraduria.qov.co ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ PROCURADOR 144 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS— phiqueraaprocuraduria.0ov.co PROCURADOR 55 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO ADMINISTRATIVOS — fcontreraseprocuraduria.wv.c.0

ALBA LUCÍA VELÁSQUEZ H.

PROCURADOR 146 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS — jsepulveda0pocuraduria.00v.co PROCURADOR 127 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO ADMINISTRATIVOS — furreaoeprocuraduria.gov.co CRISTIAN RICARDO QUIROZ PROCURADOR 138 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ROMERO ADMINISTRATIVOS — egonzalezaprocuraduriaciov.co PROCURADOR 131 JUDICIAL II PARA ASUNTOS DESPACHO ADMINISTRATIVOS — clibemal(Wprocuraduria.00v.co

PROCURADOR 142 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ÁLVARO HERNÁN PRADA A.

ADMINISTRATIVOS — wcruznprocuraduria.M.V.00

ARTÍCULO SEGUNDO: En el evento de confluir en alguno de los procuradores designados, situación de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses,

una vez aceptado el mismo, actuarán ante el despacho respectivo, en su orden, los siguientes procuradores judiciales: Procurador Judicial Correo notificaciones PROCURADOR 9 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS artoboaprocuraduria.gov.co PROCURADOR 25 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS cafanadornprocuraduria.aov.co PROCURADOR 147 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS fpinzonOprocuraduria.gov.co PROCURADOR 50 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS miescalanteeprocuraduria.gov.co ARTÍCULO TERCERO: Los procuradores judiciales administrativos que se relacionan a continuación podrán actuar en todos los despachos de los Magistrados del Consejo Nacional Electoral, si se llegara a necesitar apoyo de la 3

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION 3 5 3

RESOLUCION No. 3 1 AGO 2023(cid:9) ) Por medio de la cual se asignan procuradores judiciales, para que intervengan dentro de las actuaciones administrativas relacionadas con la revocatoria de la inscripción de candidatos que adelante el Consejo Nacional Electoral, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales, 2023. función de intervención sobre las actuaciones administrativas que se adelanten en estos: Procurador Judicial Correo Notificaciones PROCURADOR 6 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS pqarciaaaprocuraduria.clov.co PROCURADOR 119 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS afaarciaeprocuraduriadov.co PROCURADOR 363 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS kmalvaradoeprocuraduriaciov.co

ARTÍCULO CUARTO: Los procuradores judiciales designados deberán informar de manera permanente, a la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa y a la Comisión Nacional de Control Electoral —Unidad de Vigilancia Electoral, sobre el desarrollo de sus funciones de intervención ante el trámite administrativo electoral de revocatoria de candidatos a las elecciones de autoridades territoriales, periodo 2024 — 2027.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR, por medio de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo al Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa y a los procuradores judiciales designados.

ARTÍCULO SEXTO: Los procuradores designados, deberán comunicar de inmediato tal situación al despacho de conocimiento y, para efectos del control de gestión, rendirá informes al Despacho de la señora Procuradora General de la Nación y al delegado para la conciliación administrativa.

Así mismo, velarán por el respeto al ordenamiento jurídico, los derechos y las garantías fundamentales, y su intervención deberá ceñirse a las funciones y obligaciones constitucionales y legales que su cargo le impone.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGARV A CABELLO BLNCO

Procurac(ora General de Nación

Proyectó: (cid:9) José M. Sarmiento O./ Unidad de Vigilancia Electoral Revisó:(cid:9) Silvio Luis Rivadeneira Stand / Despacho Procurador Genera Aprobó:(cid:9) Luis Ramiro Escandón Hernández Procurador Delegado Para la Conciliación Administrativa Idayris Yolima Carrillo Pérez / Procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado

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