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PGN - circular 10 de 2024

Procuraduría General de la Nación

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Disponible

Detalles

Título
PGN - circular 10 de 2024
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2024

CIRCULAR n.º 010

DE: PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES MIXTAS PARA EL

SEGUIMIENTO A LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE

REGALÍAS

PARA: GOBERNADORES, ALCALDES, COMISIÓN RECTORA Y DEMÁS

ACTORES INVOLUCRADOS EN LA PRIORIZACIÓN APROBACIÓN Y

GESTIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS (SGR)

ASUNTO: ADVERTENCIA SOBRE LA INVERSIÓN DE RECURSOS DEL SISTEMA

GENERAL DE REGALÍAS (SGR) EN LÍNEA CON LAS NECESIDADES

BÁSICAS INSATISFECHAS (NBI) Y LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS) FECHA: 20 de diciembre de 2024

La Procuraduría General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia tiene dentro de sus funciones, entre otras, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; como también ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas y defender los intereses colectivos y de la sociedad. A su vez, el numeral 3 del artículo 24 del Decreto 262 de 20001, asigna a las procuradurías delegadas el ejercicio, de manera selectiva, del control preventivo de la gestión administrativa y de la contratación pública que adelantan los organismos y las entidades públicas. Por su parte, el artículo 361 de la Constitución Política de Colombia dispone que los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) financien proyectos de inversión que

administrativa y de la contratación pública que adelantan los organismos y las entidades públicas. Por su parte, el artículo 361 de la Constitución Política de Colombia dispone que los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) financien proyectos de inversión que impulsen el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales. Así mismo, el artículo 29 de la Ley 2056 de 20202 exige que estos proyectos sean pertinentes, viables, sostenibles y se alineen con los planes de desarrollo, impactando positivamente en las metas locales y nacionales. Ahora bien, en el artículo 1.2.1.2.8 del Decreto 1821 de 20203 se indica que para que dichos proyectos sean financiados con los recursos del SGR deben ser viables, es decir, observar el cumplimiento de la metodología definida por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y los requisitos que adopte la Comisión Rectora del SGR. Así las cosas, realizado el análisis de la base de proyectos de GESPROY4 al 17 de noviembre de 2024, se observa una inversión significativa de recursos del SGR, pero con una distribución desigual a nivel sectorial y regional. Y es que, aunque se observa una inversión en sectores estratégicos como transporte (34 billones), educación (13 billones) y vivienda (12 billones), y en departamentos como Meta (9 billones), Cesar (6 billones), 1 Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen

de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos. 2 Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías. 3 Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías. 4 https://www.sgr.gov.coNigilancia/ Resultadoselnformes/Balancedeaprobaciones/Baseshist%C3%B3ricasdeproyectos2024.aspx 1Casanare (5 billones), Antioquia (5 billones), Córdoba (5 billones) y La Guajira (5 billones), es necesario asegurar que estas inversiones contribuyan efectivamente a la reducción de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y al progreso en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Una distribución equitativa y alineada con las NBI y los ODS resulta fundamental para maximizar el impacto del SGR. Respecto a los ODS, es necesario indicar que el 25 de septiembre de 2015 los líderes mundiales de 193 países, entre ellos Colombia, definieron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)5 y establecieron metas a alcanzar para el año 2030 por parte de toda la población mundial, los gobiernos, la sociedad civil, los ciudadanos y también las empresas y el sector privado. Estos objetivos globales pretenden la igualdad entre personas, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos. Sin embargo, en el Informe Anual de Avance en la implementación de los ODS 2023 en Colombia6, realizado por el DNP, se

y el sector privado. Estos objetivos globales pretenden la igualdad entre personas, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos. Sin embargo, en el Informe Anual de Avance en la implementación de los ODS 2023 en Colombia6, realizado por el DNP, se revela un panorama desigual en el cumplimiento de los ODS, con avances en algunas áreas, pero importantes desafíos en otras, especialmente en la reducción de la pobreza, la inseguridad alimentaria y el acceso a salud y educación de calidad. Por otra parte, en cuanto a las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) vale recordar que corresponden al método directo más conocido y utilizado en América Latina, introducido por la CEPAL a comienzos de los años ochenta para aprovechar la información de los censos demográficos y de vivienda en la caracterización de la pobreza que busca determinar, con ayuda de algunos indicadores simples, si las necesidades básicas de la población se encuentran cubiertas. Al respecto, los indicadores simples seleccionados, son: viviendas inadecuadas, viviendas con hacinamiento crítico, viviendas con servicios inadecuados, viviendas con alta dependencia económica y viviendas con niños en edad escolar que no asisten a la escuela. Ahora bien, de acuerdo con la información del Departamento Nacional de Estadística (DANE)7, se reporta un promedio nacional de NBI del 14.28%, con disparidades significativas entre departamentos, destacando las preocupantes cifras en regiones como Chocó, Guainía, Vaupés y Vichada. Por lo anterior, y con el fin de optimizar el uso de los recursos del SGR y maximizar su impacto en el bienestar de la población, se recomienda a todas las entidades involucradas

Chocó, Guainía, Vaupés y Vichada. Por lo anterior, y con el fin de optimizar el uso de los recursos del SGR y maximizar su impacto en el bienestar de la población, se recomienda a todas las entidades involucradas en la gestión de estos recursos que prioricen y/o aprueben las inversiones en proyectos que contribuyan a la reducción de las NBI y al logro de los ODS, considerando lo siguiente:

1. Alinear la inversión con los ODS: La planeación de proyectos se debe realizar teniendo en cuenta los 17 ODS y sus metas específicas. Se debe priorizar la inversión en proyectos que contribuyan al logro de los ODS donde Colombia presenta mayores retos, especialmente los relacionados con la pobreza, la seguridad alimentaria, la salud, la educación y el acceso a servicios básicos.

2. Enfocarse en la reducción de las NBI: Se deben considerar las NBI como un criterio fundamental para la priorización de proyectos. Se recomienda priorizar la inversión en proyectos que contribuyan a mejorar las condiciones de vivienda, acceso a servicios públicos (agua potable y saneamiento), reducción del hacinamiento, acceso a la educación, y generación de empleo y oportunidades económicas. 5 Los 17 ODS son: Objetivo 1: Poner fin a la POBREZA, Objetivo 2: HAMBRE Cero, Objetivo 3: Buena SALUD, Objetivo 4: EDUCACIÓN de calidad, Objetivo

5: IGUALDAD de género, Objetivo 6: AGUA limpia y saneamiento, Objetivo 7: ENERGÍA asequible y sostenible, Objetivo 8: TRABAJO decente y crecimiento económico, Objetivo 9: INDUSTRIA, innovación, infraestructura, Objetivo 1 O: Reducir INEQUIDADES: Reducir la desigualdad en y entre los países, Objetivo 11: Ciudades y comunidades sostenibles, Objetivo 12: CONSUMO responsable y producción, Objetivo 13: Acción CLIMÁTICA, Objetivo 14: Vida MARINA, Objetivo 15: Vida en la TIERRA, Objetivo 16: Paz, JUSTICIA e instituciones fuertes, Objetivo 17: ALIANZAS para los objetivos. 6 https://ods.dnp. gov. co/es/news/presentacion_nforme _avance _anual_ ODS _2023 _Colombia.' 7 https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/pobreza-y-condiciones-de-vida/necesidades-basicas-insatisfechas-nbi

2PROCU DEiia

3. Priorizar los departamentos con mayor índice de NBI: Se debe prestar especial atención a las entidades territoriales con mayor índice de NBI, entre ellos, Chocó, Guainía, Vaupés y Vichada, para asegurar que las inversiones contribuyan a la reducción de las desigualdades regionales.

4. Garantizar la transparencia y la participación ciudadana: Es necesario que los procesos de planeación e implementación de proyectos sean transparentes e incluyan la activa participación de la comunidad, asegurando la rendición de cuentas y la eficiencia en el uso de los recursos públicos.

Por último, y teniendo en cuenta que la Comisión Rectora del SGR, según la Ley 2056 de

incluyan la activa participación de la comunidad, asegurando la rendición de cuentas y la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Por último, y teniendo en cuenta que la Comisión Rectora del SGR, según la Ley 2056 de 2020, define las metodologías para el funcionamiento del sistema asegurando la alineación de las inversiones con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes territoriales, se revisó el Acuerdo n.º 03 de 20218 sin encontrar que se haya establecido explícitamente una metodología para integrar las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), por lo que se recomienda la incorporación de indicadores que apunten a observarlos como criterios relevantes para priorizar, aprobar proyectos de inversión y evaluar la pertinencia e impacto de los mismos. Con lo anterior, la Procuraduría General de la Nación reitera su compromiso con la vigilancia y el control de la gestión de los recursos del SGR y espera que estas directrices contribuyan a una inversión más eficiente, eficaz y equitativa, que impulse el desarrollo sostenible y la reducción de las desigualdades en Colombia. En virtud de las anteriores consideraciones, esta Procuraduría delegada dispone: PRIMERO: EXHORTAR a los gobernadores, alcaldes y demás actores involucrados en la gestión del SGR a incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la reducción de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) como criterios prioritarios en la planeación de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías. La alineación con los ODS y la focalización en la disminución de las NBI debe guiar la

de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) como criterios prioritarios en la planeación de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías. La alineación con los ODS y la focalización en la disminución de las NBI debe guiar la selección de proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible e inclusivo de sus territorios, priorizando aquellos que aborden las necesidades más urgentes de sus comunidades y contribuyan a la reducción de las brechas de desigualdad.

SEGUNDO: ADVERTIR a todas las entidades territoriales que deben promover la participación activa de la comunidad en la planeación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión financiados con recursos del SGR, asegurando la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos.

TERCERO: EXHORTAR a la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías (SGR), en cumplimiento de la Ley 2056 de 2020, a incluir una metodología con indicadores que evalúen la alineación de los proyectos de inversión con la reducción de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), garantizando así la eficiencia y el impacto social de las inversiones con recursos del SGR y contribuyendo a un desarrollo sostenible e inclusivo del país. 8 Por el cual la Comisión Rectora expidió el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías.

3CUARTO: Se advierte que esta Delegada no coacciona ni coadministra, simplemente, en ejercicio de su función preventiva, actúa como articuladora extendiendo recomendaciones y llamados al cumplimiento normativo legal vigente en las materias objeto de actuación.

3CUARTO: Se advierte que esta Delegada no coacciona ni coadministra, simplemente, en ejercicio de su función preventiva, actúa como articuladora extendiendo recomendaciones y llamados al cumplimiento normativo legal vigente en las materias objeto de actuación.

Elaboró: Nubia Stella Duarte / Consultora Proyecto Regalías PNUD-PGN 135386

Revisó: Nayib X. Morelo M. / Asesor PDSRSGR

Héctor Julio Ortlz Rojas / Asesor PDSRSGR 4

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