PGN - Circular 10 de 2025
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Circular 10 de 2025
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2025
CIRCULAR n.º 010
DE: PROCURADURÍA DELEGADA CON FUNCIONES MIXTAS PARA EL
SEGUIMIENTO A LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE
REGALÍAS.
PARA: FORMULADORES, INSTANCIAS DE APROBACIÓN Y ENCARGADOS DE
EMITIR LOS CONCEPTOS DE VIABILIDAD Y CONCEPTOS TÉCNICOS
ÚNICOS SECTORIALES DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA SER
FINANCIADOS CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
(SGR)
ASUNTO: ADVERTENCIA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE SOSTENIBILIDAD EN LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON LOS RECURSOS DEL SGR, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL ACUERDO 12 DE 2024 DE LA COMISIÓN RECTORA DEL SGR FECHA: 02 de julio de 2025
La Procuraduría General de la Nación en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia tiene dentro de sus funciones, entre otras, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; como también ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas y defender los intereses colectivos y de la sociedad.
ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; como también ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas y defender los intereses colectivos y de la sociedad. A su vez, el numeral 3 del artículo 24 del Decreto 262 de 20001, asigna a las procuradurías delegadas el ejercicio, de manera selectiva, del control preventivo de la gestión administrativa y de la contratación pública que adelantan los organismos y las entidades públicas. Por otra parte, el artículo 29 de la Ley 2056 de 20202 establece que los proyectos financiados con regalías deben cumplir con el principio de buen gobierno y poseer ciertas características, entre las cuales destaca la sostenibilidad y la define como «( ... ) la posibilidad de financiar la operación y funcionamiento del proyecto con ingresos de naturaleza permanentes». Así mismo, el artículo 164 de la misma ley al definir el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC), indica que además de vigilar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos, este tiene como objetivo la verificación periódica del avance y resultados de las inversiones con especial énfasis en la sostenibilidad y pertinencia de estas. Al respecto, en el literal j) del artículo 1.2.1.2.1 del Decreto Reglamentario 1821 de 20203, se exige el cumplimiento de la característica antes mencionada cuando al definir la «Etapa de operación» establece la necesidad de contemplar, desde la etapa de pre-inversión, la sostenibilidad para la operación y el mantenimiento de los bienes o servicios entregados,
se exige el cumplimiento de la característica antes mencionada cuando al definir la «Etapa de operación» establece la necesidad de contemplar, desde la etapa de pre-inversión, la sostenibilidad para la operación y el mantenimiento de los bienes o servicios entregados, incluyendo los costos asociados. Así mismo, el artículo 1.2.1.2.26 del Decreto permite a 1 Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos. 2 «Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías» 3 «Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías» 1