PGN - Circular 3 de 2022
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Circular 3 de 2022
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2022
CIRCULAR No.003
DE: PROCURADORA DELEGADA PARA LA GESTIÓN Y LA GOBERNANZA
TERRITORIAL
PARA: GOBERNADORES, ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES
ASUNTO: APOYO LOGÍSTICO A LA PLANEACIÓN PARTICIPATIVA EN LA
GESTIÓN PÚBLICA TERRITORIAL / CONSEJOS TERRITORIALES DE
PLANEACIÓN (CTP)
FECHA: 29 DE JUNIO DE 2022
La Procuraduría Delegada para la Gestión y la Gobernanza Territorial, en uso de las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política y el Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto 1851 de 2021, ha venido ejerciendo vigilancia preventiva al fortalecimiento de los espacios de participación comunitaria para la planeación y el control social de las políticas de desarrollo económico, social, político, cultural y territorial de los municipios, distritos y departamentos, por la necesidad de que se constituyan en actores claves en el proceso de planeación territorial en representación de la sociedad civil, ya que son uno de los ejes fundamentales de nuestro Estado social de derecho democrático, participativo y pluralista. En efecto, a fin de asegurar la participación ciudadana dentro de los procesos de desarrollo en los territorios, la Constitución Política de Colombia dispuso en su artículo 340 que habrá un Consejo Nacional de Planeación (CNP) integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales, que tendrá un carácter consultivo y servirá de aforo para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, estableció que las entidades territoriales tendrán
Consejos de Planeación (CTP). En particular, las entidades territoriales deben brindar a los CTP el apoyo administrativo y logístico que sea indispensable para su funcionamiento, obligación que fue ratificada por la Sentencia C-524 de 2003 al indicar que la obligación de las entidades territoriales de asegurar los recursos para el funcionamiento de los CTP y prestar el apoyo administrativo y logístico, no es facultativa ni discrecional. En este contexto, al aproximarse la expedición y consolidación del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, debe recordarse que el Consejo Nacional de Planeación tiene un papel protagónico, ya que, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 152 de 1994, este organismo de la sociedad civil tiene como función “organizar y coordinar una amplia discusión nacional sobre el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, mediante la organización de reuniones nacionales y regionales con los Consejos Territoriales de Planeación en las cuales intervengan los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales, con el fin de garantizar eficazmente la participación ciudadana de acuerdo con el artículo 342 de la Constitución Política”. Por esta razón, la honorable Corte Constitucional, en la Sentencia C-191 de 1996 señaló que los procesos de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo, tanto a nivel nacional como a nivel de las entidades territoriales, deben ser, en lo posible, participativos, puesto que uno de los fines esenciales del Estado es facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. Asimismo, el alto Tribunal Constitucional reiteró que
la participación democrática permea todo el proceso de planeación y no solo la elaboración del plan. Esto significa que es perfectamente legítimo que la ley establezca, dentro de ciertos límites, mecanismos de ejecución, fiscalización y evaluación del plan que sean esencialmente participativos. En virtud de lo expuesto y a la necesidad de avanzar en la materialización de las disposiciones constitucionales y legales que buscan el ejercicio activo y eficaz de la sociedad civil en la gestión pública, se EXHORTA a las gobernaciones y alcaldías distritales y municipales a:
1. Reconocer la importancia de la planeación participativa como eje fundamental para la construcción y el seguimiento a los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial y como herramienta de inclusión de políticas, programas, planes y proyectos del sentir de la sociedad.
2. Brindar el apoyo logístico y administrativo a los CTP promoviendo, entre otros aspectos, la participación efectiva de los consejeros en el IV Encuentro Nacional de Planeación Participativa que se llevará a cabo el 24, 25 y 26 de noviembre de 2022 en la ciudad de Bogotá, el cual tendrá por objeto recoger insumos que aportarán a la construcción del concepto al nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 que entregará el CNP al nuevo gobierno.
TATIANA MARGARITA OÑATE ACOSTA
Procuradora Delegada
Proyectó: María Alejandra Ocaña – Asesora PDGGT
Revisó: Héctor Ortiz – Asesor PDGGT