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PGN - COMITE DE CONCILIACION

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - COMITE DE CONCILIACION
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACO

RESOLUCIÓN No.0 4 5 DE 2025 ( 1 1 MAR 2025 ) Por medio de la cual se designan los miembros del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades y atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 7 0 del Decreto 262 de 2000 y el Acuerdo No. 001 del 7 de junio de 2017, por medio del cual se adopta el reglamento del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación y CONSIDERANDO Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta al Procurador General de la Nación para "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". Que mediante Resolución No. 062 del 13 de marzo de 2001, se creó el Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación. Que el artículo 118 de la Ley 2220 de 2022 dispone que los Comités de Conciliación estarán integrados, con voz y voto, por el representante legal de la entidad o su delegado, el ordenador del gasto o quien haga sus veces, el Jefe de la Oficina Jurídica, y dos (2) funcionarios de dirección o de confianza designados según la estructura orgánica de cada entidad. Que el Acuerdo 001 de 7 de junio de 2017, "Por medio del cual se adopta el Reglamento del

dirección o de confianza designados según la estructura orgánica de cada entidad. Que el Acuerdo 001 de 7 de junio de 2017, "Por medio del cual se adopta el Reglamento del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación y se toman otras determinaciones", señala que el Comité estará integrado, entre otros, por el Procurador General de la Nación o su Delegado, quien lo presidirá. Que, en virtud de lo anterior, por economía y agilidad se hace necesario realizar la designación del Delegado del Procurador General de la Nación, así como de los demás funcionarios que conformarán el Comité de Conciliación de la entidad. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Designar a quien ejerza el cargo de Viceprocurador (a) General de la Nación, para que actúe como Delegado del señor Procurador General de la Nación en el Comité de Conciliación de la entidad y presida las sesiones a partir de la fecha. PARÁGRAFO. En caso de que quien ejerza el cargo de Viceprocurador (a) General de la Nación presente excusa para asistir, impedimento que le sea aceptado, o se acepte recusación

1GREGO

Procur E AC 'ACH r G eral la Na O on Proyectó: Nancy Rocío Pulido Castillo — Secretan.éc Revisó: Carlos Felipe Manuel Remolina Bolla r-f éficina Jurídica (E) z%31___.

Aprobó: Julián Fernández — Secretario General

PROCI1 DURIA

GENERAL DE LA NACION 11 MAR 2025

RESOLUCIÓN No.0 45

Por medio de la cual se designan los miembros del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación

PROCI1 DURIA

GENERAL DE LA NACION 11 MAR 2025

RESOLUCIÓN No.0 45

Por medio de la cual se designan los miembros del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación en su contra, la delegación recaerá en quien ejerza el cargo de Procurador (a) Delegado (a) de Asuntos Civiles. ARTÍCULO SEGUNDO. Designar a quien ejerza el cargo de Procurador (a) Delegado (a) para la Conciliación Administrativa, para que actúe como miembro del Comité de Conciliación de la entidad a partir de la fecha. ARTÍCULO TERCERO. Designar a quien ejerza el cargo de Procurador (a) Delegado (a) Disciplinario (a) de Instrucción 6: Primera para la Contratación Estatal, para que actúe como miembro del Comité de Conciliación de la entidad a partir de la fecha. ARTÍCULO CUARTO. De igual manera, son miembros del Comité de Conciliación, los funcionarios que ejerzan el cargo de Secretario General y de Jefe de la Oficina Jurídica de la entidad. ARTÍCULO QUINTO. El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno, acudirá al comité como invitado (a) especial, con voz, pero sin voto.

ARTÍCULO SEXTO: DEROGAR las Resoluciones 068 del 16 de febrero de 2021, 119 del 8 de abril de 2022, 232 del 11 de julio de 2024 y demás normas que le sean contrarias.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Por medio de la Secretaria Técnica del Comité de Conciliación, comuníquese la presente Resolución a los funcionarios designados como miembros del Comité de Conciliación de la entidad.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Por medio de la Secretaria Técnica del Comité de Conciliación, comuníquese la presente Resolución a los funcionarios designados como miembros del Comité de Conciliación de la entidad.

ARTÍCULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUN UESE Y CÚMPLASE

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