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PGN - Conciliación prejudicial 754 de 2009

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Conciliación prejudicial 754 de 2009
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
2009

" FROM : DR. ORLANDO HURTADO RINCON PHONE NO. : 2579103 DEC. @1 2009 11:158M FP

Conciliación 2009-817 Acta 2009754 Página L

PROCURADURIA GENERAL DE LA NAGION

PROCURADURIA CUARTA JUDICIAL ti ADMINISTRATIVA

ACTA No, 2008-7585

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL : 2 RADICACIÓN 2008-817

CONVOCANTES: DE no INCUSTRIA Y TURISMO MINISTERIO

Y GLORIA INÉS ECHEVERRÍA GARCÍA (CONJUNTAMENTE).

En Bogotá D.C.. 2 26 de noviembre de 2008. comparenóron a este Despacho, previa etución, para colebrr audiencia de conolisción extrajudicial la doctora MARTHA LUCIA CABAS DE MONTOYA Idenificada con la C. ¢ 41.639.135 y titular dele T, P. ToS74-4el C. €. ).: en calidad de epodarida del Ministerio de Comercio, industria y Túremo, y el doctor ORLANDO HURTADO RINCÓN identificando con la C. C. - 70275938 y Sulsride le T. P. 63:17. 48) C. 5. 1, en calidad de apoderado de convocante. Se trata. en:este caso de softicioner el confilcto que se presenta entre las partes para que: el Ministorio reconcéca y pague e le convocante la prima técnica por evaluación de mo Una vez. sxplendos los alcances de la conciliación como acuerdo condiaorio a la señora Gloria Inés Echeventa García, le prima - técnica por evaluación de desempeño en un porconiaje del 30% de la asignación

evaluación de mo Una vez. sxplendos los alcances de la conciliación como acuerdo condiaorio a la señora Gloria Inés Echeventa García, le prima - técnica por evaluación de desempeño en un porconiaje del 30% de la asignación . mmwwwmammmwmmfimmmuwmm 1s.mmmmmmam mmmmmommmm:, 31 de enero de 2008 por un velor de $17.548.110.46; suma que en los términos del - ariculo”7 del Decreto Ley 1651 de 1981 no constituye ri constitulná factor salarial, Esta propuesta obedece a que, analizada:ie hojé de vida de la funcionaria se encuentra qué cuendo entró en vigencis el Decreto-1724 de 1997, es decirel 11 de julio de 1957,e Concillación 209-817 És oo Acta 2009754 : Página 2 PROCURADURIA GENERALDE LAMUACION la funcionaria tenia adquirido el derecho e que se le rconaciera la prima técnica por evaluación del desempeño dado que cumplfá cán los requisitos exigidos por el Decreto 2164 de 1991, reglamereario del 1061 de 1991, esto es, desempañabe en propiedad parque lo ocupañacon derechos dé carrera, un empleo del rival asistencial, antes - denominado administrativo, y sus calificaciones eran iguales o superiores al 80%, requisitos que contarme con las documentos allegados como pruebas al expediente, ha - conservado, Por: consiguiente, como fa señora Exhevorría Garcia, solició por pimere vez el rectndcimiento de la prinia féctico por aveluación del desempeño el 9 -de-agostode 2006,. -Tellerada el 4 de septiembre de 2006 y el 9 de junio de 2009, en

pimere vez el rectndcimiento de la prinia féctico por aveluación del desempeño el 9 -de-agostode 2006,. -Tellerada el 4 de septiembre de 2006 y el 9 de junio de 2009, en aplicación de ta jurisprudencia sentada por él Consejo de Estado, Sección Segunda de .1a-Suio de lo Contencioso Administrativo, pese e que la solicitante no presentó su solicitud de reconocimiento antes de 1a vigencia del Decreto 1724 de 1997, el Ministerio comeidera prooedentp conciler con la fúncionaria en el sentida de reconucarie y - pagerie la prima técnica por evaluación del desempeño a partir del 9 de agosto de -2005::hasta el 34 de enero de 2000, en aplicación del articulo 41 del Decreto 3135 de 1960, 08 decir; las mesadas causadas; no pegadas, no prescritas, par dieho concepto. Adcionelmente considero oportuno precisar que esta propuesta se refiere al derecho que le coltesporderíá.cñ ocasión de las énilficaciones de servicios que obtuvo de los años. 2002 e 2007, Finuimente el Ministerio pagerá la suma propuesta por su valor - neto; e decir no' reconoce Intereses, indexeción ni Impuestos de ninguna case y dentro de los 60 ules siguientes hábls a la fecha en que la' beneficiaria do esta "concilación presente: al Ministerio la vrimbre copla, con constancia de ejecuorla, de lo “Drovidencia del Juez Administrativo que apruebe el presente atuendo y una vaz las . nmmmlwmlmmwwwspwdmm&ommdmom hmwmflfiommmmwmmiummnwcmm mmmmmmnmwmmmymMmmm

“Drovidencia del Juez Administrativo que apruebe el presente atuendo y una vaz las . nmmmlwmlmmwwwspwdmm&ommdmom hmwmflfiommmmwmmiummnwcmm mmmmmmnmwmmmymMmmm hmmmpflmmwmmsummmmm “Administrativa y en tas pruebas dosumentsles que cbran enel expediente. Acto evguido el Déspachó la confiere el uso:do la palabra el apoderado de la señora Giorla Inás Echaverria quen manitosta: Acepto los términos el procedimiento y el moto de laFROM + DR. ORLANDO HURTADO..RINCON PHONE NO. : 2873183

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION DEC. @1 2009 11:13aM Pz

Conciliación 2009-817 Acta 2009-754 Página 3 propuesta que realiza el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, solicito respetuusamente ai Juzgado Administrativo que conozca de esta concillación, le otorgue su correspondiente aprobación. Escuchadas les partes el Despacho DECIDE remitr el señor Juez Administrativo del Circuito de Bogutá, Reparto, para efectos de su aprobación o improbación, dejando constancia que la solicitud de voncillación fue presentada Inicisiménte en la Unidad Coordinadora el ¿ía 7 de noviembre de 2008, se llegó a un acuerdo entre los partes el 25 de noviembre de 2008, el cual fue improbado por el señor Juez 10 Administrativo del Circulto de Eogotá mediante auto de 9 de diciembre de 2008: La actuel solicitud de: conciliación fue presentada conjuntamente

por el señor Juez 10 Administrativo del Circulto de Eogotá mediante auto de 9 de diciembre de 2008: La actuel solicitud de: conciliación fue presentada conjuntamente por las partes el 8 de octubre de 2009 Para constancia se fima el acta por los intervinientes. MA "A y nena Y ) ORLANDO Vultae RINCÓN La apoderada del Ministerio, ( o 2x9 MARTHA ! DE MC YA La Procuradora, N ~ T —

ANNY MARGARITA JORDE DE OSTAU DE LAFONT

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