PGN - DECRETO Por medio de la cual se retira del servicio a un servidor por fallecimiento
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - DECRETO Por medio de la cual se retira del servicio a un servidor por fallecimiento
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
| od DECRETO No. 2 39 A C1 1 maro 2009? “Por medio del cual se retira del servicio a un funcionario de la Procuraduría General de la Nación, por causa de su fallecimiento” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las ¡ conferidas en el artículo 278 de la Constitución Política y en los artículos 72 | -numeral 7y 158 - numeral 14del Decreto Ley 262 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que el numeral 14 del artículo 158 del Decreto Ley 262 de 2000, consagra la muerte del funcionario como causal de retiro definitivo del servicio de la Procuraduría General de la Nación. Que ta doctora NANCY STELLA RINCÓN GUERRA (0.e.p.d.), quien se identifigó-- con la cédula de ciudadanía No. 51.596.648 y desempeñaba el cargo de Sustanciador, Código 4SU, Grado 11, de la Procuraduría 315 Judicial Il Penal de Bogotá, con asignación de funciones en la Procuraduría 238 Judicial | Penal de Bogotá, según el Certificada de Defunción de Indicativo Serial 06705965, falleció el día siete (7) de abril de dos mil nueve (2009). Que de conformidad con lo anterior, es procedente retirar del servicio de la Procuraduría General de la Nación a la doctora NANCY STELLA RINCÓN GUERRA (q.e.p.d.), por causa de su fallecimiento. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Retirar del servicio de la Procuraduría General de la Nación, por causa de su fallecimiento, a la doctora NANCY STELLA RINCÓN GUERRA (q.e.p.d.), quien se identificó con la cédula de ciudadanía No. 51.596.648, y desempeñó el cargo de Sustanciador, Código 4SU, Grado 11, adscrita a la Procuraduría 315 Judicial Il Penal de Bogotá, con asignación de funciones en la Procuraduría 238 Judicial Penal | de Bogotá.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente Decreto, por intermedio de la División de Gestión Humana, a los Grupos de Nómina, Cesantías, Hojas de Vida, y Desarrollo y Bienestar de Personal de la entidad, para lo de sus competencias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C. a los 11M
SIAF No: 2740
Proyectó: Tulio Ancízar Cardona S, 3PU-17:
Revisó : Andrea Chávez Rowlands, Asesor 1A5-19.% Verificó : Carlos William Rodríguez Millán, Jefe Dian Gestión Humana : 1 ;