🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - Directiva 25 de 2020

Procuraduría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - Directiva 25 de 2020
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

D I R E C T I V A N.025

DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN.

PARA: SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL PLAZO PARA EL REGISTRO DE CONFLICTOS DE

INTERESES CONSAGRADO EN LA DIRECTIVA 023 DE 2020.

FECHA: 04 DE AGOSTO DE 2020

El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en el artículo 277 de la Constitución Política y el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el día 10 de julio de 2020, el Procurador General de la Nación emitió la Directiva No. 23, en cuyo artículo primero ordenó implementar el formulario de registro de conflicto de intereses de la Procuraduría General de la Nación, el cual debe ser diligenciado por quienes ocupan los siguientes cargos: 1. Procurador General de la Nación. 2. Viceprocurador General de la Nación. 3. Procuradores Delegados. 4. Procuradores Auxiliares. 5. Procuradores Regionales. 6. Procuradores Provinciales. 7. Procuradores Distritales. 8. Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público. 9. Director Nacional de Investigaciones Especiales. 10. Secretario General. 11. Secretario Privado Grado 25.

12. Veedor. 13. Jefes de División. 14. Jefes de Oficina. 15. Procuradores Judiciales I y II.

16. Asesores del grado 19 al 25.

Que de conformidad con el artículo segundo de la Directiva 023 del 10 de julio de 2020: “Los funcionarios que ocupen los cargos mencionados en el artículo primero de la presente Directiva, deberán diligenciar el formulario de registro de conflicto de intereses que estará habilitado en la plataforma “Sistema de Gestión Documental Electrónica y de Archivo” (SIGDEA). Para el primer registro del año, se habilitará del 27 de julio al 4 de agosto de 2020”. Que a pesar de que a la fecha se ha adelantado el diligenciamiento, por parte del 75% de funcionarios mencionados en el artículo primero de la Directiva 023 de 2020, del formulario del primer registro de conflicto de intereses, ha habido un número significativo de solitudes o requerimientos, informando al correo electrónico conflictodeintereses@procuraduria.gov.co una serie de problemas para el acceso remoto a los computadores de los funcionarios, lo que ha implicado dificultades en el acceso al “Sistema de Gestión Documental Electrónica y de Archivo” (SIGDEA). En tal virtud, se hace necesario un plazo adicional con el fin de que aquellos servidores que faltan por diligenciar el formulario puedan resolver las incidencias tecnológicas que se estén presentado por intermedio de la mesa de tecnología de la Procuraduría General de la Nación. Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad PBX 5878750 Ext. 11807 – 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia patrimoniotransparenciaintegridad@procuraduria.gov.co 1

D I R E C T I V A N.025

En mérito de lo expuesto, DISPONE: ARTÍCULO ÚNICO: Modificar el ARTÍCULO SEGUNDO de la Directiva 023 del 10 de julio 2020, el cual quedará así: “ARTÍCULO SEGUNDO: Los funcionarios que ocupen los cargos mencionados en el artículo primero de la presente Directiva, deberán diligenciar el formulario de registro de conflicto de intereses que estará habilitado en la plataforma “Sistema de Gestión Documental Electrónica y de Archivo” (SIGDEA). Para el primer registro del año, se habilitará del 27 de julio al 10 de agosto de 2020. Para tal efecto, los servidores obligados recibirán un correo electrónico desde la cuenta conflictodeintereses@procuraduria.gov.co, que contendrá las instrucciones para el diligenciamiento del formulario.

PARÁGRAFO: El diligenciamiento del formulario de la Procuraduría a que se refiere este artículo, es un deber independiente de la obligación que tienen algunos funcionarios de la entidad -que ejercen cargos directivos-, de hacer pública su declaración de conflictos de intereses en el SIGEP. No obstante, la Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad, adelantará las gestiones necesarias para vincular e incorporar, al modelo que se refiere la presente Directiva, el registro de conflictos de intereses, que realizan ciertos servidores de la Procuraduría a través del

SIGEP.”

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

Proyectó: Luis Fernando Guzmán Gutiérrez, Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la

Integridad.

Aprobó: Claudia Medina Aguilar, Procuradora Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad

PBX 5878750 Ext. 11807 – 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia patrimoniotransparenciaintegridad@procuraduria.gov.co 2

Consultar sobre este documento ...