PGN - Directiva 29 de 2020
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Directiva 29 de 2020
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2020
D I R E C T I V A N.029
DE: PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PARA: TODAS LAS ENTIDADES PÚBLICAS EN TODOS LOS NIVELES DE LA
ESTRUCTURA ESTATAL, LOS ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES
ESTATALES INDEPENDIENTES O AUTÓNOMOS Y DE CONTROL, PERSONAS
NATURALES Y JURÍDICAS, PÚBLICAS O PRIVADAS QUE PRESTEN
SERVICIOS PÚBLICOS, DESEMPEÑEN FUNCIONES PÚBLICAS, O QUE
MANEJEN RECURSOS PÚBLICOS, ASÍ COMO LOS PARTIDOS Y
MOVIMIENTOS POLÍTICOS.
ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL PLAZO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA
INFORMACIÓN EN EL ÍNDICE DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN – ITA – DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL
ARTÍCULO 23 DE LA LEY 1712 DE 2014.
FECHA: 13 DE OCTUBRE DE 2020
El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en el artículo 277 de la Constitución Política y el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que la Ley 1712 de 2014, “Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional”, promueve y regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para su ejercicio y garantía, así como las excepciones a la publicidad de información. Que los artículos 4, 13 y 23 de la referida Ley, establecen el derecho a conocer la existencia de
la información pública en posesión o bajo control de los sujetos obligados, salvo excepción legal o constitucional, otorgando al Ministerio Público el mandato legal de velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones estipuladas en la misma. Que el día 25 de agosto de 2020, el Procurador General de la Nación expidió la Directiva No. 26, mediante la cual dispuso que todos los sujetos responsables del cumplimiento de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley 1712 de 2014, ingresen, se registren y diligencien el formulario de autodiagnóstico, entre el quince (15) de septiembre y el quince (15) de octubre de 2020, y que posteriormente, se generarán estadísticas globales con los resultados del proceso de auto diligenciamiento de la Matriz de Cumplimiento por parte de los sujetos obligados. Que a pesar de que a la fecha se ha adelantado el diligenciamiento por parte de un amplísimo número de sujetos obligados, ha habido un número significativo de solicitudes, en particular de gremios comprometidos con el cumplimiento de la Ley de Transparencia que han tenido que sortear obstáculos de diferente índole, instando por una ampliación del término para diligenciar el formulario de autodiagnóstico. En mérito de lo expuesto, Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad PBX 5878750 Ext. 11807 – 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia patrimoniotransparenciaintegridad@procuraduria.gov.co
D I R E C T I V A N.029
DISPONE: ARTÍCULO ÚNICO: Modificar el término para el ingreso, registro y diligenciamiento del formulario
de autodiagnóstico, ordenado en la Directiva 026 de 2020, el cual quedará así: “Este proceso deberá realizarse de manera obligatoria, entre el quince (15) de septiembre y el quince (15) de noviembre de 2020. Posteriormente, se generarán estadísticas globales con los resultados del proceso de auto diligenciamiento de la Matriz de Cumplimiento por parte de los sujetos obligados. La información relacionada con el registro y diligenciamiento del formulario podrá ser consultada a través del siguiente link: https://www.procuraduria.gov.co/portal/ITA.page. Para todo tipo de dudas o comentarios, los sujetos obligados podrán escribir al correo electrónico: soporteita@procuraduria.gov.co.”
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ Procurador General de la Nación Elaboró: Luis Fernando Guzmán Gutiérrez, Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad.
Revisó: Claudia Medina Aguilar, Procuradora Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad.
Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad PBX 5878750 Ext. 11807 – 11896 - Carrera. 5 No. 15-80 Piso 18 Bogotá - Colombia patrimoniotransparenciaintegridad@procuraduria.gov.co