PGN - Directiva 35 de 2020
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Directiva 35 de 2020
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2020
D I R E C T I V A N.°035
DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
PARA: REPRESENTANTES LEGALES Y ORDENADORES DEL GASTO DE LAS ENTIDADES ESTATALES ASUNTO: USO DE LOS DOCUMENTOS TIPO EXPEDIDOS AL AMPARO DE LA LEY 1882 DE 2018
FECHA: 16 DE DICIEMBRE DE 2020
El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 1 del artículo 277 de la Constitución Política y en los numerales 7 y 36 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, expide la presente Directiva con el fin de proteger el ordenamiento jurídico, el interés general y el patrimonio público, previas las siguientes: CONSIDERACIONES Que la Procuraduría General de la Nación en el marco del Estado social de derecho y por mandato constitucional, de conformidad con el artículo 277 Superior, es el órgano de control que tiene, entre otras funciones, proteger y promocionar los derechos humanos, propender por la vigencia de un orden social justo, proteger el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas. Que la Ley 1882 de 2018, “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Contratación Pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones” adoptó en su artículo 4º los “documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas, interventoría para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas,
consultoría en ingeniería para obras”. Que el Gobierno Nacional reglamentó el citado artículo mediante los siguientes Decretos: Decreto 342 de 2019 que adopta los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte. Decreto 2096 de 2019 que adopta los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de selección abreviada de menor cuantía. Decreto 594 de 2020 que adopta los Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía. Que la Procuraduría General de la Nación, como resultado preliminar de la vigilancia preventiva relacionada con la implementación de los Documentos Tipo de la Ley 1882 de 1 D I R E C T I V A N.°035 2018, analizó los procesos de contratación adelantados entre el 15 de abril de 2019 y el 23 de noviembre de 2020, correspondientes a la construcción de autopistas y carreteras (UNSPSC 721410), con el propósito de advertir hechos que puedan implicar una vulneración al ordenamiento jurídico. Que en este ejercicio se identificó el riesgo de incumplimiento de los Documentos Tipo en la modalidad de licitación pública, dado que del 28,9% del total de los procesos de contratación1 relacionados con la construcción de autopistas y carreteras (UNSPSC 721410), para la Procuraduría General de la Nación fue posible evidenciar, en una
muestra aleatoria de 621 de estos procesos en el SECOP I2, que solamente el 64,6% han implementado los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte en condiciones buenas o muy buenas; mientras que el restante 35,4% de los procesos han implementado los pliegos tipo en condiciones aceptables, deficientes o muy deficientes. Que en el año 2020, el Congreso de la República expidió la Ley 2022 de 2020 por medio de la cual se modificó el artículo 4º de la Ley 1882 de 2018. No obstante, dicha reforma no afectó el análisis sobre la implementación de los Documentos Tipo de esta última Ley, sino que, por el contrario, permite anticiparse a posibles hechos que impliquen riesgos de gestión pública y corrupción frente a la implementación de los Documentos Tipo expedidos al amparo de la Ley 2022. Que la Procuraduría General de la Nación, reconoce la contratación estatal como una de las herramientas para la garantía de los derechos humanos, la satisfacción de las necesidades de la población y la continua y eficiente prestación de los servicios públicos. Que, en virtud de lo anterior, con el propósito de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes y los actos administrativos, y velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas, el Procurador General de la Nación, DISPONE Exhortar a los Representantes Legales y Ordenadores del Gasto de las Entidades
Estatales a:
1. Utilizar los Documentos Tipo, procurando así evitar riesgos de incumplimiento, de
falta de pluralidad de oferentes o de ausencia de competencia, y de falta de transparencia.
2. Evitar contratar, de manera directa o utilizando un régimen especial de contratación, los bienes, obras y servicios que disponen de Documentos Tipo. Las contrataciones directas, así como aquellas que utilicen un régimen especial de contratación, sólo son procedentes de forma excepcional cuando exista una 13089 contratos para la construcción de autopistas y carreteras (Código UNSPSC 72141000) durante el 15 de abril de 2019 y el 23 de noviembre de 2020. 2 Información recolectada y analizada por la Unidad de Gestión de Información e Inteligencia –UGII.
2 D I R E C T I V A N.°035 justificación legal, técnica y económica para adelantar dicho proceso de contratación.
3. Garantizar la integridad de los Documentos Tipo manteniendo las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia o los sistemas de ponderación.
4. Abstenerse de alterar los Documentos Tipo para licitaciones públicas de infraestructura de transporte, en aspectos, tales como: (a) cambios en los parámetros de la matriz de experiencia; (b) la ausencia de un límite mínimo o máximo en el porcentaje de A.I.U (Administración, Imprevistos y Utilidad); y (c) la inclusión o modificación de cláusulas del documento base de los Documentos Tipo sin que los Documentos lo permitan o autoricen.
Finalmente se invita a que presenten comentarios u observaciones a los proyectos de Documentos Tipo elaborados por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente para asegurarse que el instrumento promueva la descentralización, el
empleo local, el desarrollo, los servicios y la industria local, así como las características propias de las regiones, la cuantía, el fomento de la economía local y la naturaleza y especialidad de la contratación. La Procuraduría General de la Nación reitera su compromiso con la prevención de la corrupción, el uso eficiente de los recursos públicos y la garantía de los derechos de la población, y advierte que estará vigilante al cumplimiento estricto de la normativa en materia de contratación. La presente Directiva, expedida con ocasión de la función preventiva ejercida por la Procuraduría General de la Nación, deberá ser publicada en las páginas web e intranet institucionales, en garantía de los principios de publicidad y transparencia y, el derecho al acceso de la información pública.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Procurador General de la Nación
Elaboró: Iván Unigarro Dorado y Marcela Riascos Eraso
Revisó: Marcela Riascos Eraso y Juan Carlos Argüello David José García Alcocer / Asesor Despacho Procurador General Aprobó: Liliana Caballero Durán – Procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública.
Julieta Riveros González – Jefe de la Oficina Jurídica 3