PGN - Directiva 7 de 2021
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Directiva 7 de 2021
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCU URIA
GENERAL DE U NACION h
DIRECTIVA No. 0 0 7
DE:(cid:9) PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
PARA:(cid:9) ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES, CORPORACIONES
AUTÓNOMAS REGIONALES, AUTORIDADES AMBIENTALES
URBANAS, MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE Y MINISTERIO DE SALUD.
ASUNTO: ALERTA PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL AIRE EN EL
TERRITORIO NACIONAL FECHA:(cid:9) 01 MAR 71121
'LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN, EN EJERCICIO DE FACULTADES CONSTITUCIONALES1 Y LEGALES2, Y CONSIDERANDO Que la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios adelanta un estricto seguimiento a la problemática ambiental relacionada con la contaminación atmosférica a nivel nacional y como resultado de diferentes actuaciones de carácter preventivo y de intervención judicial, ha podido identificar que los controles y medidas por parte de las autoridades del orden nacional y municipal han sido insuficientes, pues no se ha 'evidenciado la implementación de estrategias que conduzcan a la disminución de esta problemática y mucho menos un avance significativo en la materia. Que uno de los factores que producen mayor impacto sobre el aire y la salud humana, está relacionado con la presencia de material particulado (PM) suspendido menor de 10 micras y por la presencia de gases tales como ozono troposférico, óxidos de azufre, óxidos de nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles (VOC),
también conocidos como contaminantes criterio, los cuales son emitidos 1 El artículo 277 de la Constitución Política dispone que: "El Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones: 1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. (...) 4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente. (...) 6. Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley. (...) 9. Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria." 2 El artículo 7 del Decreto 262 de 2000 dispone que: "El Procurador General de la Nación cumple las siguientes funciones: (...) 7. Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley. (...) 36. Expedir, como supremo director del Ministerio Público, las directivas y circulares que resulten conducentes para el ejercicio de las funciones públicas y para prevenir la comisión de faltas disciplinarias de los servidores públicos."
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Carrera 5 No.15-80 Piso 14. Teléfono 5878750 Ext.11401Fax 11495 1 PROCU 11RIA GENERAL DE LA NACION principalmente por fuentes fijas que comprenden entre otros las industrias y por
fuentes móviles, representadas por vehículos de todo tipo, especialmente por automotores que funcionan con combustible diésel o ACPM. Que se ha podido evidenciar que las partículas PM2.5 son las que componen mayor riesgo para el ser humano por las concentraciones actualmente generadas en el país, emitidas especialmente por fuentes móviles de acuerdo al siguiente orden: camiones, volquetas, motos 4T, buses, autos, motos 2T. Que según la Organización Mundial de la Salud -0MS3, siete millones de personas mueren cada año - una de cada ocho del total de muertes en el mundocomo consecuencia a la exposición a las partículas finas contenidas en el aire contaminado, las cuales penetran profundamente en los pulmones y el sistema cardiovascular y provocan enfermedades como accidentes cerebrovasculares, cardiopatías, cáncer de pulmón, neumopatía obstructiva crónica e infecciones respiratorias y neumonía. Que según el Instituto Nacional de Salud -INS en el 2016 más de 15.0004 personas murieron en Colombia por enfermedades asociadas a la mala calidad del aire, dentro de las que se encuentran la enfermedad isquémica del corazón, la enfermedad pulmonar obstructiva (EPOC) y las infecciones respiratorias agudas. Que según las cifras del Departamento Nacional de Planeación-DNP, en Colombia, el 76% de los 78 municipios con sistema de vigilancia de calidad del aire alcanzan niveles perjudiciales para la salud, el 26% incumple la norma nacional y la concentración promedio en el país es superior a la meta nacional para 2030
(30pg/m3)5. También referencian que los costos asociados a las muertes y enfermedades por contaminación del aire urbano en 2015 fueron de $15,4 billones de pesos, lo que equivale al 1,93% del PIB. Que según el Informe del Estado de la Calidad del Aire realizado por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-6, los contaminantes que presentaron mayor preocupación fueron en su orden el P.M2.5 y el PM10, pues en varias estaciones de monitoreo de calidad del aire del país, sus concentraciones excedieron los límites máximos permisibles establecidos en la normatividad legal vigente. Asimismo, los resultados del cálculo del Indice de Calidad del Aire evidenciaron que representan los mayores riesgos en afectación a la salud de la población. 3 OMS. Comunicado Especial. 2 de mayo de 2018 4 INS. Informe Carga de Enfermedad Ambiental en Colombia. 21 de eneró 2019 5 DNP. Informe Calidad Aire. 18 de febrero de 2018 6 IDEAM, Informe del Estado de la Calidad del Aire. 16 agosto de 2019.
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Carrera 5 No.15-80 Piso 14. Teléfono 5878750 Ext.11401Fax 11495 2 PROCU URIA GREDAL DE LA RUN Que existen muchos factores adicionales que favorecen el deterioro de la calidad del aire, entre ellos las condiciones meteorológicas y geográficas como es el caso de ciudades como Bogotá y Medellín, las cuales entre los meses de marzo y abril,
presentan la transición entre la temporada seca y la temporada de lluvias, caracterizada por la presencia de espesas capas de nubes de baja altura y poca presencia de vientos, lo cual posibilita la acumulación de contaminantes en la atmósfera. Que uno de los factores adicionales que afecta por estos días la calidad de aire son los incendios forestales presentes en todo el país, ya sea por las condiciones naturales que generan la fuerte temporada de sequía o por la práctica de actividades ilegales como la deforestación, la caza, quema de residuos, la quema para renovación de cultivos, la ocupación de predios y la expansión de la frontera agrícola. Algunos ejemplos de estas situaciones se pueden evidenciar en el Páramo de Santurbán, Cartagena, Cúcuta, Parque Isla Salamanca, Parque Nacional El Tuparro y Puerto Gaitán, entre otros. Que el IDEAM a través del Comunicado Especial No. 127, el Sistema de Alerta Temprana del Valle de Aburra-SIATAy la Secretaria Distrital de Ambiente8, dieron a conocer que en los próximos días llegará a Colombia una nueva nube de polvo (material particulado) proveniente del desierto del Sahara, la cual podría desmejorar la calidad del aire en las ciudades de Colombia en especial las del caribe colombiano y aquellas con problemáticas persistentes como Medellín y Bogotá. Que si bien estos factores externos mencionados, en su mayoría son de carácter natural y ocurren con una periodicidad ya conocida, las autoridades deben realizar acciones preventivas que mitiguen de la emisión de contaminantes adicionales a la atmosfera con el fin de garantizar la adecuada calidad del aire de las ciudades.
En virtud de lo anterior, la Procuradora General de la Nación: DISPONE: Instar a todas las autoridades con competencias en la materia, para que den estricto cumplimiento a las normas relativas al seguimiento y control de las emisiones atmosféricas de materiales contaminantes para garantizar la calidad de aire en todo el territorio nacional y asimismo resguardar la salud de los colombianos. Exhortar a las diferentes entidades gubernamentales para que implementen con carácter urgente acciones, medidas y estrategias que permitan prevenir 7 IDEAM. Comunicado Especial No. 12 de 2021. 23 de febrero 2021 8 Secretaría Distrital de Ambiente. Comunicado 24 de febrero 2021.
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Carrera 5 No.15-80 Piso 14. Teléfono 5878750 Ext.11401Fax 11495 3 PROCU UMA GEERALDELANAÜN y reducir las concentraciones de contaminantes en el ambiente con el fin de cumplir con los niveles de inmisión y de las políticas de transición energética conforme a las metas que se tienen para el año 2030 de acuerdo con los compromisos internaciones adquiridos por Colombia.
En este sentido se recomienda: Intensificar el control y vigilancia sobre las fuentes fijas y móviles, así como tomar las medidas pertinentes ante aquellas que superen los estándares establecidos en la norma.
Establecer para eventos de alerta o emergencia, parámetros de emisiones atmosféricas más rigurosos a los contemplados actualmente en las normas aplicables a fuentes fijas, de acuerdo al principio de rigor subsidiario y teniendo en cuenta los resultados de
los estudios (pico y placa ambiental para vehículos y empresas). Incentivar un Plan Empresarial de Emisiones Sostenibles, en el cual las empresas e industrias implementen medidas de reducción de emisiones, y en el que se contemplen acciones puntuales ante las alertas de calidad de aire. Crear y poner en marcha programas óptimos de reposición vehicular, los cuales deberán incorporar nuevas alternativas de movilidad en términos de sostenibilidad, tales como la adquisición de vehículos eléctricos o de energías limpias. Condicionar la circulación de vehículos automotores con más de 20 años de antigüedad y/o de los vehículos de combustión diesel, cuando las municipios o distritos presenten una alerta de calidad de aire y conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.4.4, del Decreto 1076 de 2015. Adelantar los estudios diagnósticos correspondientes para establecer los aportes de contaminantes criterio por parte de las diferentes fuentes fijas y móviles. Diseñar un plan de atención de contingencia frente a futuras declaratorias de los niveles de prevención, alerta o emergencia en materia de calidad de aire. Promover el teletrabajo de los funcionarios públicos que su labor se lo permita, cuando las municipios o distritos presenten una alerta de calidad de aire.
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PROCU UD
GENERAL DE LA ROOM
- Desarrollar campañas de educación ambiental tendientes a la concientización de la población frente a las emisiones atmosféricas
que se generan de acuerdo con los hábitos de consumo y en el desarrollo de sus actividades diarias, así como a la necesidad de la adopción de acciones para minimizarlas.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
MARGARITA C(cid:9) • BLANCO Procur dora General de la Nación
Proyectó: (cid:9) Daniel Gómez Cure — Asesor PDTDS Revisó:(cid:9) Andrés Higuera — Profesional Despacho Procuradora Genera Aprobó:(cid:9) Olga Lucia Patin — Procuradora Delegada para Asuntos Ambi t les y AgrariosiOe
Javier Andrés García — Secretario Privado Despacho Procuradora General
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