PGN - ELECCION - Comité prioritario de salud ocupacional - copaso
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - ELECCION - Comité prioritario de salud ocupacional - copaso
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
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PROCU DumA GENERAL DElA HACION . 2. 8 7
RESOLUCiÓN N" J.BJUL 2013' -- "Por la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación . a la elección dé sus representaníes para integrar el Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACiÓN En ejercicio de las faLltades constitucionales y legales, yen especial de las previstas en elartículo 275 de la Constitución Política, en el numeral 7 delartículo yo del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO , Que en el numeral 7 del ~rtículo yo del Decreto Ley 262 de 2000 se establece, entre otras I .funciones del señor Procurador General, expedir los actos administrativos,. órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollarlas funciotes atribuidas por la ley. . Que el literal c) del artículo 24 del Decreto 614 del 14 de marzo de 1984, "Por el cual se qetwminan las base~ para la organización y administración de Salud Ocupacional en el pais", establece qu~ es responsabilidad del empleador permitir la constitución y funcionamiento del G:omité de Medicina, Higiene y Segurídad Industrial (hoy, Comités ". P~ritarios de Salud 0cupacional - COPASO, en los términos del Decreto Ley 1295 de 1994, el cual determiha la organización y administración del Sistema General de Riesgos 'Profesionales)y aus1iciar su participación. Que la Resolución 2013 del 6 de junio de 1986 "Por la cual sereglamenta la organización
.,y funcionamiento de: los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo" (~oy COPASO), expedida por los Ministerios de Trabajo y Seguridad ..Social y Salud, (hoy Mini¡;teric;¡de Salud y Protección Social), establece en sus artículos 1, 2 Y 5 yen el literal ~) del ariículo 14, la obligación que tiene toda empresa e institución pública, qe conforma~ el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO, y que dicho Comité está compuésto por igual número de representantes del' empleador y de los .trabajadores con susIrespectivos suplentes, de acuerdo al número de empleados. Que de conformidad con lo anterior, el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Procuraduría Gener~1 de la Nación, está integrado por cuatro (4) representantes de los servidores con sus respectivos suplentes elegidos por votación general y cuatro (4) . . representantes del empleador con sus respectivos suplentes designados por el Procurador General, en atención al artículo 2° de la Resolución 2013 del 6 de junio de 1986, expedida por el hoy ministerio de Salud y del Trabajo y la Seguridad Social. . " .. Que de.acuerdo conllo dispuesto en el literal a) del artículo 63 del Decreto. Ley 12?5 del 22 de JUniO de 1994, "Por el cual se determma la orgamzaclón y admm/straclon del Sistema General de IRiesgos Profesionales", los miembros del Comité Paritario de Salud '. OcupacionalCOPJI!SO, serán elegidos por un periodo de dos (2) años. Que de acue'rdo coh la Resolución 311 del 03 .de agosto de 2011, expedida por el
Procurador General de la Nación; a los actuales representantes de ios servidores públicos -"----,--------- / .'-". 2 8I_~::d RESOLUCiÓN N" 18 JUL 2n13 , ,"Por la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación dI, " a la,elección sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO" , <;lelComité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO, se les vence el periodo para el " ,cual fueron elegidos, el próximo treinta y uno (31) de julio de 2013, Que. el Comité Pari¡tario de Salud Ocupacional - COPASO, debe ser un escenario democrático en donde se promueva la participación de todos los funcionarios a nivel nacional, por cuant9 "es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salu~ ocupacional dentro de la empresa y no se ocupará por lo tanto de tramitar asuntos referentes a' la relación contractual laboral propiamente dicha, los ,problemas de persOrlal" disciplinarios o sindicales; ellos se.ventilan en otros organismos y están sujetos a regla1mentación distinta", en atención al artículo 10 de la Resolución 2013 del 6 de'junio de 1986 "Por la cual se reglamenta la organización yfuncionamiento de los Comités deMediCinar Higiene y Seguridad Industrial en los lligares de trabajo", Que con fundarnent0 en lo expuesto, se hace necesario convocar a la elección de los representantes de lo~ servidores públicos de la Entidad, ante el Comité Paritario de Salud
,OcupacionalCOPiSO' para el periodo 2013 - 2015, Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: A!uíCULO PRIMERO. OBJETO: El objeto de la convocatoria a todos los servidores públicos de la ProcJraduria General de la NaciÓn para que elijan a sus representantes 'ante el Comité Parit~rio de Salud Ocupacional - COPASO, para el periodo de dos (2) años,comprendido~ntre el primero (1") de agosto de 2013 y el treinta y uno (31) de julio de 2~15, de conformidad con la parte motiva de esta provid.encia. ARTICULO, SEGU\,!DO. FUNCIONES DEL COMITE' PARITARIO DE SALUD qCUPACIONAL ,...~OPASO: Las funciones del Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO se encuentran establecidas en el artículo 11 de la Resolución 2013 del 6 de ,junio de 1986 "Por I~ cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités y geM,edicina, Higiene Seguridad Industrial en los lugares de trabajo", expedida por el hoy' Ministerio de Salud ~del Trabajo y la Seguridad Social, el cual establece: "Articulo 11: Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, además de las señaladas por el articulo 26 del Decreto 614 de 1984, las I ' siguientes:' a. Propon"er a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la aciopdión 'de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y' ,ri1ant~ngan la salud en los lligares y ambientes de trabajo. b. propdner y participar enactividades de capacitación en salud ocupacional
dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimiento de trabajo. 2 ~. ..----r--- 2 8 .7 ~~:d RESOLUCiÓNW 1 8 JUI, 20Tl ."Parla cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación a la elección de sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO"
C. Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocup~cional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes_
d. Vigíla1 el desarro¡'o de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promdver su divulgación y observancia. . e. COlabbrar en el análisis de .las causas de los accidentes de trabajo y enfenpedades profesionales y proponer al empleador las medidas correqtivas que haya lugar para evitar su ocurrencia_ Evaluar los programas que se hayan realizado_ . . _ f. Visita~periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trJbajadores en cada área o sección de la empresa e informar al emp/~ador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control. . g. EstUdiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de medicina, higiene y seguridad industria/_ h. servi~ como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la Isolución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar
los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional. I .
- Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad Y' enfenhedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipJ/ado en la presente Resolución. .
j. Elegi+1 Secretario del Comité_ . . . k. Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se 'dJsarro/len el cual estará en cualquier momento a disposición del empl~ador, los trabajadores y las autoridades competentes_ l. Las dkmás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional". ARTicULO TERCEko. INSCRIPCiÓN DE LOS CANDIDATOS: Los servidores que a~piren a participar' como candidatos para integrar el Comité Paritario de Salud . Qcupacional - CO~ASO, deberán hacer la respectiva inscripción. ante la División de Ge¡¡tlón Humana, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución y cinco (5) días' hábiles, .esped¡ficando quién actuará como principal y quién como suplente, e I¿ indicando además: siguiente: .- I
1. Nombre completo.
2. Cépula de CIudadanía_
3 I 2. 8 .7
RESOLUCiÓN Na
1 8 JUL 2013 ."Por la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduria General de la Nación a la elección db sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud . Ocupacional - COPASO"
3. Dependenci~ en la cual labora.
4. Cargo que desempeña, 5.. Una'fotografla 3 x 4 del candidato principal.
. . . I . PARAGRAFO PRIMERO. Solamente tendrán validez las candidaturas completas • .' . - 1 -- .' .. presentadas con un (1) candidato principal y un (1) suplente . .PARÁGRAFO SEGiliNDO. Si dentro de dicho término, no se reciben inscripciones o los 'inscritosnoacredita~ los requisitos exigidos, la inscripción se prorrogará por cinco (5) dias hábiles más.' . ARTiCULO CUARTO. CALIDADES DE LOS ASPIRANTES: Los representantes de los servidores deben cohtar con competencias actitudinales y comportamentales, en las que prevalezca el respeto, la imparcialidad, la tolerancia, la serenidad, la confidencialidad, la reserva y el manejol de información y la ética, la comunicación asertiva, el liderazgo y la resolución de conflictos .. ".. Igualmente deberánl acreditar las siguientes calidades, que serán verificadas por el Jefe '. de la División de Gestión Humana:
1. S.er funcionatio activo de la Procuraduría General de la Nación con vinculación vigente al cierre de las Inscripciones de los candidatos. . 2, No estar replesentando a los servidores en otro Comité en la Entidad, durante el I . . último año.
3. E:star disponible para ejercer las funciones establecidas en la Resolución 2013 del 6 de junio de 1986 y en el Decreto Ley 1295 del 22 de junio de 1994 ~. '-. ' .. PARÁGRAFO. Los representantes de los servidores el Comité Paritario de Salud coplrso, (1) I . Qcupacional - solamente podrán ser reelegidos por una sola vez en forma
- I .' consecutiva. . .ARTiCULO QUINT0. FECHA DE LA ELECCiÓN DE LOS REPRESENTANTES' DE LOS SER\Í100RES: .Esiablecer como fecha de elección de los representantes de los servidores ante el :Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO, el día martes' '. veinte (20) de agosto de 2013 de 8:00 amoa 4:00 pm. .ARTíCULO SEXTd. PUESTOS DE VOTACiÓN EN EL NIVEL CENTRAL: En las . ,- '." '. I ',- -. . dependencias del nivel central donde funciona la Procuraduría General de la Nación, se .instalarán dos (2) Iljesas de votación con sus respectivas urnas ubicadas de la siguiente '< '. forma: una (1) ubicflda en el lobby del Auditorio Antonio Nariño (cuarto (4°) piso de la ¡¡ede central) y Una (1) ubicada en el lobby del Auditorio del edificio Manuel Mejla (Piso 4°)
( :": j' ," '. en la carrera décim'aNo ..16 - 82 de la ciudad de Bogotá D.C. La instalación estará a . cargo de la División Ide Gestión Humana.' . . "ARTícULO SÉPTI~O. PUESTOS DE VOTACiÓN EN EL NIVEL.TERRITORIAL: En las Procuradurías Regi¿nales yProvinciales se instalará una (1) mesa con su respectiva urna . . 4 ':.0 , , "
PROCURADURIA
GENERALCElA NA~ON
: :' 2 8} ~ RESOLUCiÓN W ,I ' 1 8 JUL 2m "Por la cual se convepcaa los servidores públicos de la Procuradurla General de la Nación
~,' .. a la elección de sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO" , ,'para efecto de la votación, Cada mesa funcionará con dos (2) jurados de votación ','deSignadOS por el prrcurador Regional o Provincial, según corresponda. ,Los Coordinadores .t¡.dministrativos de cada regional y los Procuradores Regionales donde no se cuente con C?Ordinador administrativo, serán los encargados de la org<:lnización, desarrollo y culminación de la jornada electoral en su Regional, .y del envio oportuno de ,, ;l<:Isa,ctas con los re~ultados del consolidado del escrutinio por Regional a la División de ','Gestión Humana a iáS tardar el dla siguiente al cierre de lo'sescrutinios. En las sedes territoriales donde laboren más de 15 funcionarios y se encuentren a una ,'distancia considera~le de la sede, principal, los Coordinadores Administrativos instalarán " una (1) mes'a con Su respectiva urna y jurados, con el fin de evitar el traslado de los servidores a los pue~tos de votación, Dicha determinación deberá informarse a la División deG~stiónHumana ¡paralos respectivos control~s yestadlsticas. ARTICULO OCTAVO. JURADOS DE VOTACION: Tanto en el nivel central como en el " nivel territorial, la elécción será vigilada por los jurados de votación para cada una de las , me~as" designados Ipor el Jefe de la División de Gestión Humana o por el Procurador Regional o Provinci~1 según corresponda, a través de notificación escrita, a más tardar, ,dentro de los tres (3) dias hábiles siguientes a la divulgación de la lista de candidatos
,inscritos. Se deberál informar a la División de Gestión Humana de la designación de los ,jurados en el nivel territorial. ' Para ,cada una de I~S mesas de votación, se contará con dos (2) principales y dos (2) 'suplentes, quienes rtuarán como Presidente y Vocal., , Los jurados princip<¡les podrán ser reemplazados por los suplentes antes o durante las votaciones; en ningún caso podrán ser funcionarios con algún mando o coordinación de grupo de servidores! ni aquellos inscritos en la lista de candidatos. ' , , I ARTíCULO NOVENO, LISTADO DE VOTACIONES: La División de Gestión Humana enviará por correo electrónico, a los Coordinadores Administrativos y Procuradores Regionales que no cuenten con coordinación administrativa, dentro de los tres (3) dlas hábiles anteriores a la fecha de la elección, la lista general de sufragantes para cada una de las Procuradurias Regionales y Provinciales, con indicación del nombre y,documento :' de id~ntidad, que ste a los jurados para verifica~ la ide~tidad de 10~~otantes. ." . , PARAGRAFO. Podran votar todos los funclonanos activos al serviCIOde la entidad, a la , '" , l' , ' , ' , , f~ct'Ja de las eleeciones. No ,podrán votar los funcionarios que se encuentren temppralmente separados del servicio por vacaciones, licencias, incapacidad o sanción. , ' I ' ARTíCULO DÉCIMO. URNAS y OTROS MECANISMOS DE VOTACiÓN: En cada mesa
habrá"una (1) urna ~ellada, ubicada en lugar estratégico y visible al público, en la cual se : , \, .. , depositará el voto. I .. . . . , ) . , Antes de Gomenza~ la votación el Jurado abnra la urna dispuesta para el efecto y la j- -' :. . 'e¡<hibirá públicamente estableciendo que ésta se encuentra vacía. . , 5 ' ~ ' -;¡ "< 2 8.7 RESOLUCiÓN N" ""' 1 O JUL 2013 "Por la cual se convoea a los servidores públicos de la Procllraduria General de la Nacíón " " a la eleccíón de[ISUSrepresentantes para integrar el Comité Paritario de Salud """" " "" Ocupacional - COPASO" <••• "E1fectuado este paso,erá cerrada, sellada y rubricada por los jurados, en el momento de inicio de la votacíón, ""RARÁGRAFO. En las sedes donde no exista Procuradurla Regional o Provincíal, los "Pt9curadores Judicíales, quienes laboren con los mismos o quienes se encuentren en " -,".' ,"'cCí\'lisión, podrán vo~ar vla Fax, correo electrónico o por el medio más expedito, enviándolo al lugar de votación que le corresponda. A~TíCULO D"ÉCIMO PRIMERO. VOTACiÓN: El dla de ¡as eleccíones se llevará a cabo ""él siguiente procedimiento: " " "" 1. Uno de los jUridOS le solicitará al sufragante la cédula de cíudadanía o el carné de
la Entidad, s¿ verificará" que el nombre aparezca" en "el listado de servidores entregado pr¿viamente por la División de Gestión Humana. De ser asi se subrayará el 70mbre y número de identificacíón. Así mismo, se le solicitará que firme con número de cédula en el formato de registro de votantes; En caso de q~e el funcionario no aparezca en el listado, se relacíonará en la parte final. .1 "2, Posteriorment¡a se le Cldvierteal servidor que para poder ejercer su derecho al voto debe ser funci?nario activo, y no estar en ninguna causal señalada en el parágrafo" del articulo no1venode la presente resolución,
3. Si el funcionario confinna estar habilitado para votar, se le hará entrega del tarjetón debid1amente firmado por uno de los jurados, procediendo a marcar su voto en formalsecreta y lo depositará dentro de la urna, ante elrespectivo jurado.
4. Tennlnada la votación se procederá al conteo de los votos en audiencia pública. . "" I " '. ART!CULO DÉCIMO SEGUNDO. ESCRUTINIO PARCIAL: Finalizada la jornada electoral, los jurado~ de votación efectuarán públicamente el escrutinio parcial, en el lTIismositio de la votáción, de acuerdo con el siguiente procedimiento: . 1. Se cont¡ibiliJrán los votos 'de cada urna y losvotantes registrados.' De resultar más votos que votantes, en cualquiera de las urnas se tomará de ella la diferencía
I y al azar. se destruirán los votos sobrantes, sin lee¡r su contenido y 'dejando constancia en el acta de escrutinio, 2. posteriormen~e los jurados de.votacíón procederán a leer en voz alta el contenido ! i de las papelelas 'y se contabilizará el número de votos obtenidos por cada uno de los can9idatos legalmeqte inscritos, los votos nulos, no marcados y los votos en I "'" , . blanco.. '3~ Finalizado el conteo, en cada mesa de votacíón se levantará un acta de escrutinio "' "","" ".I . , " . " " . que será firmada por los dos (2) jurados de votación, . . . I 6 ,'. :..," ... I " 2 8 RESOLUCiÓN N" ~,,;:j 8 t JUL 20t3 ."Porla cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación a la elección d~ sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO" .4. En el nivel central, la'sactas de apertura y cierre, los listados de votantes, los votos y el acta, de '¡eScrutinio parcial, serán entregados por 10,S jurados de votación el mismo día ó a más tardar el día siguiente en un' sobre cerrado, separando por p¡;¡quete especial los votos que no fueron computados, a la División de Gestión I . . Humana.
5. Las Procuradurías Regíonales y Provinciales deberán reportar telefónicamente, vía fax o por cdrreo electrónico, los resultados parciales de las elecciones, a la
División de Gbstión Humana a la extensión que 'para tal caso se informe, ~, .- .. I . . 1 PARAGRAFO PRIMERO. Los resultados de los escrutinios (actas de apertura y cierre, , !ístados de vot¡lntes,1votos y acta de escrutinio parcial) serán remitidos por el Procurador ),. Provincial a los Coordinadores Administrativos correspondientes, quienes los enviarán a la División de Gesti6n Humana por el medio más expedito, a más tardar el día siguiente' . del cierre de los esc~utinios. l ~ . .PARÁGRAFO SEG~NDO. La División de Gestión Humana consolidará la información de l las diferentes mesas que servirá de base para el escrutinio final. . . . . 1, . ARTíCULO DÉCIMO TERCÉRO. ESCRUTINIO FINAL: El escrutinio final se llevará. a t . '. c;abo en audiencia 8ública el día veintiséis (26) de agosto de 2013 a las 3:00 pm. en el I lobby del Auditorio Antonio Nariño ubicado en el piso 4° de la sede central en Bogotá, D.C. y participarán este proceso' 1, El Secretario General o su Delegado.
2. El Jefe dlla División de Gestión Humana o su Delegado. '3. Un (1) te!stigOqUe puede ser representante de los electores con sede en la ciudad de Bogotá. . . , i ;. , En caso de empate, se decidirá en el mismo sitio del escrutinio, por sorteo, de la siguiente forma: se incluirán en un sobre los nombres de las planchas que presentaron empate y se
procederá' al azar alsacar una de las planchas, la cual será la ganadora. De este evento .se dejará constancia en el acta de escrutinio. ' . Oe lo actuado se IJvantará, el acta correspondiente, la cual deberá ser firmada por las pe.rsonas que intervinIie'ron e,n. el escrutinio, final. ARTfcULO DÉCIM9 CUARTO. PUBLICACiÓN DE LOS RESULTADOS: Los resultados generaies de la elección serán comunicados a los servidores, a través de la División de I . Gestión Humana. PARÁGRAFO PRIMERO. Los actuales representantes del Comité, continuarán ¡, •... ejerciendo su repr$sentación hasta tanto se conforme ei Comité Paritario de Salud Ocupacional - coPlA..so para el periodo 2013 - 2015. , 1: . ti 7 t , 1 1 . , ". W:a, .1' 8 RESOLUCiÓN f a 2nrl' .- "=:id ; 1111 "Por la cual se convoc alos servidores públicos de la Procuradurla General de la Nación a la elección de sus representantes para integrar el Comité Paritario de Salud OcupacionalCOPASO" , PARÁGRAFO SEGUNDO. La designación de los representantes de los servidores de la ,:I;ntidad ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO para el periodo 2013- ',',~015serál1 ¡¡credita~os por el Procurador General de la Nación, 'a través de acto o,, ".' ,,¡¡dministrativo que se nealice para tal efecto, ~.. , ,ARTíCULO DÉCIMO QUINTO. VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la
fecha de su comunicación,
COMUNíQUESE YCÚMPLASE 8 JUL 2013
Dada en Bogotá, D.C" a los , :"'" .-"'. "",; , , e:-! f , ,',
NDRO ORDÓÑEZ MALDONADO fo,i'
~. . ; 1 11 ' ProyEict6: SebastlánZuluagaVargas-;-ProfesionalDivisiónGestiónHumana .Reyjsó ,: CarlosWilliam Rodrigue; ~llIén-Jefe DivisióndaGestión Humana lJt~. 'Apr~: Maria Juliana Alban Durén -:Secretaria Genllfsl 8