PGN - LICENCIAS Y PERMISOS - Existencia

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - LICENCIAS Y PERMISOS - Existencia
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

Dependencia: Procuraduría Primera Delegada Vigilancia Administrativa

Radicación: 013-84124-03

Disciplinado: Néstor Iván Moreno Rojas y otro Cargo y entidad: Alcalde de Bucaramanga Quejoso: De oficio Fecha queja: Diciembre 24 2002

Fecha hechos: 8 de enero de 2002

Asunto: Abandono del cargo y utilización indebida de recursos públicos.

Bogotá DC, septiembre 25 de 2003 La Delegada, con las facultades que le confiere el artículo 25 numeral 1 literal c) del Decreto 262 de 2000, en concordancia con el artículo 19 inciso tercero de la Resolución 017 de marzo 4 de 2000 de la Procuraduría General de la Nación, procede a evaluar la indagación preliminar que se adelantó contra NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS, en su calidad de Alcalde de Bucaramanga. CONSIDERACIONES Con base en el informe periodístico Vanguardia Liberal de la ciudad de Bucaramanga del 24 de diciembre de 2002 (fl. 7), el Despacho ordenó adelantar la correspondiente indagación preliminar mediante auto del 26 de marzo de 2003, por el cual se vinculó como presuntos responsables de las irregularidades al Alcalde de Bucaramanga, NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS, y al Tesorero Municipal, VICENTE

RODRÍGUEZ FERREIRA.

La nota informativa se refiere a investigaciones penales que cursan en la Fiscalía contra los dos funcionarios mencionados, por presunto peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público y el abandono del cargo derivados de los

viajes al exterior que realizó el burgomaestre sin contar con el permiso administrativo a que se refiere la Ley 136 de 1994. Dentro de la etapa instructiva que realizó la Procuraduría Regional de Santander, se estableció que evidentemente el Alcalde NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS viajó en varias oportunidades durante el año 2002 a tierras extrañas, unas en misión oficial y otras a título personal. No obstante, todas las salidas fueron autorizadas por la autoridad competente de conformidad con lo preceptuado en los arts. 112 y ss de la Ley 136 de 1994. Según el reporte suministrado por la Subdirección de Asuntos Migratorios del Departamento Administrativo de Seguridad-DAS-calendado el 11 de julio de 2003, durante el 2002 por el Aeropuerto El Dorado de Bogotá se presentaron registros de viajes del ciudadano MORENO ROJAS con destino y/o procedencia, como Caracas, el 1o. de enero; México 14 de marzo; los Ángeles, 17 de marzo; Miami, 30 de marzo, 27 de abril, 7, 10 y 28 de junio, 1o. de julio y 31 de diciembre; Washington, 16 y 20 de agosto; y Madrid, 9 y 16 de octubre (fls. 42 a 44). El Secretario Administrativo Municipal, VICENTE RODRÍGUEZ FERREIRA, mediante oficio de 23 de julio de 2003 suministra detalladamente la relación de los viajes realizados por el Alcalde al exterior, anexando los soportes correspondientes, incluido el acto administrativo por el cual se nombró al Secretario Administrativo con

funciones de Tesorero (fls. 45 a 77). Al confrontar la información suministrada por el Departamento Administrativo de Seguridad, con la aportada por el Secretario Administrativo de Bucaramanga, PJNC Exp. 013-84124-03 coinciden en el número, los desplazamientos efectuados por NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS, a excepción del itinerario el 1 de enero de 2002 con lugar de origen y/o destino la ciudad de Caracas. Lo que no concuerda en la mayoría de las veces, son las fechas de salida y/o ingreso al país, pues por lo general el reporte de la Subdirección de Asuntos Migratorios del DAS demuestra que los viajes se realizaron un día antes o un día después a lo que certifica el municipio. Igualmente, al consultar el calendario que rigió para 2002, los desplazamientos tuvieron ocurrencia en gran parte los fines de semana que coincidían con puentes festivos, donde solamente comprendía uno o dos días hábiles. En cuanto a la ausencia en el mes de abril, el viaje que realizó lo hizo aprovechando las vacaciones previamente otorgadas. De otra parte, el desempeño que cumplió como Tesorero VICENTE RODRÍGUEZ FERREIRA, devino de las funciones que le atribuyó el Alcalde Municipal a través del Decreto 249 de 28 de diciembre de 2001 por el cual lo nombró Secretario Administrativo (fls. 76 y 77). Además, se obtuvo copia de las resoluciones proferidas por las Fiscalías Treinta y Treinta y Dos Delegadas ante los Jueces Penales del Circuito de Bucaramanga de

28 de marzo y 25 de junio de 2003, por las cuales se inhibieron de adelantar investigación penal contra NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS y VICENTE RODRÍGUEZ FERREIRA, por los presuntos punibles denunciados por el Concejal ÓSCAR OMAR OROZCO BAUTISTA, hechos iguales que sirvieron para la apertura de esta indagación (fls. 37 a 41). De lo visto se colige que los desplazamientos realizados al exterior por el implicado Alcalde de Bucaramanga, no constituyen conducta típica que en materia disciplinaria comprometa a servidor público alguno, en razón a que todos fueron autorizados por el Concejo Municipal, ora por la Gobernación de Santander, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 136 de 1994. Pero no solamente carece de fundamento las acusaciones por los viajes que realizó el Alcalde en cuanto a su legalización, pues del total de desplazamientos, solamente se erogaron gastos con cargo al presupuesto oficial, por concepto de pasajes aéreos a la ciudad de MadridBarcelona que realizó en el mes de octubre de 2002 en misión oficial. Así las cosas, este Despacho procederá a decretar el cese de procedimiento y en consecuencia a archivar el instructivo de conformidad con el artículo 73 de la Ley 734 de 2002, en consideración a que los hechos que se reportaron como irregulares no se cometieron. La Delegada se abstendrá de comunicar la decisión en los términos y para los efectos que dispone el artículo 109 de la Ley 734 de 2002, teniendo en cuenta que la indagación preliminar se adelantó de oficio, conforme al reporte del periódico

Vanguardia Liberal de Bucaramanga y no de un particular determinado.

En consecuencia, EL PROCURADOR PRIMERO DELEGADO PARA LA

VIGILANCIA ADMINISTRATIVA, RESUELVE PRIMERO: Decretar la cesación de procedimiento dentro de la indagación preliminar adelantada en contra de NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS, identificado con la cédula de ciudadanía 19.436.718 en calidad de Alcalde Municipal de Bucaramanga para el período constitucional 2001-2003, y VICENTE RODRÍGUEZ FERREIRA, portador de la cédula de ciudadanía 13.847.850 en condición de Secretario Administrativo con funciones de Tesorero Municipal de la misma administración, de

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Exp. 013-84124-03 conformidad con los hechos y consideraciones contenidas en el presente proveído. En consecuencia archívese el expediente.

SEGUNDO: Comunicar la decisión a los implicados NÉSTOR IVÁN MORENO ROJAS y VICENTE RODRÍGUEZ FERREIRA, en los términos y para los efectos de los artículos 90, 100 y ss de la Ley 734 de 2002, advirtiéndoles que contra la misma no procede recurso alguno.

TERCERO: Hacer los reportes y dejar las constancias de rigor.

COMUNÍQUESE NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CÉSAR AUGUSTO AMAYA MEDINA

Procurador Delegado Primero Vigilancia Administrativa CAAM / pjnc Exp: 013-84124 janeth

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Exp. 013-84124-03

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