PGN - Memorando 20 de 2022
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Memorando 20 de 2022
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2022
MEMORANDO No. 020 .
DE: SECRETARÍA GENERAL PARA: SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN ASUNTO: CONDICIONES PARA EL USO Y DISFRUTE DEL BENEFICIO DE DESCANSO
COMPENSADO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN NO. 264 DEL 18 DE
AGOSTO DE 2022.
FECHA: 24 DE AGOSTO DE 2022
Apreciados servidores: En el marco de la Política de Salario Emocional de la Procuraduría General de la Nación, con el fin de contribuir al bienestar y a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los servidores de la Entidad y en cumplimiento del beneficio de descanso compensado de dos (2) días laborables para ser disfrutados durante la semana de receso estudiantil1 establecido por la Procuradora General de Nación mediante la Resolución No. 264 del 18 de agosto de 2022, el presente memorando define las condiciones aplicables para el uso y disfrute del mismo durante la vigencia 2022, para lo cual se debe tener en cuenta lo siguiente:
I. BENEFICIARIOS
1. El beneficio establecido solo aplica para los servidores con hijos que se encuentren cursando educación preescolar, básica y media, y quienes de conformidad con lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional mediante Decreto 1373 de 2007, disfrutarán de la semana de receso estudiantil, para lo cual deberán acreditar el cumplimiento de requisitos ante el jefe inmediato o superior jerárquico correspondiente2.
Corresponderá a cada uno de los jefes inmediatos, verificar que los servidores interesados en el beneficio realicen la acreditación en los términos establecidos, antes del diligenciamiento del formato adj(cid:88)(cid:81)(cid:87)(cid:82) (cid:179)Re(cid:83)(cid:82)(cid:85)(cid:87)e de (cid:87)(cid:88)(cid:85)(cid:81)(cid:82)(cid:86) (cid:92) h(cid:82)(cid:85)a(cid:85)i(cid:82) - Beneficio de De(cid:86)ca(cid:81)(cid:86)(cid:82) C(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)ad(cid:82) Sema(cid:81)a de Rece(cid:86)(cid:82) E(cid:86)(cid:87)(cid:88)dia(cid:81)(cid:87)il 2022(cid:180). La d(cid:82)c(cid:88)me(cid:81)(cid:87)aci(cid:121)(cid:81) soporte que se allegue para la citada acreditación reposará exclusivamente en cada una de las dependencias, de la siguiente manera: 1 La cual corresponde a los cinco (5) días hábiles de la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América, para cada vigencia, según lo establecido en el Decreto 1373 del
2007. Para la Vigencia 2022 esta semana se encuentra comprendida entre el 10 y el 14 de octubre. 2 En ausencia del jefe inmediato la División de Gestión Humana por medio del Grupo de Gestión de Personal señalará el servidor que se encuentre ejerciendo el rol de superior jerárquico del servidor interesado en acogerse al beneficio, para que sea ante este que se acredite el cumplimiento de requisitos y se programe la
compensación y turno respectivo. 1
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SITUACIÓN SOPORTES PARA ACREDITACIÓN Servidores con hijo(s) (cid:120) Registro civil de nacimiento del(los) hijo(s). escolarizados menores (cid:120) Certificado(s) de escolarización del(los) hijo(s), con vigencia no de edad mayor a cinco (5) meses. (cid:120) Registro civil de nacimiento del(los) hijo(s). Servidores con hijo(s) (cid:120) Certificado de escolarización del(los) hijo(s), con vigencia no escolarizado(s) mayor a cinco (5) meses. mayores de edad en (cid:120) Dictamen(es) de discapacidad emitido(s) por la EPS en la que condición de se encuentra afiliado el(los) hijo(s) o recomendación(es) discapacidad médica(s) o psicológica(s) de cuidado o acompañamiento especial del(los) hijo(s), proveniente(s) de la respectiva EPS.
II. TURNOS DE DESCANSO Y HORARIOS DE COMPENSACIÓN: Se establecerán los siguientes turnos, los cuales deben ser considerados y aprobados por cada jefe de dependencia, con el fin de garantizar la prestación del servicio de manera continua y organizar el grupo de trabajo dentro del horario oficial de la Procuraduría General
de la Nación:
A. Primer turno: los días 10 y 11 de octubre de 2022.
B. Segundo turno: los días 11 y 12 de octubre de 2022.
C. Tercer turno: los días 12 y 13 de octubre de 2022.
D. Cuarto turno: los días 13 y 14 de octubre de 2022.
Estos turnos podrán ser disfrutados por los servidores que, acreditando el cumplimiento de
requisitos, deseen acogerse al beneficio y cumplan con la compensación de dieciséis (16) horas, exclusivamente una (1) hora diaria adicional a la jornada laboral. Para ello se establece que las mismas deberán ser compensadas entre el 1° y 30 de septiembre de 2022, ambas fechas inclusive, conforme a los horarios que a continuación se disponen: Horario de Horario de Horario de Horario en el que actualmente se compensación compensación Compensación presta el servicio AM PM Mixto De 6:30 a.m. a Horario flexible de 7:00 a.m. A 4:00 De 6:00 a.m. a De 4:00 p.m. a 7:00 a.m. y de p.m. 7:00 a.m. 5:00 p.m. 4:00 p.m. a 4:30 p.m. De 7:00 a.m. a Horario flexible de 7:30 a.m. A 4:30 De 6:30 a.m. a De 4:30 p.m. a 7:30 a.m. y de p.m. 7:30 a.m. 5:30 p.m. 4:30 p.m. a 5:00 p.m. 2
MEMORANDO No. 020 .
Horario de Horario de Horario de Horario en el que actualmente se compensación compensación Compensación presta el servicio AM PM Mixto De 7:30 a.m. a De 7:00 a.m. a De 5:00 p.m. a 8:00 a.m. y de Horario de 8:00 a.m. A 5:00 p.m.
8:00 a.m. 6:00 p.m. 5:00 p.m. a 5:30 p.m. De 8:30 a.m. a Horario flexible de 9:00 a.m. A 6:00 De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. a 9:00 a.m. y de p.m. 9:00 a.m. 7:00 p.m. 6:00 p.m. a 6:30 p.m.
Otros horarios: Esta excepción sólo aplicará para los servidores que tengan variaciones previamente aprobadas en su jornada laboral, tales como: permisos por lactancia, estudio, docencia o tratamientos médicos.
III. VARIACIÓN DE LOS TURNOS Y HORARIO DE COMPENSACIÓN: Los funcionarios que, con ocasión a variaciones, previamente aprobadas, en su jornada laboral, como permisos por lactancia, estudio o tratamientos médicos, no les sea posible compensar en los horarios establecidos en los literales A, B, C o D del numeral II del presente memorando, podrán acordar con su jefe inmediato un horario diferente, el cual no podrá superar las (2) dos horas diarias, con el fin de compensar las dieciséis (16) horas, dentro de las fechas antes citadas.
Para ello, el jefe de inmediato deberá indicar el horario acordado con el servidor que se encuentre en las condiciones ya mencionadas.
IV. LINEAMIENTOS GENERALES
1. A (cid:87)(cid:85)a(cid:89)(cid:112)(cid:86) del f(cid:82)(cid:85)ma(cid:87)(cid:82) adj(cid:88)(cid:81)(cid:87)(cid:82) (cid:179)Re(cid:83)(cid:82)(cid:85)(cid:87)e de turnos y horario - Beneficio de Descanso
C(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)ad(cid:82) Sema(cid:81)a de Rece(cid:86)(cid:82) E(cid:86)(cid:87)(cid:88)dia(cid:81)(cid:87)il 2022(cid:180) l(cid:82)(cid:86) f(cid:88)(cid:81)ci(cid:82)(cid:81)a(cid:85)i(cid:82)(cid:86) (cid:84)(cid:88)e (cid:86)e e(cid:81)c(cid:88)e(cid:81)(cid:87)(cid:85)e(cid:81) interesados en acogerse a este beneficio y el respectivo jefe inmediato, relacionarán el horario de compensación que se comprometen a cumplir y el turno de descanso compensatorio que requieren disfrutar. Se deberá remitir un formato por dependencia debidamente diligenciado y firmado, en versión PDF legible, a más tardar el 1 de septiembre del 2022 a la División de Gestión Humana, por medio del formulario de Forms dispuesto en el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/nzhZnZ8dDK
2. A(cid:86)(cid:116) mi(cid:86)m(cid:82), (cid:86)i el jefe de de(cid:83)e(cid:81)de(cid:81)cia (cid:86)e ac(cid:82)ge al (cid:179)Be(cid:81)efici(cid:82) de de(cid:86)ca(cid:81)(cid:86)(cid:82) c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)ad(cid:82) de
dos (2) días lab(cid:82)(cid:85)able(cid:86) (cid:83)a(cid:85)a (cid:86)e(cid:85) di(cid:86)f(cid:85)(cid:88)(cid:87)ad(cid:82)(cid:86) d(cid:88)(cid:85)a(cid:81)(cid:87)e la (cid:86)ema(cid:81)a de (cid:85)ece(cid:86)(cid:82) e(cid:86)(cid:87)(cid:88)dia(cid:81)(cid:87)il(cid:180), dentro del formato, se deberá indicar si es necesario encargar durante su ausencia a otro servidor y en caso afirmativo postulará a un funcionario para el encargo, de acuerdo al turno por él escogido. Debe revisarse que la persona postulada cumpla con los requisitos 3 MEMORANDO No. 020 . para el encargo y no tenga programado para las mismas fechas vacaciones, turno compensatorio u otras situaciones que le impidan el ejercicio del cargo.
3. La División de Gestión Humana no dará trámite a los formatos que se envíen a otra dirección electrónica, extemporáneos o aquellos que se reciban de manera ilegible, sin firma, o incompletos, por lo que se les solicita verificar la legibilidad y calidad del documento y su cargue antes del envió, con el fin de agilizar la recepción y compilación de la información.
4. Para el seguimiento y control del cumplimiento de los horarios de compensación se
mantendrá el registro diario de ingresos y salidas por medio de la (cid:179)Planilla(cid:180) dispuesta para este fin por parte de la Secretaría General (Ver anexo).
5. Por medio de la formato anexo (cid:179)Ce(cid:85)(cid:87)ificaci(cid:121)(cid:81) de c(cid:88)m(cid:83)limie(cid:81)(cid:87)(cid:82) de c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)aci(cid:121)(cid:81) (cid:86)ema(cid:81)a de (cid:85)ece(cid:86)(cid:82) e(cid:86)(cid:87)(cid:88)dia(cid:81)(cid:87)il 2022(cid:180) el jefe i(cid:81)media(cid:87)(cid:82) de cada de(cid:83)e(cid:81)de(cid:81)cia ac(cid:85)edi(cid:87)a(cid:85)(cid:105) (cid:83)(cid:82)(cid:85) e(cid:86)c(cid:85)i(cid:87)(cid:82) el cumplimiento de la compensación de los servidores a su cargo que se acogieron al beneficio y de el mismo si también se compensó (un formato de certificación por dependencia), el cual será remitido a más tardar el 5 de octubre de 2022 a la División de Gestión Humana, por medio del formulario de Forms dispuesto en el siguiente enlace:
https://forms.office.com/r/vD9hCimYX7
6. No se autoriza bajo ningún argumento, compensar en el horario destinado para el almuerzo, como tampoco los fines de semana o festivos.
7. Se exceptúan de la aplicación y cumplimiento del presente memorando, los funcionarios que disfruten vacaciones (así sea un solo día) entre el 1º. y el 21 de octubre de 2022.
Conforme a lo anterior, se dará estricto cumplimiento a lo establecido por la Resolución No. 1040 del 25 de noviembre de 2019, frente a la programación, reprogramación, acumulación, aplazamiento, interrupción y prescripción de las vacaciones que los servidores tengan programado disfrutar durante este periodo.
8. Se advierte a los jefes de dependencia que:
(cid:120) Previo a autorizar la compensación y disfrute del beneficio establecido, se deberá organizar el equipo de trabajo y en caso de que en una misma dependencia dos o más servidores se acojan a éste, se concertarán los turnos de disfrute del descanso, a fin de garantizar la continuidad y adecuada prestación del servicio. En caso de que no se llegue a una concertación entre el equipo de trabajo, será el jefe inmediato quien de la forma más objetiva posible defina los turnos. (cid:120) No deberán conceder permisos antes o después de los turnos concedidos. (cid:120) La ausencia por uso del beneficio de permiso compensado deberá ser registrada por el servidor a través del Sistema de Ingresos, Salidas, Ausencias y Permisos (cid:178) INSAP, como 4
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(cid:88)(cid:81) c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)a(cid:87)(cid:82)(cid:85)i(cid:82), adj(cid:88)(cid:81)(cid:87)a(cid:81)d(cid:82) c(cid:82)m(cid:82) (cid:86)(cid:82)(cid:83)(cid:82)(cid:85)(cid:87)e el (cid:179)Ce(cid:85)(cid:87)ificad(cid:82) de c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)aci(cid:121)(cid:81)(cid:180) fi(cid:85)mad(cid:82) (cid:83)(cid:82)(cid:85)
el jefe inmediato. (cid:120) Se (cid:85)ei(cid:87)e(cid:85)a (cid:84)(cid:88)e, (cid:86)i el jefe de la de(cid:83)e(cid:81)de(cid:81)cia (cid:86)e ac(cid:82)gi(cid:121) al be(cid:81)efici(cid:82) el (cid:179)Ce(cid:85)(cid:87)ificad(cid:82) de c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)aci(cid:121)(cid:81)(cid:180) debe i(cid:81)cl(cid:88)i(cid:85) el c(cid:88)m(cid:83)limie(cid:81)(cid:87)(cid:82) de (cid:112)(cid:86)(cid:87)e y se entenderá que con la suscripción del certificado se acredita también su propia compensación. (cid:120) Es responsabilidad de los jefes inmediatos, velar por el cabal cumplimiento del horario de los funcionarios que disfrutarán de los días de descanso compensados, así como remitir la (cid:179)Ce(cid:85)(cid:87)ificaci(cid:121)(cid:81) de c(cid:88)m(cid:83)limie(cid:81)(cid:87)(cid:82) de c(cid:82)m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)aci(cid:121)(cid:81)(cid:180) a m(cid:105)(cid:86) (cid:87)a(cid:85)da(cid:85) el 5 de (cid:82)c(cid:87)(cid:88)b(cid:85)e de 2022, a
la División de Gestión Humana, por medio del enlace habilitado para ese fin. Cordialmente, CARLOS ALBERTO CASTELLANOS ARAÚJO Secretario General Anexos: 1. F(cid:82)(cid:85)ma(cid:87)(cid:82) de (cid:179)Re(cid:83)(cid:82)(cid:85)(cid:87)e de (cid:87)(cid:88)(cid:85)(cid:81)(cid:82)(cid:86) (cid:92) h(cid:82)(cid:85)a(cid:85)i(cid:82) - Beneficio de Descanso Compensado Semana de Receso Estudiantil 2022(cid:180), e(cid:81) (cid:88)(cid:81) (1) f(cid:82)li(cid:82).
2. Planilla de ingresos y salidas, en un (1) folio
3. Pla(cid:81)(cid:87)illa de (cid:179)Ce(cid:85)(cid:87)ificaci(cid:121)(cid:81) de c(cid:88)m(cid:83)limie(cid:81)(cid:87)(cid:82) de c(cid:82) m(cid:83)e(cid:81)(cid:86)aci(cid:121)(cid:81) (cid:86)ema(cid:81)a de (cid:85)ece(cid:86)(cid:82) e(cid:86)(cid:87)(cid:88)dia(cid:81)(cid:87)il 2022(cid:180), e(cid:81) (cid:88)(cid:81) (1) f(cid:82)li(cid:82).
4. Enlace para el registro de los servidores que se acogen al beneficio: https://forms.office.com/r/nzhZnZ8dDK
5. Enlace para el registro del cumplimiento de la compensación: https://forms.office.com/r/vD9hCimYX7
Proyectó: Hicsa Lorena Ríos Marta - Profesional División de Gestión Humana Revisó: Alejandro de Jesus Escolar Vargas - Asesor - Secretaría General Aprobó: Myriam Stella Ortiz Quintero - Jefe División de Gestión Humana (C)
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