PGN - Memorando 20 de 2024
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Memorando 20 de 2024
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2024
PROCURADURIA
CBIERAL DE LA NACION
MEMORANDO N.°
DE:(cid:9) SECRETARÍA GENERAL
PARA:(cid:9) JEFES DE DEPENDENCIAS - PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
ASUNTO: LINEAMIENTOS PARA CONCESIÓN DE LA JORNADA LABORAL PARA
COMPARTIR CON LA FAMILIA EN EL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2024
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FECHA: AGO 2 024
Estimados servidores, En atención a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 1857 de 20171, a través de la cual se estableció que: "(...) Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario.", se expidió la Resolución N.° 452 del 30 de diciembre de 2022, "Por medio de la cual se implementa la concesión de una jornada laboral semestral para compartir con la familia, a los servidores de la Procuraduría General de la Nación". En tal sentido, dentro del marco de la Política de Salario Emocional de la Procuraduría General de la Nación, con el fin de contribuir al bienestar y a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los servidores de la Entidad, se informa que la Entidad para el segundo semestre del año, comprendido entre el 1° de julio al 31 de diciembre de 2024, cumplirá con el deber
legal señalado en el párrafo anterior, con la concesión de la jornada a cada servidor, para lo cual se debe tener en cuenta lo siguiente: El servidor deberá concertar con su jefe inmediato la fecha en que hará uso de dicha jornada, para no afectar la prestación del servicio en la respectiva dependencia. La ausencia deberá ser registrada por el servidor, y aprobada por el jefe inmediato, a través del Sistema de Ingresos/Salidas, Ausencias y Permisos — INSAP, la cual ' Ley 1857 de 2017 "Por medio de la cual se modifica la ley 1361 de 2009 para adicionar y complementar las medidas de protección de la familia y se dictan otras disposiciones". 09 Ali 2024 PROCURADURIA 02 o GENERAL DE LA NACIN puede ser visualizada en el ítem denominado: "2. Solicitudes de permisos por actividad laboral", y como tipo de ausencia elegir: "Día de la familia". Finalmente, se reitera que los lineamientos de este memorando aplican para el disfrute de la jornada laboral para compartir con la familia durante el segundo semestre del 2024 que finaliza el 31 de diciembre del año en curso. Cordialmente, CARLOS ALBER(cid:9) TELLANOS ARAÚJO Secretario General Proyectó: Hicsa lorena Ríos Marta - Profesional División de Gestión Humana Tania Marcela Cuervo Pamplona - Asesora División d Gestión Humana Revisó: Jaime Becerra Maya - Asesor - Secretaría General Mónica Escobar Guerrero - Coordinadora Grupo daestión de Bienestar / Seguridad y Salud en el Traba Aprobó: Diana Carolina Negrette Guzmán - Jefe División de Gestión Humana (E)4