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PGN - Memorando 30 de 2025

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Memorando 30 de 2025
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2025

ÁNDEZ eral ajo 11(9 bajo (A)

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION MEMORANDO M° 0 3

DE: SECRETARIA GENERAL

PARA: SERVIDORES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

ASUNTO: PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA EN EL SIMULACRO NACIONAL Y

DISTRITAL, DÍA 22 DE OCTUBRE DE 2025

FECHA: 17 OCT 2025

Apreciados servidores: Conforme a lo dispuesto en nuestro Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajol, se convoca a participar activamente en el próximo Simulacro Nacional y Distrital de Evacuación.

Los lineamientos específicos, horarios y puntos de encuentro para el desarrollo de este Simulacro Nacional y Distrital serán detallados por el Grupo de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo en un archivo anexo a esta comunicación. Cordialmente,

JULIAN FE Secretario G Elaboró: Iveth Marysol Pérez Díaz / Asesor Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Tr Revisó: Andrea Ortega Peña / Coordinadora Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Aprobó: Carlos Arturo Arboleda Montoya / Jefe División de Gestión Humana (C)

Aprobó: Osman Delgado Rueda /Asesor Secretaría General "

Anexos: Resolución 275— COE

Lineamientos Simulacro Nacional Lineamientos Simulacro Distrital 1 Decreto 1072 de 2015, Artículo 2.2.4.6.25 Secretaría General

Anexos: Resolución 275— COE

Lineamientos Simulacro Nacional Lineamientos Simulacro Distrital 1 Decreto 1072 de 2015, Artículo 2.2.4.6.25 Secretaría General Carrera 5 N° 15-80 Piso 7 PBX 5878750 Exts.10702/10703/10705/10706 www.procuraduria.qov.coPROCURADURIA GENERAL DE LA RACION RESOLUCIÓN N°. 7 7 5 - dt 2022 ( 03 11 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades contenidas en el artículo 62 numerales 1 y 3 del Decreto Ley 262 de 2000, y la Resolución No. 302 del 27 de octubre de 2021, y CONSIDERANDO Que, conforme al literal a) del artículo 2 del Decreto Ley 1295 de 1994 el Sistema General de Riesgos Profesionales tiene dentro de sus objetivos establecer "las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad." Que el literal d) del articulo 11 de la Ley 1562 del 2012, señala que, entre las actividades mínimas de promoción y prevención en el Sistema de Riesgos Laborales, se encuentra la "Capacitación básica

Que el literal d) del articulo 11 de la Ley 1562 del 2012, señala que, entre las actividades mínimas de promoción y prevención en el Sistema de Riesgos Laborales, se encuentra la "Capacitación básica para el montaje de la brigada de emergencias, primeros auxilios y sistema de calidad en salud ocupacional". Que mediante el Decreto 1072 de 2015 se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y dentro de su capítulo sexto reglamenta el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Que el Decreto 1072 de 2015 en el Artículo 2.2.4.6.24, establece el esquema de jerarquización que debe ser tenido en cuenta en el análisis de pertinencia que se requiere para la adopción de medidas de prevención y control. Que el Artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015 "Prevención, preparación y respuesta ante emergencias", establece que "el empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes. Para ello debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que considere como mínimo, los siguientes aspectos: Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa; Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes institucionales y de ayuda mutua;

Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes institucionales y de ayuda mutua; Analizar la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes: Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y servicios de la empresa; 1PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N'. 2 7 5 - -de 2022 ( 3 lo. 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias; Formular el plan de emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos;

7. Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias; Implementar las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación; Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial; Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores;

actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial; Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores; Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios; Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SG-SST, todos los equipos relacionados con la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento; Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando los recursos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica la empresa. PARÁGRAFO 1. De acuerdo con la magnitud de las amenazas y la evaluación de la vulnerabilidad tanto interna como en el entorno y la actividad económica de la empresa, el empleador o contratante puede articularse con las instituciones locales o regionales pertenecientes al Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres en el marco de la Ley 1523 de 2012. PARÁGRAFO 2. El diseño del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias debe permitir su integración con otras iniciativas, como los planes de continuidad de negocio, cuando así proceda." Que, el numeral 17 del Artículo 2.2.4.6.2 del Decreto 1072 de 2015 define Emergencia así: 'Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores,

aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud." Que el literal a) del numeral 1.1.4. Contexto del proceso de gestión del riesgo del Artículo 2.3.1.5.2.1.1 del Decreto 2157 del 20 de diciembre de 2017, establece las responsabilidades, roles y estructuras respecto de la actuación en la toma de decisiones frente a la intervención del riesgo de desastres por parte de la Entidad. 2 t •PROCURADURIA GENERAL DE LA 11ACION RESOLUCIÓN N°. 2 7 5 - -de 2022 ( 03 kW. 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" Que a través de Resolución No. 302 del 27 de octubre de 2021, la PGN designó al Secretario General como Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y para estos efectos, entre otras, le asignó las siguientes funciones: "(...) 1. Liderar la implementación, desarrollo, mantenimiento y mejora del SG — SST de la Procuraduría General de la Nación, 2. Asignar, comunicar y documentar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la entidad. (...)" Que la Resolución N° 035 del 04 de febrero de 2022 define, asigna y documenta las

Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la entidad. (...)" Que la Resolución N° 035 del 04 de febrero de 2022 define, asigna y documenta las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles jerárquicos de la Procuraduría General de la Nación, entre ellas, las del Comité de Emergencias. Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario conformar el Comité de Emergencias de la Procuraduría General de la Nación, y disponer su organización y funcionamiento en el nivel central, así como en las procuradurías regionales y provinciales. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. — Conformar el Comité de Emergencias de la Procuraduría General de la Nación el cual estará encargado de fijar los lineamientos para el manejo de situaciones de emergencias, y de tomar las decisiones administrativas, relacionadas con los recursos humanos, físicos y económicos necesarios para la preparación y respuesta ante emergencias en la Entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. - El Comité de Emergencias de la Procuraduría General de la Nación estará conformado por: Jefe de Emergencias y Presidente del Comité Secretario General, Principal Asesor o profesional designado por el Secretario General, Suplente Coordinación Operativa y Técnica Jefe División Administrativa, Principal Asesor o profesional designado por el jefe de la División Administrativa, Suplente Coordinación de Seguridad Jefe de la División de Seguridad, Principal Asesor designado por el jefe de la División de Seguridad, Suplente Coordinación de Comunicaciones Jefe Oficina de Prensa - Principal

Coordinación de Seguridad Jefe de la División de Seguridad, Principal Asesor designado por el jefe de la División de Seguridad, Suplente Coordinación de Comunicaciones Jefe Oficina de Prensa - Principal Asesor o profesional designado por el jefe de la Oficina de Prensa - Suplente Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo Coordinadora Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo - Principal Asesor o Profesional designado por la Coordinadora del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo — Suplente 3PROCURADURIA GENERAL DE LA NEON RESOLUCIÓN N°. 2 7 5 - - de 2022 ( 03 AGO. 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" PARÁGRAFO 1. El Jefe de la Brigada de Emergencias actuará como miembro permanente del Comité de Emergencias, con voz, pero, sin voto y será un profesional o asesor designado por la coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. PARAGRAFO 2. En el nivel territorial el Comité de Emergencias estará representado por: El Procurador Regional o Provincial, Quien fungirá como jefe de emergencias. El Coordinador Administrativo, Quien ejercerá el rol de Coordinador operativo y técnico. El administrador de la Propiedad Horizontal (cuando aplique), como invitado PARÁGRAFO 3.- En todo caso, en el nivel territorial se acatarán las decisiones definitivas que determine el Jefe de emergencias y Presidente del Comité.

El administrador de la Propiedad Horizontal (cuando aplique), como invitado PARÁGRAFO 3.- En todo caso, en el nivel territorial se acatarán las decisiones definitivas que determine el Jefe de emergencias y Presidente del Comité. PARÁGRAFO 4.- El Jefe de la Brigada de Emergencias de la Entidad y el Coordinador Administrativo con el apoyo de los brigadistas, desarrollan y hacen seguimiento a las directrices que en situaciones de emergencia imparta el Comité de Emergencias a través del jefe de emergencias, tanto al nivel central como territorial respectivamente. El jefe de la Brigada de Emergencias presentará un informe semestral que será insumo para las sesiones ordinarias del Comité de Emergencias, así mismo presentará informes extraordinarios, cuando el Comité de Emergencias lo considere pertinente. Los funcionarios que funjan como líderes de la Brigada en las diferentes sedes del nivel territorial remitirán cuando se requiera, al jefe de la Brigada de Emergencias la información que servirá de insumo para la consolidación de los informes. PARÁGRAFO 5. En el evento que ocurra una situación de emergencia en cualquiera de las sedes de la Entidad en el nivel central y/o territorial, los brigadistas serán los encargados de operativizar las acciones impartidas por el Comité de Emergencias. ARTÍCULO TERCERO. El Comité de Emergencias en pleno tendrá las siguientes responsabilidades. Establecer los lineamientos para la implementación del Plan de Emergencias de la Entidad y tener pleno conocimiento sobre sus procedimientos y protocolos. Promover y facilitar la participación de los colaboradores en las diferentes actividades de prevención de emergencias. Indagar acerca de la veracidad de la emergencia, incidente o voz de alarma; evaluar su criticidad y

pleno conocimiento sobre sus procedimientos y protocolos. Promover y facilitar la participación de los colaboradores en las diferentes actividades de prevención de emergencias. Indagar acerca de la veracidad de la emergencia, incidente o voz de alarma; evaluar su criticidad y de acuerdo con ello, activar el plan de emergencias y/o dar orden de evacuación parcial o total. Avalar los diferentes procedimientos y protocolos para el manejo de emergencias y simulacros. Disponer los recursos necesarios para la ejecución de todas las actividades de prevención y atención de emergencias. 4PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N. 2 7 5 — -día 2022 ( 0 3 ACTO. 2022 ) «Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" f) Controlar estratégicamente todas las actividades relacionadas con la emergencia de acuerdo con el Plan de Emergencias de la Entidad, y decidir sobre la realización de otras extraordinarias que por la magnitud del evento sean necesarias. 9) Asumir el manejo y control de las comunicaciones internas y externas reuniendo el fin comunicar a los diferentes grupos de interés. responsablemente toda la información suscitada antes, durante y después de la emergencia, con Aprobar la adquisición de equipos de seguridad, sistemas de alarma, de comunicación, de transporte, pólizas de siniestros, servicios de atención de urgencias y demás que se estimen necesarias. Ordenar que se mantengan disponibles y actualizados por dependencia, los listados de la planta de personal, de manera que permitan la correspondiente verificación del número exacto de servidores que se encontraban dentro de las instalaciones durante la emergencia o simulacro.

necesarias. Ordenar que se mantengan disponibles y actualizados por dependencia, los listados de la planta de personal, de manera que permitan la correspondiente verificación del número exacto de servidores que se encontraban dentro de las instalaciones durante la emergencia o simulacro. Coordinar y dirigir los procedimientos con las diferentes entidades externas de apoyo de emergencias (Cruz Roja, Defensa Civil, Secretaría de Salud, Cuerpo Oficial de Bomberos, entre otros). Coordinar las reuniones de evaluación posteriores a cada emergencia o simulacro y requerir un informe con las recomendaciones para el mejoramiento de los procedimientos contemplados en el Plan de Emergencias Institucional.

  1. Aprobar la participación de la brigada en planes de ayuda mutua.

Establecer con la Coordinación de Comunicaciones del Comité, los protocolos para adelantar las relaciones con autoridades, medios de comunicación, organismos de socorro y opinión pública. Participar activamente en la inspección de los sitios afectados y determinar su seguridad con el fin de definir la continuidad de las labores o las acciones a que haya lugar. Participar en la investigación del evento de emergencia y en la consolidación del informe que establezca: Las causas, los efectos, la magnitud de los riesgos generados por el siniestro y la propuesta de las correcciones y acciones correctivas a que haya lugar. Evaluar los procedimientos internos y externos, respuesta de la cadena de socorro durante la emergencia y proponer estrategias de mejoramiento; con la participación del jefe de la brigada de emergencia y dejar informe de ello con las acciones de mejora propuestas. Velar por el pronto restablecimiento de los sistemas de control, así como por el normal desarrollo de las actividades institucionales. Coordinar la recuperación de los recursos técnicos y medios utilizados.

brigada de emergencia y dejar informe de ello con las acciones de mejora propuestas. Velar por el pronto restablecimiento de los sistemas de control, así como por el normal desarrollo de las actividades institucionales. Coordinar la recuperación de los recursos técnicos y medios utilizados. Atender y gestionar las recomendaciones realizadas por los organismos de socorro y los expertos sobre la materia. 5PROCURADURIA GENERAL DE LA HACION RESOLUCIÓN N' 7 7 5 - -de 2022 03 10 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" ARTÍCULO CUARTO. - Los miembros del Comité de Emergencias, tienen asignadas las siguientes responsabilidades específicas según su rol:

1. FUNCIONES DEL JEFE DE EMERGENCIAS Tomar decisiones de evacuación parcial o total, suspensión de actividades, retorno de actividades.

En el evento de una emergencia, hacerse presente en el sitio que se destine como centro de control para activar desde allí el Puesto de Mando Unificado - PMU. Gestionar los recursos necesarios para la ejecución de todas las actividades de prevención y atención de emergencias. Activar por sí mismo o a través del jefe de la Brigada de Emergencias de la Entidad, la cadena de llamadas del Comité de Emergencia y recolectar la información relacionada con la emergencia. Verificar que se haya dado aviso oportuno a los organismos de socorro externos y asegurar que se preste la colaboración que éstos necesiten. Determinar las causas técnicas, la magnitud del evento, así como, las directrices para el control del riesgo con personal técnico interno y externo.

se preste la colaboración que éstos necesiten. Determinar las causas técnicas, la magnitud del evento, así como, las directrices para el control del riesgo con personal técnico interno y externo. Monitorear las diferentes acciones operativas de la brigada y demás grupos que estén dirigiendo las acciones de evacuación y control de la emergencia. Autorizar la información a divulgar por parte de la Comisión de Comunicaciones y medios de comunicación.

2. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN OPERATIVA Y TÉCNICA Previo diagnóstico de la situación, presentar al jefe de emergencias el informe correspondiente a las causas que generaron fallas técnicas o estructurales en cualquiera de las sedes del nivel central o territorial.

Formular e implementar un plan integral para mantener la prestación del servicio de la Entidad, de tal manera que se pueda reanudar y restaurar su operación frente a la ocurrencia de emergencias catastróficas en coordinación con el jefe de emergencias y/o el Comité de Emergencias. Vigilar y evaluar de acuerdo con su competencia, las situaciones peligrosas e inseguras que pudieran presentarse en el momento que se materialice una emergencia y establecer las medidas de control. Validar los resultados de la inspección de seguridad de las instalaciones, tramitar ante las áreas respectivas las necesidades planteadas y verificar la aplicación de las recomendaciones en ellas formuladas. Revisar y analizar los informes de control de emergencias presentados por el Jefe de la Brigada, ejecutar las acciones o recomendaciones que se desprendan del mismo según su competencia y emitir las observaciones que considere pertinentes.

6PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N°. - "da 2022 ( 03 P, ¿o

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emitir las observaciones que considere pertinentes.

6PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N°. - "da 2022 ( 03 P, ¿o

22 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación"

3. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIONES Elaborar los lineamientos institucionales del procedimiento a seguir frente a las comunicaciones con los medios de comunicación, organismos de socorro y opinión pública durante y posterior a la emergencia.

Socializar los lineamientos de comunicaciones al Comité de Emergencias. Informar a los servidores sobre el protocolo establecido por la Entidad, la información sobre los eventos ocurridos y simulacros programados y realizados. Elaborar y presentar los informes de prensa, teniendo en cuenta las directrices del Comité de Emergencias, así como, los protocolos institucionales. Asesorar al jefe de emergencias sobre el contenido de la información que deba presentarse a los medios internos y externos. Revisar y analizar los informes de control de emergencias presentados por el Jefe de la Brigada, ejecutar las acciones o recomendaciones que se desprendan del mismo según su competencia y emitir las observaciones que considere pertinentes.

4. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Diseñar los protocolos de seguridad de orden público teniendo en cuenta la normatividad legal vigente, así como los riesgos a los que están expuestos los colaboradores de la Entidad en la realización de sus actividades.

Realizar las acciones necesarias para garantizar las condiciones de vigilancia y seguridad de los funcionarios y de las instalaciones de la PGN, durante la ocurrencia de la emergencia o

realización de sus actividades. Realizar las acciones necesarias para garantizar las condiciones de vigilancia y seguridad de los funcionarios y de las instalaciones de la PGN, durante la ocurrencia de la emergencia o simulacro, de acuerdo con los protocolos establecidos y la normatividad vigente aplicable. Garantizar la seguridad de las instalaciones y sus bienes en caso de evacuación por parte del personal. Vigilar que durante la situación de emergencia y posterior a ella no ingrese personal ajeno a la Entidad o a los miembros de socorro. Vigilar y evaluar de acuerdo con su competencia, las situaciones peligrosas e inseguras que pudieran presentarse en el momento que se materialice una emergencia y establecer las medidas de control. fi Habilitar la apertura de las salidas de emergencia, desactivar torniquetes y despejar las salidas de emergencia en caso de evacuación. Mantener permanente comunicación con el jefe de emergencias y el Coordinador de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo. Apoyar el ingreso a la Entidad y a la normalidad después de ocurrida la emergencia. 7PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN N°. 2 7 5 - -de:2022 ( 03 AGO 2022 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" i) Coordinar la instalación del área de concentración de víctimas de acuerdo con la magnitud de la emergencia.

5. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN BIENESTAR Y SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Verificar la asistencia de los integrantes a las reuniones programadas.

emergencia.

5. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE GESTIÓN BIENESTAR Y SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Verificar la asistencia de los integrantes a las reuniones programadas.

Elaborar y someter a aprobación el acta de cada reunión. Llevar el archivo de las actividades desarrolladas por el Comité de Emergencias. Convocar al Comité de Emergencias a las reuniones ordinarias y extraordinarias Realizar el seguimiento a la entrega de los informes solicitados a las dependencias o áreas de gestión de la Entidad, ordenados por el Domité de Emergencias. O Atender la voz de alarma, indagar acerca de la veracidad de la emergencia, evaluar su magnitud y confirmar o descartar la emergencia e informar al jefe de emergencias con el apoyo del Jefe de Brigada. Coordinar con el apoyo del jefe de la Brigada de Emergencias el proceso de evacuación de acuerdo con lo establecido en el Plan de emergencias y los lineamientos del jefe de emergencia de acuerdo con la magnitud del evento. Mantener comunicación permanente con el jefe de emergencias, el jefe de la brigada, el jefe' de seguridad, los brigadistas de cada área y los organismos de socorro. Coordinar que el jefe de la Brigada de Emergencias contacte las diferentes entidades externas de apoyo de la emergencia (Cruz Roja, Defensa Civil, Secretaría de Salud, Bomberos, Servicio de área protegida, entre otros) de acuerdo con la información presentada por el citado jefe y los lineamientos del jefe de emergencias. Revisar juntamente con el jefe de la Brigada de Emergencias los resultados de la evaluación del evento, adelantar las observaciones pertinentes y proponer a los miembros del Comité las acciones correctivas o de mejora a que haya lugar.

lineamientos del jefe de emergencias. Revisar juntamente con el jefe de la Brigada de Emergencias los resultados de la evaluación del evento, adelantar las observaciones pertinentes y proponer a los miembros del Comité las acciones correctivas o de mejora a que haya lugar. k) Coordinar junto con el jefe de brigada el retorno a la normalidad o el retiro definitivo del personal del punto de encuentro, teniendo en cuenta la evaluación de la situación y magnitud del evento y las directrices del jefe de emergencias.

6. FUNCIONES DEL JEFE DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS Socializar con los miembros del Comité de Emergencias el Reglamento de la Brigada de Emergencias, así como los procedimientos y protocolos correspondientes.

Realizar el consolidado de los informes de simulacros que se realizan en las diferentes sedes de la Entidad como insumo para el informe del Comité de Emergencias. 8PROCURADURIA GENERAL DE LA RACION RESOLUCIÓN N°. 2 7 5 - -de 2022 ( 03 AGO 20 22 ) "Por medio de la cual se conforma el Comité de Emergencias en el Nivel Central, y en las Procuradurías Regionales y Provinciales de la Procuraduría General de la Nación" Mantener comunicación permanente con la Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo y con los miembros del Comité de Emergencias según el caso. Adelantar juntamente con los brigadistas la evaluación del evento y presentar a consideración de la Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo las acciones correctivas o de mejora a que haya lugar. Contactar bajo los lineamientos del jefe de emergencias y la Coordinación del Grupo de Gestión

la Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo las acciones correctivas o de mejora a que haya lugar. Contactar bajo los lineamientos del jefe de emergencias y la Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo a las diferentes entidades externas de apoyo de la emergencia que se susciten en el nivel central (Cruz Roja, Defensa Civil, Secretaría de Salud, Bomberos, Servicio de área protegida, entre otros). Recibir a los cuerpos de socorro externos en el PMU, rindiéndoles informe acerca del estado de la emergencia, atendiendo los lineamientos del jefe de emergencias y la Coordinación del Grupo de Gestión Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo.

PARÁGRAFO: El jefe de la Brigada de Emergencias es el encargado de coordinar la atención y respuesta ante emergencias de primeros auxilios, control de incendios o evacuación. Para los casos relevantes se acogerá a los lineamientos del jefe de emergencias.

7. FUNCIONES DEL PROCURADOR REGIONAL Y/0 PROVINCIAL.

Formular e implementar un plan integral para mantener la prestación del servicio de la sede a cargo, de tal manera que se pueda reanudar y restaurar su operación frente a la ocurrencia de emergencias, según lineamientos del jefe de emergencias y/o el Comité de Emergencias, de acuerdo con la magnitud del evento. Vigilar y evaluar de acuerdo con su competencia, las situaciones peligrosas e inseguras que pudieran presentarse en el momento que se materialice una emergencia, gestionar y establecer las medidas de control. Revisar, analizar los informes de control de emergencias presentados por la Brigada de Emergencias y tramitar las acciones o recomendaciones que se desprendan del mismo ante las

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