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PGN - Memorando 42 de 2025

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Memorando 42 de 2025
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2025

JULIÁN FER ÁNDEZ

Secretario G eral

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN .

COLOMBIA SECRETARÍA GENERAL r, MEMORANDO N.° v de 2025

DE: SECRETARÍA GENERAL

PARA:

ASUNTO: FECHA: FUNCIONARIOS, PRACTICANTES, AUXILIARES JURÍDICOS ADHONOREM DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

ACLARACIÓN LINEAMIENTOS SOBRE DERECHO A

COMPENSATORIOS POR VIGILANCIA Y CONTROL ELECTORAL 25 NOV 2025

Estimados servidores, A través del Memorando 040 de 24 de noviembre de 2025, se dio alcance a los lineamientos relacionados con los compensatorios adquiridos por los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación que ejercen labores de vigilancia y control electoral, teniendo en cuenta algunos interrogantes que se han presentado por parte de los servidores que ejercen la referida labor y los jefes de dependencia. En dicho memorando se precisó que los compensatorios por realizar vigilancia o control electoral, no tendrán restricciones para su disfrute, aun cuando sean consecutivos a puentes festivos, semana santa, vacaciones u otros compensatorios que no sean generados por haber laborado durante la jornada electoral o los escrutinios. También se indicó que, el jefe de la dependencia deberá garantizar que, en el transcurso de las ausencias, el despacho a su cargo contará con el número de servidores necesario para la óptima prestación del servicio y el adecuado funcionamiento de la dependencia, y evitar que se causen traumatismos. De tal forma se aclara el Memorando No. 040 del 24 de noviembre de 2025, en el

servidores necesario para la óptima prestación del servicio y el adecuado funcionamiento de la dependencia, y evitar que se causen traumatismos. De tal forma se aclara el Memorando No. 040 del 24 de noviembre de 2025, en el sentido de precisar que, los funcionarios tienen derecho a solicitar y que se le autoricen diferentes tipos de permisos remunerados y compensatorios, sin embargo, estos se deben conceder por parte del jefe de la dependencia atendiendo a las necesidades propias del servicio y a los deberes aplicables a todos los servidores públicos, en los términos del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario. Cordialmente, Aprobó: Osman Delgado Rueda - Asesor— Secretaría General Proyec(ó: Jaime Andrés Becerra Maya — Asesor— Secretaría G eral 1 5 2P1 Secretaría General. Carrera 5 # 15-80, Bogotá D.0 1 PBX: 601) 58787501 www.procuraduria.gov.co

Proceso: Documental1 Código: DO-F-281 Versión: 41 Fecha: 24/10/2025

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