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PGN - Memorando 5856 de 2020

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Memorando 5856 de 2020
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

S E C (cid:0) E T A (cid:0) (cid:1) A (cid:2) E N E (cid:0) A R Bogotá, D.C., 27 de agosto de 2020

Consecutivo No.: 1110030000000 - I-2020-005856

PARA: TODOS LOS SERVIDORES

DE: SECRETARIO GENERAL

ASUNTO: CONDICIONES TÉCNICAS Y OPERATIVAS PARA DESCUENTOS

POR NÓMINA Y TRÁMITE DE LIBRANZAS 2020-2021.

FECHA: 27 de agosto de 2020

Atentamente me permito comunicar las Condiciones Técnicas y Operativas para los Descuentos por Nómina y Trámite de Libranzas, actualizadas a partir de la fecha, (Anexo) donde se establecen los compromisos y procedimientos para el trámite de libranzas con las diferentes Entidades Operadoras de Libranzas - EOL. Igualmente reiteramos a los servidores de la PGN, usuarios de esta modalidad financiera, el cumplimiento del Procedimiento: Trámite de Libranzas y Descuentos por Nómina, publicado en la página web de la entidad: Proceso Gestión del Talento Humano, Subproceso Compensación, en el siguiente link. https://www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/modulo_calidad/mapa_proceso// 1115_P RO-GH-CO-012.pdf Además, se recomienda: • La PGN no tiene suscrito ningún convenio con entidades financieras para el otorgamiento de créditos a los servidores, solo se asignan códigos de descuentos y se aprueban las libranzas. Todas las novedades las reportan directamente las EOL al sistema de nómina. • Antes de gestionar cualquier crédito con las EOL, los funcionarios deben conocer

las condiciones pactadas en su crédito y tener claro que la PGN, NO es responsable solidario de pagos, ni de aprobación de condiciones crediticias. • En igual sentido si el funcionario tiene algún reclamo con la EOL, con respecto a su libranza, lo debe hacer directamente a la entidad financiera. • Cuando por cualquier circunstancia, no se realice un descuento por nómina, es responsabilidad exclusiva del funcionario, verificar en su desprendible de nómina y efectuar el pago correspondiente en la EOL. • Cuando el funcionario haya tramitado una compra de cartera debe solicitar su paz y salvo, presentarlo al Grupo de Nómina y con copia al Grupo CAS, como lo establece el Procedimiento de Trámite de Libranzas. • Toda libranza y su aprobación se tramita entre la EOL y el CAS. No se reciben ni entregan a ningún funcionario. JOSÉ ALIRIO SALINAS BUSTOS SECRETARIO GENERAL Proyectó: Diego Mesa Galvis – Asesor de la División de Gestión Humana.

Revisó: Tania Marcela Cuervo PamplonaCoordinadora Grupo CAS.

Aprobó: Carlos William Rodríguez Millán – Jefe División de Gestión Humana.

SECRETARÍA GENERAL, Carrera 5 No. 15 - 80 BOGOTÁ D.C., (571) 5878750 Ext: 10703

Email: quejas@procuraduria.gov.co, www.procuraduria.gov.co )etnemadinifedni odiláV(

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