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PGN - Memorando 9 de 2023

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - Memorando 9 de 2023
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2023

PROCURADURIA (cid:9) 01 AGO 2023

GENERAL DE LA NACKIN

MEMORANDO No. O o 9

DE:(cid:9) SECRETARÍA GENERAL

PARA:(cid:9) SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

ASUNTO: BENEFICIO DE DESCANSO COMPENSADO SEMANA DE RECESO

ESTUDIANTIL - CONDICIONES PARA EL USO Y DISFRUTE VIGENCIA 2023.

(cid:9) FECHA:(cid:9) .1 2023

Apreciados servidores: En el marco de la Política de Salario Emocional de la Procuraduría General de la Nación establecida mediante Resolución No. 210 de 2023, y en cumplimiento de la Resolución No. 264 de 2022 cuyo beneficio es el descanso compensado de dos (2) días laborables para ser disfrutados durante la semana de receso estudiantil', el presente memorando define las condiciones aplicables para el uso y disfrute del mismo durante la vigencia 2023, de la siguiente

manera:

ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA HACER USO DEL BENEFICIO.

El beneficio establecido aplica para los servidores que cumplan con los requisitos del artículo segundo de la Resolución No. 264 de 2022, que tengan hijos que se encuentren cursando educación preescolar, básica y media, y quienes de conformidad con el Decreto 1373 de 2007 del Ministerio de Educación Nacional, disfrutarán de la semana de receso estudiantil, para lo cual deberán acreditar ante el jefe inmediato o superior jerárquico el cumplimiento de dichos requisitos. La documentación soporte que se allegue para la citada acreditación reposará

exclusivamente en cada una de las dependencias.

PERIODO Y TIEMPO DE COMPENSACIÓN.

Sólo podrán tomar dicho beneficio quienes cumplan con la compensación de dieciséis (16) horas, correspondiente a una (1) hora diaria adicional a la jornada laboral, entre el 1° de septiembre y el 4 de octubre de 2023, inclusive, en los horarios que a continuación se disponen: JORNADA MAÑANA JORNADA TARDE HORARIO MIXTO De 6:30 a.m. a 7:00 a.m. y de 4:00 p.m. De 6:00 a.m. a 7:00 a.m. De 4:00 p.m. a 5:00 p.m. a 4:30 p.m. De 7:00 a.m. a 7:30 a.m. y de 4:30 p.m. De 6:30 a.m. a 7:30 a.m. De 4:30 p.m. a 5:30 p.m. a 5:00 p.m. De 7:30 a.m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p.m. De 7:00 a.m. a 8:00 a.m. De 5:00 p.m. a 6:00 p.m. a 5:30 p.m. De 8:30 a.m. a 9:00 a.m. y de 6:00 p.m. De 8:00 a.m. a 9:00 a.m. 6:00 p.m. a 7:00 p.m. a 6:30 p.m. 1 La cual corresponde a los cinco (5) días hábiles de la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América, para cada vigencia, según lo establecido en el Decreto 1373 del 2007.

Para la Vigencia 2023 esta semana se encuentra comprendida entre el 9 y el 13 de octubre. 1 2023

PROCURADURIA (cid:9) U 1 r-j

GEERAL DE LA NOM

0 9 0

MEMORANDO No.

Los funcionarios que, con ocasión a variaciones, previamente aprobadas, en su jornada laboral, como permisos por lactancia, estudio o tratamientos médicos, no les sea posible compensar en los horarios establecidos, excepcionalmente, podrán acordar con su jefe inmediato un horario diferente, el cual no podrá superar las (2) dos horas diarias, con el fin de compensar las dieciséis (16) horas, dentro de las fechas antes citadas. Para ello, el jefe inmediato deberá indicar el horario acordado con el servidor. No se autoriza bajo ningún argumento, compensar en el horario destinado para el almuerzo, como tampoco los fines de semana o festivos.

III. TURNOS PROGRAMADOS PARA EL DISFRUTE DEL DESCANSO COMPENSADO.

Primer turno: los días 9 y 10 de octubre.

Segundo turno: los días 10 y 11 de octubre.

Tercer turno: los días 11 y 12 de octubre.

Cuarto turno: los días 12 y 13 de octubre.

Los días de disfrute del beneficio deben ser considerados y aprobados por cada jefe de dependencia, quien a su vez deberá organizar el grupo de trabajo con el fin de garantizar y no afectar la prestación del servicio.

IV.(cid:9) CONDICIONES Y RESTRICCIONES PARA EL USO DEL BENEFICIO.

La División de Gestión Humana no dará trámite a los formatos extemporáneos o aquellos que se reciban de manera ilegible, sin firma, o incompletos, por lo que se les solicita verificar

la legibilidad y calidad del documento y su cargue antes del envío, con el fin de agilizar la recepción y compilación de la información. Por dependencia se deberá diligenciar el archivo Excel adjunto "Reporte de turnos y horario - Beneficio de Descanso Compensado Semana de Receso Estudiantil 2023" y remitirlo debidamente diligenciado y firmado, en versión PDF legible, a más tardar el 18 de agosto del 2023 en el siguiente formulario de Forms https://forms.office.com/r/7dt7FTQXuT En caso de que el jefe de dependencia se acoja al beneficio deberá indicar dentro del formato, si es necesario encargar durante su ausencia a otro servidor, de ser así, postulará al funcionario correspondiente de acuerdo con el turno por él escogido, quien debe cumplir con los requisitos para el cargo y no tener programado para las mismas fechas vacaciones, turno compensatorio u otras situaciones que le impidan el ejercicio del cargo. Para el seguimiento y control del cumplimiento de los horarios de compensación se mantendrá el registro diario de ingresos y salidas por medio del formato Excel anexo, "Planilla Ingreso y Salida 2023" dispuesto para este fin por parte de la Secretaría General. Culminada la compensación, por dependencia deberán diligenciar el formato Excel "Certificación de cumplimiento de compensación semana de receso estudiantil 2023" el cual debe contar con la firma del jefe inmediato de cada dependencia acreditando el cumplimiento de los servidores a su cargo que se acogieron al beneficio y de él mismo si también compensó (un formato de certificación por dependencia), el cual será remitido a más tardar el 6 de octubre de 2023, por medio del siguiente formulario de Forms:

https://forms.office.com/r/EYWdszN8n 2

PROCURADURIA (cid:9) u 1 AG2023

GENERAL DE LA NACION

MEMORANDO No. 0 0 9

Las Procuradurías Judiciales deben remitir los formatos consolidados con su delegada. No se recibirán de manera individual. Con el fin de no afectar la prestación del servicio, no podrán autorizarse permisos o compensatorios adicionales, para antes o después de los turnos concedidos, salvo citas médicas. La ausencia por uso del beneficio de permiso compensado deberá ser registrada por el servidor a través del Sistema de Ingresos, Salidas, Ausencias y Permisos — INSAP, como un compensatorio, adjuntando como soporte el "Certificado de compensación" firmado por el jefe inmediato. Cordialmente, CARLOS AL(cid:9) ASTELLANOS ARAÚJO Secre ario General Anexos: 1. Reporte de turnos y horario (1) folio Planilla de ingresos y salidas (1) folio Certificación de compensación semana de receso estudiantil 2023(1) folio. Enlace para el registro de los servidores que se acogen al beneficio: https://forms.office.com/r/7dt7FTQXuT Enlace para el registro del cumplimiento de la compensación: https://forrns.officeicom/r/EYWiniszN8n Proyectó: Hicsa Lorena Ríos MartaProfesional — División de Gestión Humana Laura Daniela Martínez Amador — Sustanciador - División de Geátión Humana fr'd.- Revisó: Jaime Andrés Becerra Maya - Asesor - Secretaría General Aprobó: Carlos William Rodríguez Millán - Jefe División de Gestión Humana 3

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