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PGN - MEMORANDO DESCUENTO POR NOMINA - Marco general para libranzas y ajustes en el siaf

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - MEMORANDO DESCUENTO POR NOMINA - Marco general para libranzas y ajustes en el siaf
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACIÓN Secretaría General MEMORANDO No. 90 423 '

PARA: FUNCIONARIOS PGN

ENTIDADES CON CODIGO AUTORIZADOS PARA

LIBRANZAS Y DESCUENTOS POR NOMINA

DE: SECRETARIA GENERAL

ASUNTO: INFORMACIÓN RELACIONADA CON LIBRANZAS Y

DESCUENTOS POR NOMINA FECHA: 23 ENE 2015

De acuerdo con la Ley 1527 de 2012 por la cual se reglamentó el marco general para las libranzas y descuentos directos; me permito informar que a partir del mes de febrero del año en curso la Procuraduría General de la Nación en cumplimiento de la norma antes dispuso los siguientes ajustes en el Sistema de Información Administrativo y citada Financiero SIAF en los módulos de Recursos Humanos, así: TL El reporte de capacidad de endeudamiento será generado de acuerdo a la situación administrativa en la que se encuentre el funcionario al momento de su expedición, es decir, se tendrán en cuenta los encargos y comisiones de libre nombramiento, indicando en el reporte el término de duración de la situación respectiva, quedando como potestad de las entidades financieras el riesgo que se pueda generar frente a esa situación. La protección al salario a partir de la fecha se adecúo a los lineamientos de la Ley 1527 de 2012 que dispone: salario - descuentos de ley (Seguridad Social, Retención en la Fuente y Embargos) / 2, teniendo en cuenta la situación administrativa vigente del funcionario al momento de hacer la liquidación. En relación con los descuentos efectuados en el periodo en el cual se liquiden las

vacaciones, cabe recordar que si el disfrute de las mismas comprende dos meses posteriores a la liquidación, se descontará el valor correspondiente a tres cuotas, siempre y cuando el monto recibido lo permita, advirtiendo que de no generarse el respectivo descuento será obligación del funcionario realizar los respectivos pagos, mes a mes de las cuotas no descontadas, ante la entidad correspondiente conforme se obligó al suscribir la libranza o descuentos por nómina; allegando copia de los comprobantes de pago al Grupo de Nómina para los fines pertinentes. En los eventos de compra y / o pago de cartera es responsabilidad del funcionario allegar al Grupo de Nómina los respectivos paz y salvos para actualizar la información de los descuentos a realizar; de igual forma, el funcionario debe allegar al Grupo de Nómina las órdenes de desembargo expedidas por los diferentes Despachos Judiciales. Cordialmente,

MARÍA LORENA CUELLAR CRUZ

Secretaria General

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