PGN - MEMORANDO PARQUEADEROS TORRE A SEDE CENTRAL - Reglas para su uso
Detalles
- Título
- PGN - MEMORANDO PARQUEADEROS TORRE A SEDE CENTRAL - Reglas para su uso
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
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MEMORANDO 'N.::::' O39 Jle2. 013I
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DE: SECRETARíA GENERAL PARA: FUNCIONARIOS PROCURADURíA GENERAL DE LA NACiÓN ASUNTO: REGLAS PARA EL USO DE LOS PARQUEADEROS UBICADOS EN LA
TORRE A DE LA SEDE CENTRAL ;
, 11 OCT
FECHA: BOGOTÁ, OCTUBRE DE 2013 2013
La Secretaria General,' a través de la División Administrativa, en asocio con la Administración del Edificio Copropiedad Procuraduría General de la Nación, establece las normas para el buen uso del parqueadero ubicado en la Sede Central de la Procuraduría General de la Nación. La Administración del Edificio, en coordinación con la División de Seguridad, será la encargada del control de ingreso y salida de los vehículos, tanto de funcionarios, propietarios o visitantes y del cumplimiento estricto de las normas establecidas para el uso de parqueaderos. i - Lautilización de los parqueaderosestarásujetaa lassiguientesreglas: 1. I
1. GENERALIDADES PARA EL l,JSODEL PARQUE~DERO
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1. Los vehículos automotores deben entrar, circular y salir dei Edificio a una velocidad I1 máxima.de diez (10) kilómetros por hora (Km/h), manteniendo las luces encendidas. Sus conductores deben abstenerse de pitar o hacer uso de sirenas dentro del Edificio. Siempre 11 tendrá prelación para estacionarelvehículoque hayaentrado primeroo vaya subiendo para' salir. I
2. Ningún propietario o usuariopuede estacionar su vehículo fuera de las líneas que
demarcan el respectivo espacio o área asignadapara parqueo, niparquear en lugar distinto al asignado. Debidoa los cortos espacios, se deben extremar los cuidados al momento de parquear con el fin de evitar golpes y daños a vehículos vecinos y a la estructura física del Edificio. I 0,39
.MEMORANDON" 4.~2¿13,
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3. Esta estrictamente prohibido hacer reparaciones a los vehículos en los sitios de parqueo, fuera de las absolutamente necesarias para retirar el vehículo y llevarlo a reparacióndefinitiva a otro sitio.
4. Los usuariosdeben dejar losvehículoscerradoscontodas las medidasy dispositivos de seguridad que .dispongan,a fin de preservarlos de robos o daños. Ni la Administración del Edificio ni la Procuraduría General de la Nación se harán responsables por objetos, repuestos, joyas y demás elementos dejados en los vehículos, así como por los daños ocurridos al vehículo.
5. Queda expresamente prohibido el almacenamiento de vehículos de combustible, materiales inflamables o corrosivos, explosivos o aquellos que de alguna manera representen riesgo para los usuarios y funcionarios. En caso de accidente por infracción a esta norma el propietario del vehículo será responsable por los daños causados, civil y penalmente.
6. En el evento que al propietario de un vehículo le sea avisado que el mismo está filtrando aceite o gasolina o cualquier otro líquido, deberá proceder a efectuar las. reparaciones en forma inmediata y será responsable de todo perjuicio que tal situación ocasione,teniendo además laobligaciónde limpiareláreá afectada.
7. Cualquier daño causado por el usuario a cualquiera de los vehículos debe ser reportado inmediatamente a laAdministracióny, ésta,según lascircunstancias, considerará si debe avisar a las autoridades competentes. La administración, los miembros de la Compañía de Vigilancia contratada o los funcionarios de la División de Seguridad, elaborarán un informeen elque consten lascircunstanciasenquese presentó elsuceso.
8. Elusuario quecambie elvehículodebe informaroportunamente a laAdministración y a la DivisiónAdministrativa, paraque se procedaa laactualizacióndel registro.
9. El personal de vigilancia no permitirá la obstaculización de la entrada vehicular al Edificio con el parqueo de taxis, buses, busetas, camiones, o cualquier otro tipo de vehículos.
10. Queda terminantemente prohibido lavar, enjuagar, reparar (con excepción de lo establecido en el numeral 3°) y/o aspirar carros, motos y bicicletas en los parqueaderos y zonas decirculación. .
11. Esdeber decada unode los usuariosmantenerdebidamente calibrada lasalarmas. :ó, t
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12. Para la entrega y retiro del vehículo es indispensable presentar la respectiva tarjeta de control.
13. El uso del parqueadero será exclusivo del usuario beneficiado con el permiso de parqueo. /~ 14. La Administración, a través del equipo de vigilancia, realizará diariamente un 1-- inventario de losvehículos que allíseencuentren.
15. Si el usuario del parqueaderodejasuvehículopernoctandoenlas instalaciones de lá entidad, deberá dar aviso de este hecho tanto a la Administración del Edificio como a la
División Administrativa.
11. HORARIOS DE SERVICIO DE PARQUEADERO
16. El horario de servicio delparqueaderoes elsiguiente: Lunes a Viernes: 7:00A.M.a 10:00P.M.
Sábados: 7:00A.M.a7:00 P.M.
Domingos y festivos: Nohayservicio En caso de que, por necesidades del servicio, un usuario necesite el cambio de horario establecido, deberá solicitarlo a la División Administrativa, quien informará a la
Administración del Edificio,previaautorizaciónde la Divisiónde Seguridad.
111. SORTEO DE ESPACIOS DE PARQUEADERO
17. Dada la restricción de espacios y la limitación en el número de parqueaderos disponibles, se realizará un sorteotrimestralparalosperiodosde cadaaño,así: Primerperiodo: del 01/01 al30/03
Segundo periodo: del 01/04al30/06 ! ' Tercer periodo: del 01/07al30/09
Cuarto periodo: del01/10 al31/12
Los espacios sorteados se encuentran ubicados en la zona denominada "pool" en el segundo sótano.
18. El sorteo de los cupos para funcionarios de la Procuraduría General de la Nación, será realizado por la División Administrativa, Incluyendo todas las solicitudes allegadas, mediante unproceso de selección aleatoriosistematizado. El resultadode dicho sorteo será •" , o: 39 •.. I MEMORANDO~ c¡t;2~13 ( ) informado a través de correo electrónico por la misma División y se solicitará la información del vehículo o vehículos autorizados para el ingreso.
19. Por ser un espacio comunal, los vehículos allí parqueados deben quedar desengranados (En cambio neutro y sin freno de mano), con el fin de ser movidos (de ser necesario) por el personal de vigilancia y permitir así, la debida locomoción de los demás usuarios favorecidos.
20. En caso de ser favorecido y sí, por algún motivo, el funcionario no hiciera uso del beneficio, deberá informarlo a la División Administrativa, que sorteará nuevamente el espacio.
21. Para las motocicletas existe un total de treinta (30) espacios de parqueo, de los cuales podrán hacer uso quienes hayan sido aprobados previamente por la Administración del Edificio y la División Administrativa. En caso de que se encuentren más cupos aprobados de los existentes, tendrán prelación por orden de llegada, es decir, podrán utilizar los parqueaderos las primeras treinta (30) motocicletas que lleguen a laborar.
22. Es responsabilidad de cada usuario del parqueadero de motociclistas y bicicletas tener la debida precaución con los cascos y demás aditamentos necesarios para su conducción. Ni la Administración del Edificio ni la Procuraduría General de la Nación se harán responsables por objetos, repuestos, joyas y demás elementos dejados en los vehículos, así como por los daños ocurridos al vehículo o con el mismo.
23. Los miembros de la Compañía de Vigilancia contratada y/o los funcionarios de la División de Seguridad, realizarán un protocolo de revisión de todos y cada uno de. los vehículos que ingresan a las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación.
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24. El incumplimiento de las'ieglas enu~ciádas, irhpliéará la'revocaioria del permiso para el uso del parqueadero y la realización de un nuevo sorteo sobre el mismo.
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.MARíA LORENA CUELLAR CRUZ
Secretaria General (E)
Proyectaron: Liliana Andrea Cardenas
Sebast¡an Zuluaga Vargas
Revisó: Cristina Carnacha Gandini