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PGN - MEMORANDO VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO - Competencia de las procuradurías judiciale

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - MEMORANDO VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO - Competencia de las procuradurías judiciale
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

1-------- !':! .. ( PRocuRADUllIA nw' ~.RERAl tlAClON º a 4

,MEMORANDO N°

DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACiÓN

PARA: COORDINADORES DE PROCURADORES JUDICIALES I Y !I

PENALES / APOYO A VíCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO

ASUNTO: COMPETENCiA DE LAS PROCURADURíAS JUDICIALES I Y 11

PENALES / .APOYO A VíCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN

LAS ÁREAS,' METROPOLITANAS Y EN LOS TURNOS DE

DISPONIBILIDAD FECHA: De conformidad con las previsiones del 277,7 de la Constitución Política, el artículo 36 del Decreto Ley 262 de 2000 y su desarrollo en los artículos '16 y 29 de la Resolución número 017 de 4 de marzo de 2000, la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales expidió la Resolución No, 0004 del 6 de enero de 2012, mediante la cual se adoptaron decisiones en relación con los turnos de Disponibilidad General y para atender las diligencias de Allanamiento y Registro de que trata el articulo 225 de la ley 906 de 2004, modificado por el artículo 50 de la iey 1453 de 2011" con el propósito de garantizar la presencia del Ministerio Público en las actuaciones en que sea necesario; también mediante Resolución No. 144 del 16 de julio de 2013 se aclaró la competencia de los Procuradores Judiciales I Penales en estas diligencias.

Que se hace necesario interpretar las citadas resoluciones, aclarando que la competencia en, los turnos para allanamientos y registros de los Procuradores Judiciales I y II

Penales/Apoyo a Víctimas del Conflicto Armado, incluye, además del Municipio o Distritó sede de la respectiva Procuraduría, los municipios que conforman el área metropolitana respectiva, específicamente las de Barranquílla, Bucaramanga, Centro Occidente, Cúcuta, Santa Marta, Valle de Aburrá, Valledupar, y las que sean creadas con posterioridad de conformidad con las previsiOnes de la Ley 1625 de 2013. Despacho Procurador Genera" de laNación __cra.~~_~03?:?º)B.X:5.87~?,5_Q~it.12.Zº?:fu..x12.79._º_ ,minpublico@procufai:luria.gov,coo,¡ji- --Bogotá ~,' =;;.l .-.¥~&••••••••• I&'lM>1lIDim¡m;Ti:: .~~~.:;.;.:-. { PROCURADURIl);:r;" .' aw.DEUIllClDN:'c . . De igual manera, se debe aclarar que deGonf6i-fljldkcjGOnlaS previsiOnes de la Resolución . - _.,,"; ,'.~_~...,~-i:,~>~';"-_-:j._,>-;. -~,.. '- ...., - No. 0004 del 6 de enero de 2012, los turnos dedisi::fcinibilidad general relevan la función de intervención que durante la jornada labor~í'd'~be~;¿Gmplir los Procuradores, salvo que corresponda a üna agencia especial, yqueía'~oíi2itud' de apoyo o intervención para

diligencias o comisiones puede provenir de un PrOcurador Delegado o judicial, de un funcionario de Policía judicial o de un DelegadO de laFiscalía General de la Nación. --=~==""'S••_;• --- -' ~ . ALEJ ORO OROONEZ MALOONAOO . ocurador General de la Nación DespachoProcuradorGeneraldela:Nación . era. 5~No. 15,80.PBX-58787S0Ext.12}QHaxl2790 :ce;."-' ..... ..... ~".c;:;'jñRu'b¡i~0toi~~ut;t~Tialiov i

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