PGN - OFICIO - Aplicación de la resolución 83 de marzo de 2007
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - OFICIO - Aplicación de la resolución 83 de marzo de 2007
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2007
DIVISION DE GESTION HUMANA
Bogotá, D. C., 26 de octubre de 2007 Doctora
PIEDAD MEJIA RODRIGUEZ
DIVISION DE DOCUMENTACION Presente Asunto: Aplicación Resolución No. 083 del 30 de marzo de 2007 Toda vez que se han presentado dificultades para generar los listados de servidores que presentan retardos y/o ausencias de acuerdo con los sistemas electrónicos de control de acceso, como insumo para la aplicación de la Resolución No. 083 de 2007, relacionada con el "descuento de salarios por retardos y ausencias injustificados de los servidores públicos de la entidad", nos vemos precisados a ajustar el procedimiento del reporte que deben efectuar los jefes de las distintas dependencias del nivel central de la entidad. En consecuencia, a partir de la fecha, deberá procederse en los siguientes términos: Dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes, a partir de los datos del control documental de entradas y salidas -v.g. planillas o libros de registro-, y previamente agotado el procedimiento de requerimiento a los funcionarios afectados según la resolución en comento, deberá remitirse a la División de Gestión Humana, el "Recorte de los funcionarios que presenten retardos y/o ausencias injustificados dentro del mes inmediatamente anterior con indicación precisa del tiempo no laborado por los respectivos servidores". Dicho reporte será el soporte único de los respectivos descuentos de nómina. Es de señalar que el funcionario legitimado para calificar la justificación de las ausencias y/o retardos de los servidores a su cargo, es el Coordinador o Jefe de la
oficina o dependencia de la entidad. Finalmente se reitera que las planillas o libros de registro de entradas y salidas, así como los documentos soportes de los requerimientos de explicaciones, justificaciones y medios de prueba acreditados frente a las ausencias y/o retardos, deberán permanecer en la respectiva dependencia. Atentamente,
MARTHA JULIETA TOVAR CARDONA
Jefe División Gestión Humana (E)
SIAF 195907
Proyectó Tulio Ancizar Cardona S, 3PU.18 (E) División de Gestión Humana, Ext.: 10601, 10616, 10620, 10627 Carrera 5 Nº 15-80, piso 6, Pbx: 3360011 y 3520066