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PGN - PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Se debe categorizar el territorio de su jurisdicción

Procuraduría General de la Nación

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Título
PGN - PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Se debe categorizar el territorio de su jurisdicción
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

ACCIÓN POPULAR-Amparar y proteger los derechos e intereses colectivos por el goce de un ambiente sano ACCIÓN POPULAR-Regulación Constitucional DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS-Protección según regulación legal ACCIÓN POPULAR-Objeto/ACCIÓN POPULAR-Definición según regulación legal Ahora bien, la acción popular de conformidad con la Ley 472 de 1998 es un medio procesal que permite la protección de los derechos e intereses colectivos, por ende con su ejercicio se busca evitar el daño, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos o la restitución de las cosas a su estado anterior cuando fuere posible DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS-Regulación legal ACCIÓN POPULAR-Cuando se demuestra la acción u omisión de las autoridades Consecuente con lo anterior, el Despacho advierte que la acción popular es procedente cuando las partes interesadas demuestran que con la acción u omisión de las autoridades responsables se vulneraron los intereses y derechos colectivos, en este caso por la construcción de la doble calzada de la vía Sincelejo-Toluviejo (debido proceso, el goce a un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales que permitan un ambiente sostenible, la conservación, restauración o sustitución de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica y todo lo relacionado con la preservación y restauración del medio ambiente en los suelos y protección de los cerros de la Sierra Flor ubicada en jurisdicción de Sincelejo).

FUNCIONES-Autoridad Nacional de Licencias Ambientales según regulación legal COMPETENCIA-Expedir la licencia de ejecución de obras que afectan medio ambiente según regulación legal COMPETENCIA-Ministerio de Medio Ambiente expedir la Licencia Ambiental según regulación legal INCLUDEPICTURE 2 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET COMPETENCIA-Autorizar o negar Licencia ambiental de obras o actividades según regulación legal AUTORIDADES AMBIENTALES COMPETENTES-Otorgamiento de licencias

ambientales según regulación legal LICENCIA AMBIENTAL-Definiciones para su expedición según regulación legal LICENCIA AMBIENTAL-Definición según regulación legal LICENCIA AMBIENTAL-Concepto y alcance según regulación legal PROTECCIÓN AMBIENTAL-Determinar norma que prevalece PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL-Concepto según regulación legal PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL-Se debe categorizar el territorio de su jurisdicción De suerte que al tenor de las disposiciones trascrita se advierte que a través del Plan de Ordenamiento Territorial, el municipio debe categorizar el territorio de su jurisdicción,

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 3 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET definiendo objetivos, finalidades, metas, estrategias y normas que permitan su desarrollo físico y la utilización del suelo, y en ese orden regular los aspectos determinantes a tener en cuenta para la conservación y preservación del medio ambiente, el uso y funcionamiento del suelo y las reservas forestales; dentro de las facultades que le otorga está la de señalar y localizar las infraestructuras básicas de la red vial regional terrestre, y la determinación de políticas directrices sobre la prevención de amenazas y riesgos naturales, localizando las áreas de asentamientos humanos, y el manejo de las zonas vulnerables a amenazas y riesgos naturales. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS-Entidades Territoriales autogobierna y autoregula según jurisprudencia de la Corte Constitucional COMPETENCIA AMBIENTAL-Actividad de las autoridades del nivel central y territorial SISTEMA DE RIESGO AMBIENTAL-Principios que la regulan SISTEMA DE RIESGO AMBIENTAL-Definición según regulación legal Por consiguiente, para la Corte la competencia y la actividad de las autoridades del nivel central y el territorial debe ser armónica y para tal los departamentos, distritos y municipios tienen que regular el tema de protección ambiental y tomar las decisiones junto con las corporaciones de autónomas regionales, de conformidad con la

Constitución y la ley. Se resalta también que el artículo 3º de la Ley 1523 de 2012 consagra los principios generales que regulan el riesgo ambiental al que está expuesta la comunidad; y en su

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 4 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET numeral 9º señala que el desastre ambiental deriva de procesos de uso y ocupación

insostenible del territorio, por tanto para su protección y sostenibilidad exige el desarrollo de medidas que contribuyan o eviten su configuración. SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGOS-Son parte las Corporaciones Autónomas Regionales Por otra parte, las Corporaciones Autónomas Regionales son la primera autoridad de protección ambiental a nivel regional y hacen parte del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo y en ese orden, el artículo 31 de la Ley 1523 de 2012 le asigna competencia para que apoyen a las entidades territoriales asesorándolas a través de los estudios requeridos que les permita prever y reducir los riesgos, y además, integrando a los planes de ordenamiento de cuencas, de gestión ambiental y de ordenamiento territorial, … PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD-Apoyo de las Corporaciones Autónomas Regionales a los entes territoriales En este contexto, las Corporaciones Autónomas Regionales deben apoyar al ente territorial atendiendo el principio de solidaridad y coordinación, y en materia ambiental ofrecer la asesoría necesaria para defender el medio ambiente, permitiendo que las funciones asignadas al ente territorial se cumplan a cabalidad cuando no correspondan al ejercicio de funciones administrativas. AUTO DE MEJOR PROVEER-Aplicabilidad jurisprudencial del Consejo de Estado

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 5 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET Ante las dudas surgidas en el tema, esta Delegada respetuosamente someterá a consideración de la H. Sala expedir un auto para mejor proveer, en el que se allegue la nueva experticia técnica que se propone, en aras de esclarecer si se causó o no afectación a los derechos colectivos invocados en la demanda en virtud del proyecto de la doble calzada, por cuanto la definición de esta situación involucra el manejo de componentes técnicos que escapan a la ciencia del derecho. FACULTAD OFICIOSA DE DECRETAR PRUEBAS-Iniciativa del Juez Tanto el actor popular como la entidad accionada habían aportado a ese expediente

varias fotografías, cuyo valor probatorio suscitó una controversia al interior del proceso, con ocasión de la cual el Consejo de Estado precisó que cuando el actor popular “haya desplegado, una actividad importante para dotar al juez de elementos –fotocopias de contratos y fotografías– idóneos para decidir sobre el asunto y tales elementos adolezcan de algunas formalidades legales específicas que impidan su apreciación judicial (…) surge la necesidad de ejercer, ponderada pero activamente, por parte del juez, la iniciativa u oficiosidad probatoria autorizada por el artículo 28 de la Ley 472 de 1998.” FACULTAD PROBATORIA-Es oficiosa para ser ejercida por el juez De acuerdo con lo señalado en aquella oportunidad por el Alto Tribunal, la necesidad de que el juez ejerza su facultad probatoria oficiosa se sustenta (i) en la naturaleza y trascendencia de los derechos cuyo amparo se suplica a través de las acciones populares, es decir los derechos colectivos que interesan a la comunidad en su totalidad y que se encuentran protegidos en la Constitución Política de Colombia, en los tratados internacionales y en la legislación interna; y (ii) en segundo lugar, por la condición de sujeto no cualificado del actor popular en cuanto que puede hacer las veces de tal

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 6 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET cualquier persona dentro del conglomerado social, motivo por el cual no se le exige conocimiento o título jurídico o técnico alguno para proponer la acción ni para actuar en el proceso; en consecuencia, el Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia para, en su lugar, declarar responsable al Municipio de Barrancabermeja por la vulneración a los derechos colectivos al goce del espacio público y a la utilización y defensa de los bienes de uso público. LICENCIA AMBIENTAL-Al otorgarla debe tenerse en cuenta si se trata de una zona de protección Por tal virtud, esta Delegada considera procedente amparar los derechos invocados por

los demandantes, toda vez que ante la afectación ambiental que denuncian existen disparidad de criterios provenientes de dos autoridades ambientales y que tienen competencia para revisar y analizar la problemática planteada en este proceso, sin dejar de lado que el Plan de Ordenamiento Territorial incluyó la zona denominada Sierra Flor como una zona de protección que amerita una valoración especial, que no tuvo en cuenta la Autoridad Ambiental en el momento en que otorgó la licencia ambiental, puesto que no la catalogó en esos términos, independientemente de que el POT constituya una regulación del orden territorial, ya que este es el mecanismo que complementa, planifica económica y socialmente el territorio, atendiendo la autonomía administrativa y política de la que son titulares las entidades territoriales y en ese orden pueden intervenir en los temas que involucran el medio ambiente, su sostenibilidad y prevención.

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 7 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET

PROCURADURÍA SEGUNDA DELEGADA

ANTE EL CONSEJO DE ESTADO

Concepto No. 028 IUS 2018-074457 Bogotá, D.C. 21 de marzo de 2018 Doctor Hernán Sánchez Sánchez Consejero Ponente Sección Primera Consejo de Estado E S. D.

Referencia : Expediente No. 70001233100020150004401

Demandante : Norbey Santiago Romero y otros Demandado : Nación - Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - Agencia Nacional de InfraestructuraMunicipio de Sincelejo - concesionario Autopistas La

Sabana S.A – CARSUCRE.

Medio de control: Acción Popular Asunto : Apelación sentencia

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 8 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET Procede esta Agencia del Ministerio Público dentro de la oportunidad legal, a rendir su concepto en el proceso de la referencia.

1. ANTECEDENTES El demandante Norbey Santiago Romero y otros instauraron acción popular en contra de: la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

(ANLA), la Sociedad (concesionario) Autopistas la Sabana S.A., el municipio de Sincelejo, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), y la Corporación Autónoma Regional de Sucre (CARSUCRE), con el fin de amparar y proteger los derechos e intereses colectivos amenazados como son: al del debido proceso, el goce a un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales que permitan un ambiente sostenible, la conservación, restauración o sustitución de

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 9 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica y todo lo relacionado con la preservación y restauración del medio ambiente en los suelos y protección de los cerros de la sierra Flor de Sincelejo, toda vez que por la construcción

de la autopista de la Sabana, autorizada mediante la Resolución 0588 del 10 de junio de 2014, se está amenazando la zona de sufrir daños irreparables a corto plazo del medio ambiente. Los accionantes solicitaron además: 1). Ordenar a la ANLA que modifique la Resolución 0588 del 10 de junio de 2014, para que no se otorguen licencias ambientales a la zona conformada por el cerro y bosques de protección de la Sierra Flor de Sincelejo.

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 10 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET 2). Ordenar las autoridades ambientales que no concedan más licencias ambientales, autorizaciones o permisos que faciliten la construcción de vías o de mobiliarios urbanos en la reserva forestal “Cerros de la Sierra Flor”, con categoría de suelos de protección. 3). Disponer que en ningún evento se pueden adelantar actividades mineras en la reserva forestal protectora de los cerros y bosques de protección de la “Sierra Flor de Sincelejo” 4). Ordenar al concesionario Vial Autopistas de la Sabana recupere y realice la reforestación del cerro la Sierra Flor de Sincelejo y adelante un plan ambiental que garantice la recuperación total de la zona destruida por el uso de maquinaria y desarrollen un plan ambiental que garantice la fauna que emigró de la zona e impida la erosión de la zona que comprende la vereda el Cielo o Nuevo Panorama.

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 11 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET 5) Que se ordene a los accionados hacer las obras necesarias que impidan la erosión en la zona que comprende la vereda El Cielo o Nuevo Panorama. 6) Que se ordene al municipio de Sincelejo iniciar la restauración de las viviendas resquebrajadas por consecuencia de la erosión en la vereda El Cielo o Nuevo Panorama. Así mismo, que preste el servicio de acueducto con agua potable y arregle y mantenga la vía de acceso a dichas veredas. 1.1. HECHOS Los cerros ubicados en la Sierra Flor de Sincelejo ostenta la categoría de suelos y bosques de protección de conformidad con lo establecido en los numerales 3º y 5º del artículo 21 del Acuerdo 007 de 2000 (POR de Sincelejo).

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 12 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET Los trabajadores de la autopista de la Sabana desde el 22 de septiembre de 2014, vienen adelantado labores de devastación de los suelos y su zona boscosa mediante el uso de maquinaria pesada tipo retroexcavadora, ya que el trazado vial de la construcción de la

segunda calzada Sincelejo Toluviejo está proyectado en una zona montañosa, entre el kilómetro 1+500 y el kilómetro 3 de la vía, que ha destruido más de 2.000 metros cuadros de suelos y, adicionalmente, han establecido el funcionamiento y operación de una cantera donde están haciendo extracción de materia de construcción tipo “balasto”, que incluye también el proyecto vial de la segunda calzada Sampues (Sincelejo). La Cantera, que se encuentra ubicada entre las coordenadas (X: 853.931) (Y: 1.524.317) (Z: 185 m), no tiene ningún título minero a favor de la construcción de la autopista de la Sabana, es decir que la

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 13 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET extracción y aprovechamiento del material es ilegal, según el artículo 159 de la Ley 685 de 2001 y la respuesta que dio la Agencia Nacional de Minería (Regional Antioquia), mediante el oficio 20159020000181 del 6 de enero de 2015, pues el título minero JHT-15451 no tiene licencia ambiental y no existe ninguna solicitud de legalización minera. La Registraduría de Sincelejo certificó el 6 de octubre de 2014, que ninguna autoridad pública había solicitado consulta popular en el municipio de Sincelejo, como requisito previo para pedir el cambio de uso de suelo en este lugar, teniendo en cuenta la construcción de la segunda calzada de Sincelejo Toluviejo y tampoco se modificó el Plan de Ordenamiento Territorial de conformidad con lo previsto por la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios.

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 14 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET La Resolución 0588 de 2014 autorizó la tala de 220 árboles que se encuentran ubicados en el subtramo comprendido entre el kilómetro 1+500 y el kilómetro 3, que corresponde a la zona de la Sierra Flor, que tienen un volumen de 31.45 m3, lo que implica un inminente peligro para los bosques de protección lo que constituye una amenaza o vulneración a los derechos e intereses colectivos del patrimonio ecológico y paisajista. El alcalde Jairo Fernández Quessep, a través del oficio 01001002179 del 12 de abril de 2012, le pidió a Ingeominas revocar el título minero

a Pablo Eduardo Bulla Dueñas, por la explotación de que estaba siendo objeto la zona “El Cantil” y las repercusiones para la reserva forestal del municipio, sin embargo la entidad no respondió; agregó sobre esta explotación que el propietario instauró acción de reparación directa y la Sección Tercera del Consejo de Estado le negó las pretensiones, porque consideró que la zona debe estar

Demandante: Norbey Santiago Romero y otros Demandado: NaciónMinisterio de Medio Ambiente y ANLA IUS 2018-074457 – Acción popular INCLUDEPICTURE 15 "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET INCLUDEPICTURE "http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \

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"http://www.procuraduria.gov.co/imgs/infoinst_idpgnb&n_int.jpg" \ MERGEFORMATINET protegida ambientalmente y a pesar de que se cerró la cantera el municipio no ha garantizado la realización de obras de estabilización y contingencia que evite la erosión. El Consejo Territorial de Planeación de Sincelejo rindió concepto señalando sobre los sistemas vial, de espacio público y equipamientos sociales y de servicios públicos, que no estaba de acuerdo con la propuesta oficial de construir una doble calzada desde el kilómetro 0 hasta el retén viejo, pasando por encima de los cerros La Sierra de la Flor, teniendo en cuenta que según el POT eran de especial protección.

1.2. CONCEPTO DE VIOLACIÓN

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