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PGN - PLAN MARCO DE IMPLEMENTACION DEL ACUERDO DE PAZ - Verificación de 43 indicadores con meta

Procuraduría General de la Nación

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Título
PGN - PLAN MARCO DE IMPLEMENTACION DEL ACUERDO DE PAZ - Verificación de 43 indicadores con meta
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

Fecha de

PROCESO: PREVENTIVO 31/07/2020

Revisión Fecha de N.A. 31/07/2020 Aprobación

INFORME RELATORIA ACTUACIÓN PREVENTIVA Versión 1

CÓDIGO: REG-PR-00-012 Página 1 de 2

INFORME PREVENTIVO DE SEGUIMIENTO A IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE ACCESO A TIERRAS Y USO DEL SUELO RURAL-Sobre política agraria en relación con Acuerdo de Paz DERECHO AL ACCESO A LA TIERRA Y AL TERRITORIO-Seguimiento a implementación del Acuerdo de paz firmado entre gobierno y FARC DERECHO AL ACCESO A LA TIERRA Y AL TERRITORIO-Población campesina sin tierra o con tierra insuficiente incluidas las mujeres rurales, Grupos Étnicos y personas en proceso de reincorporación sin acceso a tierras SISTEMA NACIONAL DE REFORMA AGRARIA Y DESARROLLO RURAL CAMPESINAMedidas para facilitar implementación de Reforma Rural Integral contemplada en Acuerdo de Paz respecto al procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras COMISIÓN DE SEGUIMIENTO IMPULSO Y VERIFICACIÓN A LA IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO DE PAZ-Creación y funcionamiento ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACION DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCION DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA-Instituciones y organizaciones que participan en el seguimiento y verificación de estrategias de implementación PLAN MARCO DE IMPLEMENTACION DEL ACUERDO DE PAZ-Verificación de 43 indicadores con metas asignadas relacionados con estrategias de acceso a la tierra, uso del

suelo rural y gestión catastral PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN DE BALDIOS Y CLARIFICACIÓN DE LA PROPIEDAD-Revisión de procesos adelantados AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS ANT-Estado de los bienes de extinción judicial de dominio transferidos por la Sociedad de Activos Especiales Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019 Fecha de

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INFORME RELATORIA ACTUACIÓN PREVENTIVA Versión 1

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ADJUDICACION DE PREDIO RURAL BALDIO-A entidades de derecho público para el desarrollo de proyectos de infraestructura pública en beneficio de la población campesina/ADJUDICACION DE PREDIO RURAL BALDIO-A campesinos sin tierra o con tierra insuficiente con cargo al Fondo de Tierras/ADJUDICACION DE PREDIO RURAL BALDIO-Ocupados ancestralmente por comunidades negras e indígenas para la constitución de títulos colectivos y constitución o ampliación de resguardos indígenas ZONAS DE RESERVA CAMPESINA-Procesos de constitución y desarrollo y fortalecimiento de sus Planes de Desarrollo ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACION DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCION DE

UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA-Acto Legislativo 2 de 2017 lo convierte en Política de Estado según Corte Constitucional RECOMENDACIONES PREVENTIVAS EN SEGUIMIENTO AL ACUERDO DE PAZ-Para la efectiva implementación de la estrategia de acceso a tierras Se requiere la decisión del Estado y del gobierno de priorizar los procedimientos que aportan a la democratización de la propiedad rural en términos de redistribución de la tierra como los derivados de recuperación material de baldíos indebidamente ocupados, los procesos de extinción de dominio por incumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, la clarificación y el deslinde de tierras de la Nación, la adquisición directa o expropiación por interés general y la extinción del derecho de dominio por motivos ilícitos. Entre ellos, se recomienda hacer seguimiento a los casos de acaparamiento de tierras de baldíos en la Altillanura y Orinoquia, y reactivar la instauración de demandas de nulidad contra los contratos de compra-venta sobre los predios inicialmente adjudicados como baldíos con posterioridad al 4 de agosto de 1994 por presunto objeto ilícito y vulneración a la prohibición de concentración previsto en el numeral 9º del artículo 72 de la Ley 160 de 1994 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE A BIENES BALDIOS-Ordenes estructurales proferidas por la Corte Constitucional OBSERVATORIO DE TIERRAS DE LA ANT-Instrumento para el mejoramiento de la

información para caracterización de territorios a intervenir Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019 Fecha de

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DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LA PLANIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO RURAL Y EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO-Obligación del Gobierno establecida en el Acuerdo de Paz Recomendación preventiva de dar cumplimiento a la obligación del Gobierno establecida en el Acuerdo de Paz de Promover el uso efectivo de los espacios de participación y decisión en la planificación de los usos del suelo rural y el ordenamiento del territorio. El artículo 107 de la Ley 160 vigente, ordena que el Ministerio de Agricultura establezca un fondo de organización y capacitación campesina para promover su participación efectiva en las diferentes instancias de decisión. Este podría ser un mecanismo de articular la participación en la toma de decisiones de zonificación ambiental que supere las limitaciones que se han venido presentando. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA FAO-Recomendaciones sobre cambios normativos e institucionales para implementar reforma rural integral y las directrices de gobernanza responsable de la tenencia

de la Tierra PLANES DE DESARROLLO DE LAS ZONAS DE RESERVA CAMPESINA-Para promover la economía campesina, contribuir al cierre de la frontera agrícola, aportar al ordenamiento social y ambiental de los territorios campesinos Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019 Fecha de

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INFORME SOBRE EL ESTADO DE AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE ACCESO A TIERRAS Y USO DEL SUELO RURAL CONTEMPLADAS EN EL

ACUERDO DE PAZ

Dependencia: Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz.

Responsable: Elena Ambrosi Turbay

N.º Radicado asociado: IUS E-2020-466464 / IUC P-2020-1580767

Fecha: Fecha de la apertura del asunto: 20 de agosto de 2020

Presentación del informe: 7 de enero de 2021

Fecha de cierre del asunto: 7 de enero de 2021

Entidad (es): Valor Recursos Vigilados:  Agencia Nacional de Tierras  Unidad de Planificación de Tierras No aplica sobre recursos, pero si a la

Rurales, Adecuación de Tierras y Usos implementación de las políticas agrarias del país Agropecuarios y su relación con las disposiciones del Acuerdo  Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Paz contempladas en el Subpunto 1.1. Es  Sociedad de Activos Especiales decir, que su alcance es distinto al de vigilancia  Ministerio de Agricultura y Desarrollo de recursos públicos. Rural  Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  Departamento Nacional de Planeación  Superintendencia de Notariado y Registro  Instituto Geográfico Agustín Codazzi  Departamento Nacional de Planeación Derecho Protegido: Población Beneficiada: Derecho al acceso a la tierra consignado en el artículo 64 de la Constitución Política de Población campesina sin tierra o con tierra Colombia. (Seguimiento a implementación del insuficiente, incluidas las mujeres rurales, Acuerdo para la Terminación del Conflicto comunidades étnicas y población rural en Armado y la Construcción de una Paz Estable y procesos de reasentamientos. Duradera firmado entre gobierno y FARC).

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ANTECEDENTES  El Acto Legislativo Acto Legislativo 02, por medio del cual se adiciona un artículo transitorio a la constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.  En el marco del cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo Final, se expidieron una serie de reformas constitucionales y Decretos Ley para la puesta en marcha de su implementación.  Ley 160 de 1994: “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras, se reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan otras disposiciones”  Decreto Ley 902 de 2017: “Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo de Paz en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras”  Resolución 740 de 2017: “Por el cual se expide el Reglamento Operativo de los Planes de Ordenamiento Social de la Propiedad, el Proceso Único de Ordenamiento Social de la Propiedad y se dictan otras disposiciones”  Resolución 915 de 2020: “Por la cual se expiden reglas para la ejecución del Procedimiento Único de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural en Zonas no Focalizadas y se adoptan otras disposiciones”  Resolución 130 de 2017: “Por medio de la cual se adopta la metodología de la focalización territorial para la planificación y gestión territorial por barrido predial masivo de la Agencia Nacional de Tierras y se dictan otras disposiciones”

 Decreto Ley 870 de 2017: “Por el cual se establece el Pago por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación”  Decreto 1983 de 2019: Por el cual se permite la habilitación de gestores catastrales y se determina los requisitos de idoneidad para operadores catastrales.  Decreto 148 de 2020: "Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 79, 80, 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015, 'Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística'".  Decreto 1995 del 2016 crea la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final, suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARCEP.

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OBJETIVO Elaborar un diagnóstico completo y generar recomendaciones de carácter preventivo y de control de

gestión sobre los avances en materia de las políticas agrarias en Colombia y su relación con las disposiciones contempladas en el punto 1.1. del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. METODOLOGÍA Para la construcción del presente informe se tomó como referente el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, firmado entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP en noviembre de 2016. Las fuentes de información para el análisis de la información fueron aportadas por la Agencia Nacional de Tierras, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Unidad de Planificación Rural y Agropecuaria, FINAGRO, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Ministerio de Justicia, como también la experticia y experiencia de los Procuradores Judiciales Especializados en Asuntos Agrarios y Ambientales. Además, se revisaron informes elaborados por diferentes instituciones y organizaciones que participan en el seguimiento y verificación de la implementación del Acuerdo de Paz, como la Alta Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación, Contraloría General de la República, Secretaria Técnica del componente internacional de verificación CINEP-PPP-CERAC, el Instituto Kroc, Universidad de Notre Dame, FAO, PNUD, USAID, Dejusticia y Anzorc. Se tomó como base la información cuantitativa y cualitativa recolectada por las Procuradurías Delegadas para Asuntos Agrarios y Ambiental y de Seguimiento al Acuerdo de Paz sobre el estado de implementación de las políticas agrarias y su relación con el subpunto 1.1 del Acuerdo de Paz.

Con base en la información recopilada y analizada se plantearon las observaciones, conclusiones y recomendaciones a las entidades responsables de la implementación en esta materia, así como la identificación de dificultades a mejorar. Así mismo, se usó la metodología que desarrolla esta Delegada de seguimiento a las políticas y programas establecidos en el Acuerdo de Paz a partir de los 507 indicadores señalados en el Plan Marco de Implementación –PMI. En particular, para el subpunto 1.1 del Acuerdo, se tuvieron en cuenta los 43 indicadores relacionados con las estrategias de acceso a la tierra, uso del suelo rural y gestión catastral.

Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019

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Gestión Secuencial adelantada en desarrollo de la actuación preventiva:

1. Se recopiló información sobre el estado de avance de la política agraria y ambiental del país consolidada desde el 2019 por las Procuradurías Delegadas para Asuntos Ambientales y Agrarios y de Seguimiento al Acuerdo de Paz.

2. Se tuvieron en cuenta los análisis que sobre la implementación de los mecanismos de acceso

y uso de la tierra realizados desde el 2019, así como las intervenciones de los Procuradores Judiciales en casos importantes de solicitudes de acceso y formalización de la propiedad sobre baldíos, bienes fiscales y predios privados; procesos agrarios (extinción de dominio, clarificación de la propiedad, recuperación de baldíos indebidamente ocupados y deslinde tierras de la nación); y adjudicación directa de baldíos a personas naturales o Entidades de Derecho Público.

3. La revisión y el análisis de la información que reposa en las Delegadas para el Acuerdo de Paz y Ambiental y Agraria de la Procuraduría General de la Nación, versará sobre los siguientes temas: 3.1. Procesos agrarios administrativos de clarificación de la propiedad, deslinde de tierras de la nación, recuperación de baldíos indebidamente ocupados, extinción administrativa de dominio, y los procesos de revocatoria directa, reversión de titulación de baldíos, caducidad administrativa y condición resolutoria, adelantados bajo las normas procesales de la Ley 160 de 1994 y Decreto Ley 902 de 2017. 3.2. Información sobre el estado de los bienes de extinción judicial de dominio transferidos a la Agencia Nacional de Tierras por la Sociedad de Activos Especiales. 3.3. Procesos en trámite de sustracción de zonas de reserva forestal para programas de reforma agraria y desarrollo rural, y adjudicación a Entidades de Derecho Público para la construcción, adecuación o fortalecimiento de las instalaciones públicas rurales. 3.4. Procesos de adjudicación de predios baldíos y bienes fiscales patrimoniales a entidades

de derecho público para el desarrollo de proyectos de infraestructura pública en beneficio de la población campesina. 3.5. Constitución del Fondo de Tierras, estado de los bienes ingresados jurídicamente, análisis de sus fuentes, y avances en la destinación de los recursos financieros para la conformación de este fondo. 3.6. Procesos de adjudicación de baldíos y bienes fiscales patrimoniales a campesinos sin tierra o con tierra insuficiente, con cargo al Fondo de Tierras, así como los procesos de regularización de predios baldíos y bienes fiscales patrimoniales con ocupaciones previas, tramitados bajos las normas procesales de la Ley 160 de 1994 y Decreto Ley 902 de 2017.

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CÓDIGO: REG-PR-00-012 Página 1 de 2 3.7. Procesos de adjudicación de predios baldíos ocupados ancestralmente por comunidades negras e indígenas para la constitución de títulos colectivos y constitución o ampliación de resguardos indígenas. 3.8. Procesos de formalización de la pequeña y mediana propiedad rural por las distintas rutas:

Judicial, Notarial, Administrativa y Registral. 3.9. Procesos de otorgamiento de derechos de uso en áreas inadjudicables, tramitados en virtud del Acuerdo 058 de 2018 y Acuerdo 118 de 2020, y el estado del trámite de los procesos en curso. 3.10. Revisión del proyecto de decreto que reglamenta el Subsidio Integral de Acceso a Tierras (SIAT), y la descongestión de los subsidios entregados en el marco del Subsidio Integral de Reforma Agraria (SIRA). Así mismo, sobre la línea especial de crédito para la compra de tierra. 3.11. Proyectos de ley relacionados con la creación de la jurisdicción agraria, mecanismos tradicionales y alternativos de resolución de conflictos sobre el uso y la tenencia de la tierra. 3.12. Los avances de los planes de ordenamiento social de la propiedad rural, procesos iniciados en el marco de la ejecución de estos, la identificación de los procesos agrarios administrativos en las zonas con POSPR formulados y aprobados, y los asuntos tramitados en el marco del procedimiento único. 3.13. Los avances y estado de los módulos del Registro de Sujetos de Ordenamiento: Acceso a Tierras, Étnico, Formalización de la propiedad, Adjudicatarios, Procesos o pretensiones agrarias y administración. Así como información cuantitativa sobre jornadas FISO y solicitudes de inclusión al RESO discriminada por tipo de sujeto (gratuito, parcialmente gratuito y oneroso) departamento y municipio. 3.14. Información sobre la metodología de cálculo de la Unidad Agrícola Familiar predial en los procesos de adjudicación y formalización.

3.15. Los procesos de constitución de nuevas zonas de reserva campesina, el desarrollo y fortalecimiento de los Planes de Desarrollo de las constituidas. 3.16. Avances del Plan Nacional de Zonificación Ambiental. 3.17. El registro de inmuebles rurales y ejecución de la política de formación y actualización del catastro multipropósito. 3.18. Estadísticas de actualización y formación catastral con corte al 1 de enero de 2020, discriminada por departamento y municipio.

4. Se Identificó la información faltante por solicitar a las entidades y elaborar los requerimientos para la revisión y envío de la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz.

5. Visitas administrativas de aclaración de la información cuantitativa y cualitativa entregadas por las entidades encargas de la implementación de las medidas de acceso y uso de la tierra.

6. Visitas administrativas de aclaración de la información cuantitativa y cualitativa entregadas por las entidades encargas de la implementación de las medidas de acceso y uso de la tierra.

Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019

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7. Elaboración del Documento preliminar sobre el estado de los procesos de adjudicación y formalización de tierras a campesinos, comunidades étnicas y entidades de derecho público.

Acuerdo de Paz, Planes de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural, RESO, Procedimiento único y Régimen de UAF.

8. Documento definitivo y riguroso de análisis sobre la implementación de las estrategias de acceso a tierras y uso del suelo rural, que identifique los principales cuellos de botella, avances y recomendaciones de política pública, y que permita dejar capacidad instalada en la Procuraduría para continuar con el seguimiento al tema.

9. Elaboración de un resumen ejecutivo del informe de acuerdo con los lineamientos acordados con los equipos de las Procuradurías Delegadas para Asuntos Ambientales y Agrarios y la de seguimiento al Acuerdo de Paz. 10.Consolidación de documentos en Excel que contienen la organización, sistematización y análisis de la información cuantitativa y cualitativa recolectada por la Procuraduría sobre la implementación de los mecanismos de acceso a las tierras, estado del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral, fuentes que nutren el Fondo tales como: procesos administrativos agrarios, sustracción de zonas de reserva forestal, bienes de extinción judicial de dominio, y las demás que señala el artículo 18 del DL 902 de 2017. 11.Consolidación de documentos en Excel que contienen la organización, sistematización y análisis de la información cuantitativa y cualitativa recolectada por la Procuraduría sobre el estado de los procesos de adjudicación y formalización de tierras a campesinos, comunidades étnicas y entidades de derecho público con posterioridad a la firma del

Acuerdo de Paz, Planes de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural, RESO, Procedimiento único y Régimen de UAF. 12.Consolidación de documentos en Excel que contienen la organización, sistematización y análisis de la información cuantitativa y cualitativa recolectada por la Procuraduría sobre el estado de implementación de las estrategias de uso del suelo rural y gestión catastral (Catastro Multipropósito) que incluya análisis sobre los mecanismos de resolución de conflictos, política de catastro multipropósito, cierre de la frontera agrícola y zonificación ambiental, y apoyo a las Zonas de Reserva Campesina. Resultados Conclusiones y recomendaciones mas importantes en el desarrollo de la actuación preventiva: Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019 Fecha de

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PRINCIPALES CONCLUSIONES: 1.966.691.1 has como se informa por la ANT, con una diferencia de 1.053.142,2 hectáreas - La gestión de política de tierras de la ANT es menos. Para la Procuraduría no es claro por qué inferior a las cifras reportadas oficialmente. la ANT está sumando como logros de la

Respecto al Fondo de Tierras, del millón de implementación del Acuerdo de Paz resultados hectáreas que reporta han ingresado al fondo, previos a la firma del mismo. sólo 2.253 predios correspondientes a 96.471,1 hectáreas tienen la condición de adjudicables, -La voluntad política en la implementación del esto es, menos del 10%; las restantes Acuerdo de Paz se debe expresar en resultados extensiones están pendientes de resolverse su tangibles y disposición de recursos de inversión condición de adjudicabilidad y su estado de en atención al Acto Legislativo 02/17 y la ocupación, de manera que reporten al Sentencia de la Corte Constitucional C 630 de cumplimiento de la cifra de 10 millones de 2017, la cual señaló que dicha reforma hectáreas entre formalización y redistribución. El constitucional convirtió el acuerdo «en una número de hectáreas adjudicadas (30.318.6 ha) política pública de Estado cuya implementación a través del Fondo de Tierras desde el inicio de y desarrollo constituye compromiso y obligación la implementación del acuerdo de paz hasta de buena fe para todas las autoridades del junio 30 de 2020, sólo representan el 1% del Estado, con el fin de garantizar el derecho a la total de los 3 millones de hectáreas que deben paz, respetando su autonomía». Persiste la ingresar al fondo y ser adjudicadas. preocupación por la insuficiencia presupuestal para la implementación y por la baja ejecución -A pesar de que el Fondo de Tierras dispone de los recursos presupuestales apropiados y la alrededor de 1 millón de hectáreas, se pudo eficiencia del gasto. Preocupación que aumenta identificar que, si bien no todos los bienes del si se tienen en cuenta los cambios en las

fondo están caracterizados, sobre los que ya condiciones fiscales y que la epidemia de cuentan con verificación técnica se determinó Covid19 ha generado. que se encuentran ocupados; luego, atendiendo la definición de formalización enviada por la -La PGN ha reiterado a la Corte Constitucional la ANT, hacen parte de los procesos de solicitud de declaración del Estado de cosas de adjudicación por la vía de reconocimiento de inconstitucionalidad en la administración, derechos y no de asignación de derechos de disposición y no recuperación de tierras propiedad y, en esa medida, no aportan a la agrarias, en el ordenamiento del territorio y la meta de adjudicación de 3 millones de realización de los derechos a la tierra de las hectáreas. comunidades campesinas, indígenas, NARP y el pueblo Rrom, solicitando una intervención -En cuanto a formalización de tierras, para estructural en las políticas y gestiones determinar las gestiones en adjudicaciones que territoriales que superen las dificultades y aportan a la meta de siete millones de hectáreas cuellos de botella identificados. formalizadas se definió, el hito de inscripción en el Folio de Matrícula Inmobiliaria como la gestión -En los informes de la ANT a la Corte cumbre que culmina el proceso de formalización. Constitucional y organismos de control, se Así, el área formalizada en este primer análisis reconoce que no se cuenta con los equipos en el periodo 2017-2020 (hectáreas adjudicadas técnicos robustecidos, preparados, con la y registradas en las correspondientes ORIP información técnica y jurídica idónea para durante el periodo de implementación del realizar un trabajo de campo según las

Acuerdo de Paz) sería de 913.548 has y no necesidades de cada proceso, por lo cual no pueden reportar logros y avances sustanciales y Lugar de Archivo: Tiempo de Retención: Disposición Final: Verifique que ésta es la versión correcta antes de utilizar el documento Proceso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 023; Versión: 1; Vigencia: 11/06/2019 Fecha de

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CÓDIGO: REG-PR-00-012 Página 1 de 2 definitivos por la deficitaria situación Nacional de Desarrollo Rural para las Zonas de presupuestal. Esto amerita un rediseño y Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social fortalecimiento institucional. ZIDRES, establecido el capítulo III artículo 4 de la Ley 1776 de 2016. Es decir, así como existe -Los logros de implementación del Acuerdo de un Sistema de Desarrollo Rural reglamentado Paz presentados por el Gobierno incorporan para las ZIDRES, para las ZRC debería estar todos los resultados de la gestión institucional de reglamentado el Sistema de Reforma Agraria y tierras realizada por la ANT y evidencian que no Desarrollo Rural Campesino establecido se está teniendo en cuenta la priorización y igualmente en una Ley vigente (Ley 160 de enfoque territorial del Acuerdo de Paz. La 1994). gestión sigue limitándose a una gestión por demanda y no por oferta como quedó -La consistencia de la información es crucial

establecido en el Decreto Ley 902 de 2017. para la credibilidad del proceso. De allí que sea importante que los reportes gubernamentales de -Esta pérdida de priorización y enfoque territorial información sean claros, se carguen en los hacia la paz puede dar lugar a que la ANT sistemas diseñados para ello y no se encuentre mantenga la inercia institucional criticada al contradicción entre unos y otros. Aclarar los antiguo Incoder, rompiendo con el postulado que conceptos que se tienen en cuenta para la estructuró la transformación al marco jurídico construcción de un indicador, su desagregación agrario introducido a partir del DL 902 de geográfica, de género, etnia es necesaria para la cambiar la atención por demanda a oferta, mejor cualificación de los avances en la recayendo en el mismo desorden y ausencia de implementación. Esto es especialmente planeación del territorio. Esto puede generar el necesario en el reporte de información incentivo perverso a la ANT de centrar su relacionada con acceso y formalización de atención en procesos rezagados heredados de tierras (Séptimo informe de verificación de la las antiguas instituciones agrarias por resultar de implementación del Acuerdo Final de Paz en más sencilla resolución, diluyendo la atención a Colombia. Secretaría Técnica del Componente las necesidades de ordenamiento social y Internacional de Verificación CINEP/PPPa

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