PGN-PRINCIPIO DE DISTINCION - Concepto según la corte constitucional sentencia C 225 de 1995
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN-PRINCIPIO DE DISTINCION - Concepto según la corte constitucional sentencia C 225 de 1995
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 1995
ESTE FALLO TIENE SEGUNDA INSTANCIA Dependencia: Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos
Radicación: 008-18922-98
Disciplinado: SEGUNDO GUEVARA SOLARTE y ARLES GUTIÉRREZ ARIAS
Cargo y Entidad: Patrulleros de la Policía Nacional.
Quejoso: JAIME RUIZ URRIAGO Fecha de la queja: Abril 28 de 1998
Fecha de los hechos: Abril 17 de 1998
Asunto: Presunta violación del Derecho Internacional Humanitario, al accionar sus armas de dotación sin las previsiones del caso, lo que trajo como consecuencia, lesiones al menor JUAN SEBASTIÁN RUIZ PESCADOR.
Bogotá D.C., 22 de noviembre de 2002 Conforme a las facultades legales conferidas a esta Procuraduría Delegada en el Decreto 262 de 2000, en concordancia con la Ley 200 de 1995, se procede a fallar en primera instancia el proceso disciplinario 008-018922-98, seguido en contra de los Patrulleros de la Policía Nacional SEGUNDO GUEVARA
SOLARTE y ARLES GUTIÉRREZ ARIAS.
HECHOS Da origen a la presente investigación la queja presentada por el señor JAIME RUIZ URRIAGO, identificado con la cédula de ciudadanía 93.371.431 de Ibague - Tolima, ciudadano vecino del municipio de Puerto Rondón - Arauca, y residenciado para la fecha de su escrito en Santafé de Bogotá, quien en su
condición de padre del menor JUAN SEBASTIÁN RUIZ PESCADOR denuncia las presuntas irregularidades cometidas por miembros de la Policía Nacional, acantonadas para el 17 de abril de mil novecientos noventa y ocho en (1998) en Puerto Rondón - Arauca, en donde por el accionar de un arma de fuego resultará herido en la pierna derecha el menor JUAN SEBASTIÁN, teniendo que ser operado seis (6) días después y trayendo como consecuencia la perdida de su miembro inferior derecho. DILIGENCIAS REALIZADAS En orden al esclarecimiento de los hechos, se practicaron entre otras las siguientes diligencias: TESTIMONIALES: 1.) Diligencia de ampliación y ratificación de la queja suscrita por JAIME RUIZ PESCADOR, identificado con la cédula de ciudadanía 93.371.437 de IbagueTolima, donde es enfático en afirmar que el proyectil que lesionó a su hijo JUAN SEBASTIÁN fue disparado de un Fusil Galil que provino del tanque aéreo del agua, que el supo que era un Fusil Galil ya que él fue suboficial de la Policía nacional y conoce de las detonaciones de estas armas, hace una narración de los hechos sucedidos aproximadamente a las 5:00 p.m., del día 17 de abril de
1998. Manifiesta que en el precitado día él se encontraba con su esposa, una cuñada y sus suegros esperando una volqueta que venía de Tame - Arauca, cuando apareció una volqueta a cuyo conductor le preguntaron por el señor ALVARO VARCACEL quien era el conductor de la volqueta que ellos
esperaban, le dijeron al conductor que no fuera a pasar por la Estación de Policía porque hacía media hora antes la Policía había estando disparando, que en ese mismo instante escucharon una detonación que provenía del tanque motivo por el cual entraron corriendo hacia la casa, cuando su esposa se vio bañada en sangre y la pierna se su hijo estaba destrozada, saliendo inmediatamente a buscar ayuda, sin importar los riegos ya que la Policía les siguió disparando desde el tanque, cuando llegaron frente a la Estación no dispararon más, fue cuando su esposa le grito a un Policía que se encontraba apostado en una pared “va a rematar a mi bebé” , fue así como llegaron al hospital SAN JUAN DE DIOS de Puerto Rondón donde atendieron a su hijo por urgencias. Al ser interrogado del motivo por el cual fue que los policías de Puerto Rondón dispararon contra ellos. Contestó: “...Se había metido la guerrilla el Lunes 13 de abril a Puerto Rondón, no mataron policías, pero no entiendo porque dispararon contra nosotros la población civil cuando eran las cinco de la tarde y estaba completamente claro donde no había ninguna clase de guerrilla ni delincuentes comunes ni nada que se le pareciera, teniendo en cuenta que todo el mundo se conoce ese pueblo...”. Agregó que ese mismo día 17 de abril la policía había estando disparando más o menos a las 4:40 p.m., pero no se explica el por qué de esos disparos si no había enfrentamiento ni nada en contra de nadie, disparaban de la Estación y del tanque hacía fuera, Expresó que lo dicho por el Comandante de la Policía en el Noticiero 24 Horas, es falso porque ese día no hubo toma guerrillera, que para más evidencia adjunta a la
presente declaración un memorial con firmas que lo certifican. (folios 20 a 24 del c.o. No.1). 2.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor PEDRO NEL SERNA, identificado con la cédula de ciudadanía 3.251.286 del Colegio2 Cundinamarca, quien manifestó que él en solidaridad con el señor JAIME RUIZ, lo acompaño al Comando de la Policía en Arauca a fin de obtener alguna ayuda para la atención del menor JUAN SEBASTIÁN, que le sugirió que fuera a donde el Personero Municipal haber como le podía colaborar, pero en ningún momento le sugirió que fuera a colocar denuncia en contra de la Policía por que él no sabe quien hirió al menor, que el oficial que los atendió en el Comando fue muy objetivo, ya que le respondió que no podía hacerse responsable de los hechos sin investigar ni esclarecer lo que había sucedido. (folio 44 y 45 del c.o. No.1). 3.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor DANIEL IVAN PESCADOR MELO, identificado con la cédula de ciudadanía 6.610.034 de Puerto Rondón - Arauca, quien expuso que aproximadamente a las cinco de la tarde cuando estaban esperando a un yerno de nombre MILTON VARCACEL apareció una volqueta en la que venía el señor MIGUEL PULIDO, a quien le preguntaron por el señor que esperaban, que en esos momentos reventó un disparo del tanque que cayo en el pavimento, rebotó y le pego al niño que estaba al pie de la casa, el papá y la mamá lo alzaron para traerlo al hospital,
cuando a cierta distancia les hicieron otra ráfaga y la gente les gritó que no dispararan que el niño estaba herido y frente a la Policía los volvieron a encañonar, entonces Dania le gritó “que si querían acabar de matar al niño” pero entonces siguieron para el Hospital. Al ser interrogado del por qué afirma que el disparo salió del tanque. Contestó: “... Porque se vio y por la dirección que traía, el tiro sonó en el tanque...” Al ser interrogado sobre si ese día la guerrilla realizó hostigamiento o existió algún enfrentamiento con la misma.
Respondió: “... No, nada ese día no...” Aseguró que los disparos provenían del tanque, que en el tanque habían dos carabineros, uno de nombre GUTIÉRREZ, pero no se sabe con exactitud. En cuanto al proyectil que hirió a JUAN SEBASTIÁN, afirmó que no se encontró, pero sabe que provino de un fusil Galil. porque había otra arma que sonaba duro, y la habían disparado antes del accidente del niño, y los únicos que estaban disparando eran ellos,
(refieriéndose a la Policía.). Al ser interrogado si el día 17 de abril de 1998 existió algún tipo de hostigamiento. CONTESTÓ “...No de ellos no más, o sea la Policía...”. Expresó que ese día llegaban dos volquetas al pueblo, una que traía triturado, o sea balastro y la otra traía palma. Al preguntársele el por qué habían salido corriendo a recibir la volqueta. Expuso: “...A preguntarle por MILTON y a
decirle que no se metiera que no fuera a pasar por la Policía porque estaban echando plomo...” Aseguró que el tiro que salió del tanque fue el que lesionó a JUAN SEBASTIÁN, porque el tiro sonó y cayó ahí al pie, en el pavimento y rebotó, que las esquirlas que salieron del pavimento les alcanzo a pegar en los 3 pies a los que estaban ahí. que el sitio donde se encontraba JUAN SEBASTIÁN cuando fue herido era entre la palma y la casa. ( folios 47 a 49 del c.o. No.1). 4.) Diligencia de declaración juramentada rendida por la señora LILIA CONTRERAS DE PESCADOR, identificada con la cédula de ciudadanía 30.021.583 de Puerto Rondón - Arauca, quien expreso que el día 17 de abril de 1998, en momentos en que se encontraban esperando una volqueta del esposo de una hija suya, escucharon unos disparos, después llegó la volqueta de Miguel Pulido a quien se le acercaron para advertirle que no pasar porque estaban haciendo tiros, cuando en ese momento hicieron el disparo del tanque aéreo, que el disparo se lo hicieron como a la volqueta, cayo en el pavimento y rebotó lesionando al niño, por lo que tuvieron que llevarlo al hospital, pero cuando iban camino al hospital y una cuadra de la casa volvieron a disparar, razón por la cual la mamá del niño le dijo “ que si lo iban a rematar”, que las volquetas venía despacio del lado de Tame con dirección al tanque del agua.
Afirmó que la Policía fue la que hirió a JUAN SEBASTIÁN, ya que el disparo provino del tanque y ese día no había nadie mas en el pueblo, y cuando ocurrieron los primeros disparos todos se escondieron y no había gente rara en el pueblo, donde hubiera habido combate con la guerrilla, los papas de niño no hubieran podido pasar por que los hubieran matado, ya fuera de una lado o del otro. Ellos tenían una gritería en el tanque que decía -ahí vienen, ya se acercan-, haciendo referencia a las volquetas, los policías tienen unos aparatos para ver quienes se ecercan. Agregó que estos hechos también los presenció MARÍA CARMEN UYABAN, OFELIS ACOSTA, FLAVIO VARCACEL, MIGUEL, PULIDO y PEPE, la deponente es reiterativa que ese día no hubo enfretamiento porque no había guerrilla, ni paramilitares en el pueblo, solamente se encontraba la policía en el pueblo. Expresa la declarante que ella fue testigo presencial de los hechos, ya que se encontraba apenas a dos metros aproximadamente de la madre de JUAN SEBASTIÁN a quien tenía alzado, cuando ella exclamo que había herido al niño, los papás del niño estaban vestidos de chores (sic), que días entes, es decir el trece (13) de abril si hubo un enfrentamiento y hubo combates con la guerrilla, que no escuchó ni se enteró que el día 13 se fuera a presentar una toma por parte de la guerrilla, de ser cierto no hubieran estado afuera, que la guerrilla no se entra al pueblo de
día. Al solicitársele una explicación de como se explica que desde el tanque se haya disparado en forma directa, si por Inspección realizada por los investigadores de la Procuraduría, no se observa una visibilidad aparente.
Contestó: “...En esos día habían podado el árbol de ficus que se encuentra 4 ubicado en toda la esquina en donde vive la señora LETICIA ROJAS y la
visibilidad era mayor a la de ahora...”. (folios 51 a 54 del c.o. No.1). 5.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor CARLOS ASDRUBAL GARRIDO TARACHE, identificado con la cédula de ciudadanía 17.587.680 de Arauca, Expuso que ese día el se encontraba en el Consejo Municipal, cuando pasadas las 4 de la tarde escuchó la primera ráfaga que provenía del tanque del agua, que posteriormente se dirigió a su residencia que es vecina de la de la familia PESCADOR de donde presenció lo sucedido el día 17 de abril. Agregó: “... De esa hora en adelante siguieron disparando seguido como unos cinco minutos los que estaban arriba en el tanque y los que estaba abajo, después de eso se calmo , hacia más o menos unos veinte minutos cuando venían entrando las volquetas donde venía el señor MIGUEL PULIDO, al cual se dirigió la familia LILIA DE PESCADOR y el señor IVAN PESCADOR, le hicieron el pare para informarle de que no fuera a bajar por que estaban disparando y para saber la razón del señor ALVARO VALCARCEL, en ese momento no alcanzaron a transcurrir dos minutos cuando sonó un disparo el
cual hirió al niño, frente a la casa estaba la familia, detrás de esta volqueta venía otra que conducía LENIS GÓMEZ, la cual fue estacionada frente a la casa de la señora ILVA PEÑA por temor que le fuera a pasar algo al conductor ... eso todo fue lo que yo vi, yo estaba sentado en mi casa...”.Al preguntársele sobre la situación de orden público para la semana del 17 de abril de 1998. CONTESTÓ: “...La verdad es que en esa semana de abril, el orden público era bastante preocupante por la toma que había habido el lunes 13 de abril, desde el lunes en adelante se oyeron muchos rumores de que se ivan (sic) a volver a tomar el pueblo, pero personalmente no considero que haya sido una toma lo del viernes, si no que esta fue una actuación de nerviosismo por medio de la policía ya que los únicos disparos que se oyeron fueron provenientes de la Estación y de la trinchera que aparece del tanque aéreo del agua del acueducto del municipio de Puerto Rondón, que esta frente a la estación y en intermedio del Concejo Municipal y Telecom...”. (Subraya el Despacho.) (folios 56 y 57 del c.o. No.1). 6.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor CARLOS FLAVIO VALCARCEL DÍAZ, identificado con la cédula de ciudadanía 17.547.940 de Tame - Arauca, quien ha expresado que el día 17 de abril, siendo las 5 p.m. aproximadamente, escuchó varios disparos que duraron tres (3) minutos, razón por la cual salió de su casa y conversó con varios vecinos con
quienes coincidieron que no se trataba de un hostigamiento, por lo que salieron 5 a la calle con tranquilidad, pensando que era una represalia por lo sucedido el día 13 de abril, que en ese momento observo que venían dos volquetas, que una se detuvo a dejar un pasajero que traía, la otra hizo lo mismo por lo que penso que les estaba advirtiendo a los conductores acerca del peligro en el cual podían estar. Agregó: “...El señor MIGUEL PULIDO arranco nuevamente en su vehículo ... pero más adelante, a unos 25 metros, la familia pescador le hizo la parada y este por su amistad atendió su llamado inmediatamente, el se bajo de la volqueta y en ese mismo instante se escucho el impacto proveniente del aire, inmediatamente, me di cuenta que se trataba de un disparo del tanque donde la policía presta servicio, yo estaba diagonal al tanque y el sonido provino directamente del tanque, inmediatamente me escondí detrás de un bus y me di cuenta de que era directamente hacía la volqueta porque inmediatamente la familia Pescador empezó a gritar que la habían dado al niño, corrí inmediatamente hacia su casa y el niño estaba sangrando un pierna, pensé al momento que podía estar herido en otra parte ...salieron corriendo para llevar el niño al hospital, a 150 metros que ellos llevaban de carrera se escucharon otros nuevos tiros e inmediatamente pensamos que los habían matado a todos...”. Así mismo. expresó que los sucedido pudo haber sido para advertir a la guerrilla que ellos estaban preparados a fin de evitar una toma como la del 13 de abril,
que esa manifestación fue de puro nerviosismo porque pensaron que la volqueta que traía materiales era un camuflaje de la guerrilla., aseguró que el disparo provino del tanque, que el disparo probablemente lo hizo la policía para amedrentar al conductor de la volqueta. (folios 59 a 62 del c.o. No.1). 7.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor CARLOS ALBERTO LANCHEROS SANABRIA, identificado con la cédula de ciudadanía 17.547.940 de Tame - Arauca, quien para la época de los hechos se desempeñaba como Registrador Municipal de Puerto Rondón - Arauca, y con respecto a lo sucedidos el día 17 de abril de 1998, expresó que se enteró por comentarios que hicieron varios amigos del pueblo que el día 13 de abril no hubo hostigamiento. (folio 64 y 65 del c.o. No.1). 8.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor HECTOR BALLARDO VALCARCEL DÍAZ, identificado con la cédula de ciudadanía 6.611.063 de Puerto Rondón - Arauca, expresa que el día de los hechos, como a las 4.30 p.m. escucho varios disparos que duraron como cinco (5) minutos, que al no escuchar más disparos salió de sus casa y se puso a conversar con el señor FLAVIO VALCARCEL, y como al cuarto de hora pasaba una volqueta conducida por el señor MIGUEL PULIDO, cuando la familia PESCADOR 6 CONTRERAS la hicieron parar y en el momento en que frenaba la volqueta
salía toda la familia con ellos llevaban el niño SEBASTIÁN y en el acto sonó un tiro, todo parece indicar por el ruido que hizo que fue disparado desde el tanque de agua más alto del cual se surte de agua para el pueblo, en el acto los padres del niño salieron gritando pidiendo auxilio que el niño estaba herido. Agregó, que cuando los padres corrieron a llevar al niño al hospital, hicieron otros tiros desde el tanque. “...al momento de haber herido el niño arribe o fui hacia la casa de ellos y me cercioré de le tiro había pegado en el piso de la calle como a unos 50 centímetros del sardinel a la pavimentada, en el piso quedó el roce de la bala, quedo descascarado el piso y parece que la bala rebotó hacia donde la madre tenía en los brazos al niño... ”. Al preguntársele donde se encontraba niño en el momento en que sonó el disparo. Respondió: “...Vi cuando el niño la mamá lo llevaba en los brazos hacia la parte donde se encontraba la volqueta, como a los 30 segundos fue que sonó el tiro y los padres pegaron el grito...” (folios 67 a 70 del c.o. No.1.). 9.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor ALBERTO DELGADO SARMIENTO, identificado con la cédula de ciudadanía 17.585.436 de Arauca, ha manifestado en su declaración y ampliación de queja que le día 17 de abril de 1998 no hubo hostigamiento ni enfrentamiento por parte de los grupos subversivos, Agrega, que ese día no vio gente extraña ni armada en el
municipio, que las detonaciones escuchadas fueron centrales, que la gente comenta que salieron del puesto de control ubicado en el tanque aéreo del acueducto. (folios 72 y 73 del c.o. No. 1). 10.) Diligencia de declaración juramentada rendida por la señora ORFACELIS ACOSTA RIVERO, identificada con la cédula de ciudadanía 30.021.876 de Puerto Rondón, afirma que aproximadamente sobre las 5:00 o 5:30 p.m., se escucharon unos disparos por lo cual ella y unas personas que se encontraban en la casa con ella en ese momento, se asomaron para ver que sucedía y vieron a los padres del menor JUAN SEBASTIÁN, con él en brazos corriendo y gritando que le había herido al niño, dice que se seguían escuchando disparos por lo cual ellos por la posición de la casa que queda diagonal al puesto de control ubicado en el tanque aéreo, alzaron los brazos y les empezaron a gritar que no dispararan más que iban con un niño herido, aseguró que ese día no hubo enfrentamiento o si no la gente del pueblo se hubiera dado cuenta. (Subraya el Despacho,) (folios 75 y 76 del c.o. No. 1). 7 11.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el señor LENNIS GÓMEZ GUZMAN, identificado con la cédula de ciudadanía 96.122.012 de Puerto Rondón, quien para el día 17 de abril de 1998 conducía una volqueta del Municipio, expresa que el día de marras venía de Pinillero con una carga de Palma, encontrándose en el sitio denominado la “Y” con otra volqueta que traía
una carga de triturado procedente de Tame, afirma que cuando iba entrando al pueblo escuchó tres disparos que según él, provenían del tanque por el sonido que es conocido cuando proviene del tanque, además dice que como a las ocho se volvieron a repetir los disparos y asegura que se originaban en el tanque. Adicionalmente menciona que no vio correr a los padres con el niño herido pero que si sonaban disparos, afirma que no tuvo conocimiento sobre hostigamientos ese día en el pueblo, que tampoco nadie le comento que esto hubiera ocurrido. (folios 78 y 79 del c.o. No. 1). 12.) Diligencia de declaración juramentada rendida por la señorita MARICARMEN ULLABAN RODRÍGUEZ, identificada con la cédula de ciudadanía 30.021.917 de Puerto Rondón - Arauca, quien afirmó escuchar disparos, se asomó a ver que sucedía y vio correr a los padres del menor, por lo cual ella alzó los brazos pidiéndole a las personas del tanque que no dispararan más, asegura haber visto como “humito” salir del tanque, afirma que los disparos cuando salen del tanque se oyen clarito y que además escucho cuando del tanque decían “Ahí van”, sin saber a que hacían referencia., (Subraya el Despacho,) (folios 84 y 85 del c.o. No. 1). 13.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el Alcalde Municipal de Puerto Rondón - Arauca, JUVENCIO EZEQUIEL ALVARES, Revela que el día de los hechos no se encontraba en el municipio, se encontraba en la ciudad de
Arauca, en diligencias oficiales, lugar donde fue enterado de los hechos y colaboró con los padres del menor en los trámites de desplazamientos y demás, informa que por intermedio del conductor del municipio se enteró que el día 17 de abril se escucharon disparos que provenían del tanque, que no tuvo información del Comandante de la Estación sobre hostigamientos por parte de grupos subversivos, el alcalde encargado MARIO RUBIO, le informó que se habían escuchado disparos y que al parecer eran por hostigamientos, igualmente, que en la alcaldía se tiene un comité de seguridad en donde se ha recalcado al Comandante de la Policía, que debe pasar un informe cuando sucedan situaciones que alteren el orden público, sin embargo, el TE SARMIENTO, no pasó informe escrito sobre los hechos del 17 de abril de 1998 a la alcaldía, empero, verbalmente si lo hizo a posteriori comunicando que 8 había escuchado disparos sin saber de donde provinieron, de las reuniones del comité quedan actas, pero de la reunión en la cual se le hace la solicitud al TE SARMIENTO, de informar por escrito sobre cualquier novedad, no se encontró y por lo tanto no la pudo aportar a la diligencia. En relación con el presunto hostigamiento, expresó que el único que hablo al respecto de ello fue el TE SARMIENTO, el restó de la población dice que los disparos provenían de la estación, pero que no pudieron ver bien, puesto que muchos se encontraban en sus casas. Afirma no haber tenido información sobre una presunta retaliación por los hechos ocurridos el trece de abril. (folios 87 a 901 del c.o. No. 1).
14.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el doctor RUBEN DARIO GRASS PATERNINA, Director del Hospital San Juan de Dios del Municipio de Puerto Rondón - Arauca. Expresó que al niño lo atendió el doctor CARLOS MURILLO, quien estaba de turno esa noche pero que él le colaboró en la atención del menor, afirma que JUAN SEBASTIÁN presentaba una herida en el Hueco Poplíteo Derecho, perdida de tejidos blandos y que no presentaba orificio de entrada ni de salida, la herida la describe como cruenta, piensa que pudo haber sido causada con un arma de fuego sin asegurarlo puesto que no reúne las características propias de una producida por arma de fuego, además no se encontró restos de proyectil ni ojivas etc. (folios 93 y 94 del c.o. No. 1). 15.) Diligencia de declaración juramentada rendida por la menor YERITZA PESCADOR CONTRERAS, a quien se le recibió testimonio una vez reunidos los requisitos legales, toda vez que se trataba de una menor de edad. Ha afirmado, que escucharon unos disparos como a las 5:00 de la tarde por lo que se estuvieron dentro de la casa, luego se asomaron y vieron que ya estaba pasando gente por lo cual salieron y al ver que venía la volqueta su hermana DANIA le dijo a la mamá que le advirtieran al conductor de la volqueta sobre los disparos que se habían escuchado, se le acercaron a la volqueta y fue cuando sonó el disparo, Declara que vio cuando alumbró al impactar con el piso, agregó
haber sido la última en enterarse por lo que vio cuando DANIA alzó el niño que estaba entre la palma y el andén, dio cuenta de que su hermana tenía sangre y así se lo hizo saber, fue por lo que DANIA se revisó y revisó el niño dándose cuenta que JUAN SEBASTIÁN RUIZ PESCADOR estaba herido, por lo que salieron corriendo DANIA y JAIME, los padres del menor y ahí en ese momento sonaron más disparos, asegura que una vecinas le hacían señas a los del tanque para que cesaran el fuego ya que ellos iban con el menor., aclara que cuando vieron venir la volqueta la mamá LILIA CONTRERAS DE PESCADOR) 9 le dijo a DANIA que cuidado con el niño y esta lo alzó y lo puso entre la palma y el andén. (folios 95 y 96 del c.o. No. 1.). 16.) Diligencia de declaración juramentada rendida por MIGUEL ANTONIO PULIDO, quien para el día de los hechos conducía una volqueta del municipio, y ha expreso que el día de marras venia de Tame llegando al municipio más o menos a las 6:00 de la tarde cuando iba pasando por la casa de la familia PESCADOR, lo pararon para preguntarle por MILTON VALCARCEL, informando que venía detrás, la familia PESCADOR le comentó lo sucedido momentos antes donde sonaron unos disparos y que era mejor que no siguiera por lo que se dispuso a cuadran bien la volqueta. Añade, que en ese momento se escuchó un disparo y posteriormente a eso, se percató de que le menor
estaba herido, afirma no saber de donde provino el disparo ya que en ese momento se encontraba dentro de la volqueta intentando dar reversa, así mismo, tampoco se dio cuenta donde estaba ubicado el menor. Agregó, que se escucharon varios disparos cuando los padres iban cruzando el parque con el niño en brazos, asegura que ya no había fluido eléctrico y que la velocidad a la cual entró al municipio era la normal, inclusive disminuida ya que a la entrada existe un virgen que hace que se hace la velocidad. Dice haber estado como a un metro del sardinel. (folios 98 y 99 del c.o. No. 1.). 17.) Diligencia de declaración juramentada rendida por LILIA PESCADOR CONTRERAS, C.C. 23.443.490 de Ciénaga - Boyacá, testigo éste que en calidad de tía del menor JUAN SEBASTIÁN RUIZ PESCADOR, manifestó que ella estaba como a media cuadra de la casa de su madre cuando escucho unos disparos, hubo un receso y sonó un disparo, dice que fue uno solo, afirma que ella sintió cuando silbó. Aseguró haber visto una persona que se botó del segundo piso de la Alcaldía, percatándose posteriormente que se trataba del Inspector de Policía ALFREDO LAMUS.; Agregó que en ese momento pasaba su hermana DANIA con el niño herido, quiso seguirlos pero no pudo porque sonó una ráfaga como a mitad de la cuadra, además miraron que de el transformador cayó algo y en ese instante se fue la luz. Aduce, que no tenía visibilidad hacia el tanque pero que por el sonido se sabia que provenía de ese
lugar, además dice los vecinos se dirigían al tanque haciendo señas para que no dispararan más, ya que iban corriendo con el niño herido, a los cual se hizo caso omiso, según la declarante. (folios 100 y 101 del c.o. No. 1). 18.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el Inspector de Policía del Municipio de Puerto Rondón - Arauca JAVIER ALFREDO LAMUS CAYLE, 10 quien expresó que se encontraba en la oficina de la UMATA, que queda en el segundo piso de la Alcaldía y que estaba completamente solo, dice que cuando ya pasó todo se bajo por un hueco que existe para el aire condicionado y que esta en su oficina. Revela, haberse asomado por el lado de la escalera y que todo estaba solo, además durante el tiroteo se escuchaba como si alguien estuviera disparando por esos lados (la oficina donde se encontraba el declarante queda en el segundo piso del palacio municipal, después del corredor de donde se ve directamente el tanque, ya que esta ubicado por detrás de la Alcaldía). Asegura, que el miedo que le dispararan desde el tanque no dejó que él se asomara a ver más hacia ese sitio. Expone, en su declaración que ese día (según se enteró después) alguien pasó por la alcaldía entes de las 5:00 P.M., diciendo que por seguridad de todos se fueran temprano para sus casas. Igualmente, afirma que ese día no vio a nadie extraño en el pueblo, Dice que se escuchaba gritar desde el tanque pero que no se entendía que era lo que decían. Al ser interrogado sobre las gestiones adelantadas por él referente a los hechos sucedidos el día 17 de abril de 1998, día en que resultara herido el
menor JUAN SEBASTIÁN RUIZ PESCADOR, expresa no haber realizado ninguna diligencia como Inspector de Policía, asegurando que él solo le corresponde cuando hay un muerto, ya él realiza los levantamientos. (folios 102 a 104 del c.o. No. 1.). 19.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el Secretario de Gobierno (e) del Municipio de Puerto Rondón - Arauca MARIO FERNANDO RUBIO, quien afirma que le día 17 de abril de 1998 se laboró normalmente hasta las 5:30 de la tarde, momento en el cual empezaron los rumores en la población de que se podía producir un hecho que alterara el orden público, motivo por el cual se procedió a abandonar las instalaciones de la alcaldía, dice que estando ya en su casa se escucharon en varias oportunidades disparos. Asegura que no recibió información por parte del Comandante de la Policía sobre la presunta nueva incursión de grupos armados al margen de la Ley. El no dio la orden de desocupar las instalaciones, agrega que los mismo funcionarios se alertaron y se fueron, asegura no haber visto gente extraña ni armada en el trayecto de la Alcaldía a su casa. Expresa, que escuchó decir a la población que el fluido eléctrico se interrumpió por un disparo de la policía a un transformador, pero no sabe cual transformador. Agrega, que escucharon disparos inicialmente por el lado del río, después al parecer del lado del tanque y de la Estación de Policía, ya en la noche no sabe de donde provenía los disparos. (folios 129 a 131 del c.o. No. 1.). 11
20.) Diligencia de declaración juramentada rendida por el Patrullero de la Policía Nacional WILSON BASTIDAS GAVILANES, quien expuso que el día 17 de abril de 1998 en horas de la tarde el TE SARMIENTO los reunió y les solicitó que se ubicaran en sus sitios de facción porque la situación estaba tensa, dice que él le tocó la garita que esta ubicada en el parque y que como a las 5:30 de la tarde se escucharon unos disparos del lado de la Virgen, menciona que se guiaba más por el sonido de donde provenían los disparos, porque no se miraba, agrega que la arremetida se perpetró desde el islote, de la Virgen y de los talleres de la Alcaldía, ubicados por la parte de atrás de la Estación de Policía. Afirmó que al caer la noche ya no solo oía sino que veía los fogonazos y que procedían del islote. afirma que cuando se alistaron en los sitios de facció
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