PGN - PRINCIPIO DE LEGALIDAD - Su aplicación refiere a que nadie puede ser juzgado sino en virt
Procuraduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- PGN - PRINCIPIO DE LEGALIDAD - Su aplicación refiere a que nadie puede ser juzgado sino en virt
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
PROCURADURÍA DELEGADA DISCIPLINARIA PARA LA DEFENSA DE LOS
DERECHOS HUMANOS
Radicación: 008-63729
Disciplinado: SS. Jesús Mandón Pallares y otros
Entidad: Ejército Nacional Quejoso: Francisco Vega Carvajalino Fecha de la queja: 28 de agosto de 2000
Fecha de los Hechos: 18 de agosto de 2000
Asunto: Torturas y Doble Homicidio.
Bogotá D.C., 16 de abril de 2004
A C T U A C I Ó N.
Procede esta Procuraduría Delegada a evaluar la Investigación Disciplinaria seguida dentro del radicado 008-63729
HECHOS.
De acuerdo con la queja presentada por el señor Francisco Vega Carvajalino el 18 de agosto de 2000, su hijo Dios Helí Vega Carrascal junto con su sobrino Wilmar Carrascal Vega se encontraban en una cantina ubicada en el barrio Acolsure de Ocaña y al día siguiente a las 10 a.m. les informaron que los dos muchachos habían aparecido muertos en el sector conocido como Mortiño. Se enteró por parte de Denis Carreño que su hijo y su sobrino habían estado junto con él en la cantina y que como a eso de las 7 de la noche le dio hambre y salió solo, pues los compañeros se quedaron en la cantina, que cuando regresó, la cantina estaba llena de miembros del Ejército y todo rodeado y cuando se acercó, lo retuvieron y lo golpearon y le taparon la cara y le maniataron los pies y no pudo ver a sus compañeros con los que estaba tomando en la cantina; le comentó también que a
él se lo llevaron para el Batallón pero no le dijo en qué, porque le habían encontrado una pistola y él les había dicho que la cargaba por defensa personal y que del Batallón lo trasladaron para la Cárcel Modelo de Ocaña . También le hizo saber que el arma que tenía se la había encargado al cantinero pero que cuando regresó y se encontró con el Ejército, estos ya tenían su arma en las manos. En cuanto a las actividades de su hijo, expresa que él se dedicaba a la agricultura, que era tan solo un muchacho de 17 años.
SÍNTESIS DE LA PRUEBA RECAUDADA.
Oficio 857 del 26 de febrero de 2001 en el que se da a conocer que la operación militar en la que se capturó a Denys Carreño estuvo al mando del SS. Mandón Payares Jesús. (fl. 6). Oficio 257 suscrito por el T.C. Luis Fernando Rincón Rincón, Comandante del Batallón de Infantería No. 5 Santander, por medio del cual se pone a disposición del Fiscal de turno de Ocaña a Denis Carreño Rodríguez, capturado el 18 de agosto de 2000 a las 20 horas en el casco urbano de Ocaña por estar alterando el orden público y porque según informaciones de inteligencia, pertenece a las milicias urbanas de la ONT - EPL, quien iba a aplicar el plan pistola consistente en que se realizaría un atentado contra el obispo de la localidad. También se hace saber que se le incautó una pistola, proveedor y cartuchos y se puso a disposición del funcionario judicial una moto marca yamaha DT 175 de placas QBZ-98
Colombia color roja. Copia del informe de entrevista realizado con el capturado Denis Carreño Rodríguez (fls. 10 y 11). Historia clínica del interno Denis Carreño Rodríguez practicado en la Cárcel Modelo de Ocaña (fl. 14). Oficio 591 de agosto 22 de 2000 suscrito por la Fiscal Tercera Delegada en turno de Ocaña dirigido a la Unidad de Fiscalía Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de esa ciudad al cual se anexan documentos correspondientes a la retención de Denis Carreño Rodríguez por el delito de Porte Ilegal de Armas. Se deja a su disposición al retenido, junto con la motocicleta Yamaha DT175 de placas QBZ de color roja, una pistola calibre 22, ocho cartuchos calibre 22, un proveedor calibre 22 y la tarjeta de propiedad HYT-87 Suzuki TS 125 y un llavero con dos llaves (fl. 15). Fotocopia de la licencia de tránsito 005570 correspondiente a la moto HYT-87 marca Suzuki línea TS 125, servicio particular (fl. 16). Examen médico practicado por el médico del Batallón de Infantería No. 15 Santander, a Denis Carreño Rodríguez en el que se da cuenta de algunas señales de las lesiones que presenta (fl. 19). Constancia de buen trato suscrito por Denis Carreño Rodríguez (fl. 20). Acta Derechos del Capturado suscrita por Denis Carreño Rodríguez (fl 21). Auto proferido por la Fiscalía Tercera Delegada en turno de disponibilidad de
Ocaña, fechado el 19 de agosto de 2000, en el que se deja a disposición de la Fiscalía Delegada ante los Jueces Penales del Circuito una tarjeta de propiedad de la motocicleta HYT-87 Suzuki, TS125 modelo 1998, entre otros elementos., documento este del que no se dejó constancia en el informe policivo que conoció el caso (fl.22). Declaración del SS. Michael Barbosa Rivera. Relata las circunstancias en que fue capturado el sujeto Denis Carreño Rodríguez a quien se le incautó una arma de fuego automática y se lo sindicaba de ser miembro de las milicias e intentaba ejecutar el plan pistola contra un obispo (fl. 23). Indagatoria rendida por Denis Carreño Rodríguez. Comenta la forma como fue capturado, dice que no le encontraron armas porque la pistola que tenía se la había encargado al cantinero. Explica que estaba en compañía de Dios Helí Vega Carrascal y Wilmar Carrascal Vega, que salió del bar con una de las muchachas que laboraban allí para acompañarla a comprar unos preservativos y cuando regresó había mucha gente en el Bar y miembros del Ejército Nacional, que lo requisaron y le hacían señalamientos de pertenecer al E.P.L. y que de golpearlo lo condujeron al Batallón y allí amaneció. Dice que después se enteró que a los muchachos con los que se encontraba los hallaron muertos pero que desconoce a sus autores. Agrega que al momento de la captura perdió sus papeles entre los que tenía su cédula y la tarjeta de propiedad de la moto. Dice que compró el arma
porque en la vereda donde vive tiene unos enemigos de apellido Acosta. Niega pertenecer al E.P.L. y estar perseguido por los paramilitares (fl. 28). Declaración de David Alonso Quintero. Uno de los administrador del Bar La Terraza, dice que ese viernes no atendió el Bar y se pasó viendo televisión toda la tarde. No recuerda haber atendido a tres personas con aspecto campesino, tampoco recuerda haber recibido una pistola de parte de uno de los campesinos. Sin embargo, declara que le parece que uno de los muchachos salió con una de las trabajadoras del Bar en una moto. Recuerda que a eso de las 6 de la tarde llegaron varios soldados uniformados del Ejército Nacional a requisar y a pedir papeles. Precisa que el Bar la Terraza es atendido por tres administradores incluido él (fl. 38). Declaración del Soldado Voluntario Medardo Ríos Díaz. Dice que el Sargento Mandón recibió una llamada en la que le informaban que había un muchacho con una pistola por lo que le encomendó que lo fuera a capturar, que en cumplimiento de la orden salió de civil junto con el sargento Mandón, Hernández y el Sargento Barbosa. Que el muchacho llegó en una moto roja con una muchacha y cuando lo requisaron le encontraron una pistola. Que ellos andaban desde el año pasado detrás de un muchacho que andaba en una moto roja porque decían que era del E.P.L.. Reconoció la moto y el arma que se le pusieron de presente (fl. 41). Declaración del SS. Jesús Naín Mandón Pallares. Hace un relato de la forma
como fue capturado Denis Carreño Rodríguez. No tiene precisión de cómo se incautó el arma de fuego, su exposición en este punto es confusa. Señala que el capturado presentó resistencia lo que originó un forcejeo con el Sargento Barbosa. Dice que decidieron preguntarle, sin precisar sobre qué, pero que contestó que no pertenecía a ningún grupo. En relación con los documentos incautados al capturado expresó textualmente: “...cuando regresamos al dos se le regresó los documentos, una cédula y otro documento, no recuerdo cuáles pero yo les entregué eso a los que estaban haciendo el informe porque yo al otro día viajé para Cúcuta (fl. 44). Declaración de Jaime Pérez Coronel, con fecha 4 de septiembre de 2000. Dice ser primo de Denis y quien le vendió, hace dos meses, una moto Yamaha DT 175 color roja. Anexa copia del contrato de compraventa cuando la adquirió de José Antonio Vergel Rosso (fl. 58). Copia del contrato de compraventa de la moto yamaha color roja celebrado entre José Antonio Vergel Rosso y Jaime Pérez Coronel (fl. 59). Copia de la tarjeta de propiedad No. 005889 de la motocicleta Yamaha DT-175 color rojo a nombre de Ermin Abel Durán Acosta (fl. 63). Informe No. 703 fechado el 19 de agosto de 2000 presentado por el Investigador Judicial Rulfo Ardila Trujillo en relación con las actas de levantamiento de cadáveres 087 y 088 correspondientes a los occisos Dios Helí Vega Carrascal y Gilmar Carrascal Vega, en el que se hace saber que entre los documentos
hallados al cadáver de Gilmar aparece la tarjeta de propiedad de la moto Yamaha DT 175 color rojo placas QBZ (fl.74 ss.). Informe fotográfico de la inspección judicial a los cadáveres de Gilmar Carrascal Vega y de Dios Helí Vega Carrascal (fls. 80 ss.). Declaración de Denis Carreño Rodríguez rendida ante la Fiscalía Delegada ante los jueces penales del Circuito de Ocaña. Comenta en relación con las circunstancias en que fue capturado por miembros del Ejército Nacional. Dice que se encontraba tomando en la cantina “La Terraza”, con Gilmar y Dios Helí, desde las 3 y media de la tarde y a las seis y media salió a acompañar a una de las empleadas del Bar, al centro, a comprar unos preservativos y cuando regresó lo retuvo el Ejército Nacional y ya no volvió a saber nada de sus amigos hasta el otro día cuando en la Cárcel Modelo se enteró que los habían matado sin tener idea de quiénes pudieron ser los autores. Explica que sus amigos eran agricultores y no estaba enterado que estuvieran amenazados o que hayan tenido enemigos. Precisa que él se desplazaba en una moto roja y Gilmar en otra moto color blanca. Dice que cuando lo capturaron perdió sus papeles y que no sabe porqué la tarjeta de propiedad de su moto apareció en la cartera de uno de sus amigos que encontraron muerto. (fls.85 ss.). Protocolo de necropsia de Gilmar Carrascal Vega (fls. 88 ss). Protocolo de necropsia de Dios Helí Vega Carrascal (fls. 94 ss.). Denuncia presentada por el SV. Constantino Ríos Bonfante, suboficial de Derechos Humanos del Batallón de Infantería No. 15 Santander, por la muerte de
los jóvenes Gilmar y Dios Helí en contra de grupos ilegales de autodefensas (fl. 99). Informe 930 del CTI en el que se da cuenta que se entrevistaron con Denis Carreño y en el que se sugiere practicar algunas diligencias (fl. 101). Informe 962 del CTI fechado el 26 de octubre de 2000 en el que se hace saber que no ha sido posible dar con el paradero de la moto Suzuki TS 125 color blanca HYT87 Colombia (fl. 103). Oficio 1248 del 13 de diciembre de 2000 de la Subsijin de Ocaña en el que se informa que por intermedio de Radio Catatumbo se citó a los familiares de las víctimas para escucharlos en declaración, pero que los resultados fueron negativos (fl. 104). Oficio fechado el 22 de marzo de 2001 suscrito por el Médico de la Cárcel del Circuito de Ocaña en el que se anota que el 24 de agosto de 2000 al interno Denis Carreño Rodríguez se le practicó examen, encontrándole politraumatismos producidos por arma contundente (fl. 109). Oficio 1047 de marzo 14 de 2001 suscrito por el oficial S3 del Batallón Santander, en el que presenta información acerca de cómo se produjo la captura de Denis y señala que en el operativo participaron el SS. Mandón Payares Jesús, el SS. Barbosa Rivera Michael y el SLV. Ríos Díaz Medardo. Comenta que a dicho operativo no se le hizo orden de operaciones debido a la hora y circunstancias (fl. 110). Oficio 257 del 19 de agosto de 2000, por medio del cual se coloca a disposición
del Fiscal de turno a un capturado y una moto Yamaha color roja (fl.111). Declaración de Francisco Vega Carvajalino, padre y tío de las víctimas. Dice que ellos quedaron en la cantina “La Terraza” y dice que todo lo que sabe es por comentarios que le hizo Denis quien se encontraba con Dios Helí y con Gilmar (fls.115 ss.). Declaración de Denis Carreño Rodríguez ante la Procuraduría Provincia de Ocaña. Hace un relato de la forma como fue capturado y maltratado por parte de miembros del Ejército Nacional quienes lo acusaban de pertenecer al E.P.L.. Dice que lo llevaron al Batallón en un Jeep color verde con vidrios oscuros. Señala que los militares también portaban pistolas con las que lo amenazaban de muerte. Comenta que los militares lo tuvieron frente al Bar durante una hora mas o menos, hasta las 8 u 8 y media y al Batallón llegaron como faltando un cuarto para las nueve (fls. 117 ss.). Declaración de Jhon Jairo Becerra Torres. Otro de los cantineros del bar La Terraza. Dice que quien atiende el negocio es su padre de crianza de quien no suministró su nombre, que los encargados de servir las mesas eran David Quintero y otro apodado “Tuto”, explica que el día de los hechos no estaba en el bar porque se dedicó a jugar fútbol en “El Bambo”, y que en el bar estaban trabajando “Patricia” y “Carlota”. Dice no recordar acerca de las muertes que se investigan (fl. 120) Declaración de David Alonso Quintero, cantinero del bar La Terraza, comenta que
sí estuvo en el bar el día de los hechos aunque no estaba trabajando, que le parece que allí estaban los muchachos por los que se le preguntaba, pero advierte que no los atendió directamente, dice que a eso de las 7 de la noche, cuando ya habían quitado la luz (racionamiento) llegaron varios uniformados y otros de civil y uno de ellos les gritó que cerraran el negocio quedando afuera los muchachos que estaban en el bar y añade que le parece que a los muchachos los capturaron y que él se quedó dentro del bar y sólo escuchaba el tropel de los que llegaron. Dice que los uniformados no entraron al bar y todo ocurrió afuera. Comenta que por los uniformes que portaban podían ser del Ejército Nacional. Que todo el episodio duró unos 10 minutos. Precisa que quien atendió a los muchachos fue el cantinero al que lo apodan “Tuto”. Aclara que sí habían dos motos pero que no sabe quién se los llevó y finaliza diciendo: “...que yo recuerde, esa noche sólo estaban esos muchachos en el bar y algunas muchachas que trabajaban allí...Patricia y Mariela..”. De las pruebas allegadas al informativo, existen serios indicios que comprometen, hasta este estadio procesal, la responsabilidad de los SS. Mandón Payares Jesús, el SS. Barbosa Rivera Michael y el SLV. Ríos Díaz Medardo, adscritos para la fecha de los hechos al Batallón de Infantería No. 15 Santander, con sede en Ocaña, por su presunta participación en las torturas de las que al parecer fue víctima Denis Carreño Rodríguez y en los homicidios de Dios Helí Vega Carrascal
y Gilmar Carrascal Vega. De las pruebas allegadas al informativo todo indica, hasta este estadio procesal, que el 18 de agosto de 2000 los jóvenes Denis Carreño Rodríguez, Dios Heli Vega Carrascal y Gilmar Carrascal Vega estuvieron departiendo unas copas de licor en un bar ubicado en el Barrio Acolsure del municipio de Ocaña desde mas o menos las 3 de la tarde. A las 6 p.m., aproximadamente, Denis Carreño salió con una trabajadora sexual y le dijo a sus compañeros que lo esperaran para irse juntos a la vereda donde residían. Cuando regresó al local comercial, 20 o 30 minutos después, observó a varios militares entre los que se encontraban el SS. Jesús Mandón Payares, el SS. Michael Barbosa Rivera y el SL. Medardo Ríos Díaz, quienes lo interceptaron, lo requisaron, le quitaron sus documentos, le decomisaron su motocicleta, le incautaron una pistola con proveedor y lo sometieron a tratos inhumanos, sindicándolo de pertenecer a las milicias urbanas del EPL de las que se afirma, dentro del “Plan Pistola”, iban a realizar un atentado contra el obispo de la localidad. Al día siguiente, en la vía que de Ocaña conduce al Corregimiento de Pueblo Nuevo, sector donde se halla la finca conocida como “El Mortiño”, fueron hallados los cadáveres de quienes en vida respondían a los nombres de Dios Heli Vega Carrascal y Gilmar Carrascal Vega, es decir, los compañeros de farra de Denis Carreño, con la “particularidad” que entre los documentos encontrados al cadáver de Gilmar Carrascal se hallaba la tarjeta de propiedad de la moto Yamaha DT175,
color roja, de placas QBZ-98, esto es, la de propiedad de Denis Carreño. Por su parte entre los documentos anexados a la investigación penal por porte ilegal de armas iniciado en contra de Denis Carreño, entre otros elementos se aportó, por parte de los captores, la tarjeta de propiedad de la motocicleta marca Suzuki, TS-125 de placas HYT-87, es decir, la de propiedad de Gilmar Carrascal. Lo anterior no fue suficientemente explicado por los militares comprometidos y si a esto se añade que estos hicieron presencia en el lugar donde los jóvenes Carrascal Vega y Vega Carrascal se hallaban libando licor, último sitio donde fueron vistos con vida se tiene que existen elementos de juicio suficientes para que respondan por los siguientes cargos así:
DE LOS CARGOS.
Jesús Mandón Payares En su calidad de Sargento Segundo del Ejército Nacional, adscrito para la fecha de los hechos al Batallón de Infantería No. 15 “Santander”, encontrándose al mando de la operación militar que determinó la captura del señor Denis Carreño ocurrida el 18 de agosto de 2000 en el municipio de Ocaña, Norte de Santander, al parecer, participó en los malos tratos constitutivos de torturas de los que fuera sujeto pasivo el señor Denys Carreño, consistentes en haberlo golpeado en diversas partes del cuerpo, le colocaron una bolsa en la cabeza par impedirle que respirara, con el aparente propósito de lograr que este confesara pertenecer al grupo subversivo EPL. Así mismo al parecer también participó en el doble
homicidio del que fueran víctimas Gilmar Carrascal Vega y Dios Heli Vega Carrascal, cuyos cadáveres fueron hallados a las afueras del municipio de Ocaña en una vía junto a la finca El Mortiño el 19 de agosto de 2000 a uno de cuyos cuerpos, entre los documentos que portaba le fue hallada la tarjeta de propiedad de la motocicleta del retenido Denis Carreño y a los que el último momento en que se los vio con vida fue cuando departían licor en una cantina de Ocaña, hasta cuando hicieron presencia en ese lugar los militares al mando del Sargento Segundo Mandón Payares. Michael Barbosa Rivera En su calidad de Sargento Segundo del Ejército Nacional, adscrito para la fecha de los hechos al Batallón de Infantería No. 15 “Santander”, en desarrollo de la operación militar que determinó la captura del señor Denis Carreño ocurrida el 18 de agosto de 2000 en el municipio de Ocaña, Norte de Santander, al parecer, participó en los malos tratos constitutivos de torturas de los que fuera sujeto pasivo el señor Denys Carreño, consistentes en haberlo golpeado en diversas partes del cuerpo, le colocaron una bolsa en la cabeza para impedirle que respirara, con el aparente propósito de lograr que este confesara pertenecer al grupo subversivo EPL. Así mismo, al parecer, también participó en el doble homicidio del que fueran víctimas Gilmar Carrascal Vega y Dios Heli Vega Carrascal, cuyos cadáveres fueron hallados a las afueras del municipio de Ocaña en una vía junto a la finca El Mortiño el 19 de agosto de 2000, a uno de cuyos
cuerpos, entre los documentos que portaba, le fue hallada la tarjeta de propiedad de la motocicleta del retenido Denis Carreño y a los que el último momento en que se los vio con vida fue cuando departían licor en una cantina de Ocaña, hasta cuando hicieron presencia en ese lugar los militares al mando del Sargento Segundo Mandón Payares. Medardo Ríos Díaz En su calidad de Soldado Voluntario del Ejército Nacional, adscrito para la fecha de los hechos al Batallón de Infantería No. 15 “Santander”, en desarrollo de la operación militar que determinó la captura del señor Denis Carreño ocurrida el 18 de agosto de 2000 en el municipio de Ocaña, Norte de Santander, al parecer, participó en los malos tratos constitutivos de torturas de los que fuera sujeto pasivo el señor Denys Carreño, consistentes en haberlo golpeado en diversas partes del cuerpo, le colocaron una bolsa en la cabeza para impedirle que respirara, con el aparente propósito de lograr que este confesara pertenecer al grupo subversivo EPL. Así mismo, al parecer, también participó en el doble homicidio del que fueran víctimas Gilmar Carrascal Vega y Dios Heli Vega Carrascal, cuyos cadáveres fueron hallados a las afueras del municipio de Ocaña en una vía junto a la finca El Mortiño el 19 de agosto de 2000, a uno de cuyos cuerpos, entre los documentos que portaba, le fue hallada la tarjeta de propiedad de la motocicleta del retenido Denis Carreño y a los que el último momento en que se los vio con vida fue cuando departían licor en una cantina de Ocaña, hasta
cuando hicieron presencia en ese lugar los militares al mando del Sargento Segundo Mandón Payares.
PRUEBAS QUE RESPALDAN LOS CARGOS.
Los cargos imputados encuentran respaldo especialmente en las siguientes probanzas: Oficio 857 del 26 de febrero de 2001 en el que se da a conocer que la operación militar en la que se capturó a Denys Carreño estuvo al mando del SS. Mandón Payares Jesús. (fl. 6). Oficio 257 suscrito por el T.C. Luis Fernando Rincón Rincón, Comandante del Batallón de Infantería No. 5 Santander, por medio del cual se pone a disposición del Fiscal de turno de Ocaña a Denis Carreño Rodríguez, capturado el 18 de agosto de 2000 a las 20 horas en el casco urbano de Ocaña por estar alterando el orden público y porque según informaciones de inteligencia, pertenece a las milicias urbanas de la ONT - EPL, quien iba a aplicar el plan pistola consistente en que se realizaría un atentado contra el obispo de la localidad. También se hace saber que se le incautó una pistola, proveedor y cartuchos y se puso a disposición del funcionario judicial una moto marca yamaha DT 175 de placas QBZ-98 Colombia color roja. Copia del informe de entrevista realizado con el capturado Denis Carreño Rodríguez (fls. 10 y 11). Historia clínica del interno Denis Carreño Rodríguez practicado en la Cárcel Modelo de Ocaña (fl. 14). Oficio 591 de agosto 22 de 2000 suscrito por la Fiscal Tercera Delegada en turno
de Ocaña dirigido a la Unidad de Fiscalía Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de esa ciudad al cual se anexan documentos correspondientes a la retención de Denis Carreño Rodríguez por el delito de Porte Ilegal de Armas. Se deja a su disposición al retenido, junto con la motocicleta Yamaha DT175 de placas QBZ de color roja, una pistola calibre 22, ocho cartuchos calibre 22, un proveedor calibre 22 y la tarjeta de propiedad HYT-87 Suzuki TS 125 y un llavero con dos llaves (fl. 15). Fotocopia de la licencia de tránsito 005570 correspondiente a la moto HYT-87 marca Suzuki línea TS 125, servicio particular (fl. 16). Examen médico practicado por el médico del Batallón de Infantería No. 15 Santander, a Denis Carreño Rodríguez en el que se da cuenta de algunas señales de las lesiones que presenta (fl. 19). Auto proferido por la Fiscalía Tercera Delegada en turno de disponibilidad de Ocaña, fechado el 19 de agosto de 2000, en el que se deja a disposición de la Fiscalía Delegada ante los Jueces Penales del Circuito una tarjeta de propiedad de la motocicleta HYT-87 Suzuki, TS125 modelo 1998, entre otros elementos., documento este del que no se dejó constancia en el informe policivo que conoció el caso (fl.22). Indagatoria rendida por Denis Carreño Rodríguez. Comenta la forma como fue capturado, dice que no le encontraron armas porque la pistola que tenía se la había encargado al cantinero. Explica que estaba en compañía de Dios Helí Vega
Carrascal y Wilmar Carrascal Vega, que salió del bar con una de las muchachas que laboraban allí para acompañarla a comprar unos preservativos y cuando regresó había mucha gente en el Bar y miembros del Ejército Nacional, que lo requisaron y le hacían señalamientos de pertenecer al E.P.L. y que de golpearlo lo condujeron al Batallón y allí amaneció. Dice que después se enteró que a los muchachos con los que se encontraba los hallaron muertos pero que desconoce a sus autores. Agrega que al momento de la captura perdió sus papeles entre los que tenía su cédula y la tarjeta de propiedad de la moto. Dice que compró el arma porque en la vereda donde vive tiene unos enemigos de apellido Acosta. Niega pertenecer al E.P.L. y estar perseguido por los paramilitares (fl. 28). Declaración de David Alonso Quintero. Uno de los administrador del Bar La Terraza, dice que ese viernes no atendió el Bar y se pasó viendo televisión toda la tarde. No recuerda haber atendido a tres personas con aspecto campesino, tampoco recuerda haber recibido una pistola de parte de uno de los campesinos. Sin embargo, declara que le parece que uno de los muchachos salió con una de las trabajadoras del Bar en una moto. Recuerda que a eso de las 6 de la tarde llegaron varios soldados uniformados del Ejército Nacional a requisar y a pedir papeles. Precisa que el Bar la Terraza es atendido por tres administradores incluido él (fl. 38). Declaración de Jaime Pérez Coronel, con fecha 4 de septiembre de 2000. Dice ser primo de Denis y quien le vendió, hace dos meses, una moto Yamaha DT 175
color roja. Anexa copia del contrato de compraventa cuando la adquirió de José Antonio Vergel Rosso (fl. 58). Copia del contrato de compraventa de la moto yamaha color roja celebrado entre José Antonio Vergel Rosso y Jaime Pérez Coronel (fl. 59). Copia de la tarjeta de propiedad No. 005889 de la motocicleta Yamaha DT-175 color rojo a nombre de Ermin Abel Durán Acosta (fl. 63). Informe No. 703 fechado el 19 de agosto de 2000 presentado por el Investigador Judicial Rulfo Ardila Trujillo en relación con las actas de levantamiento de cadáveres 087 y 088 correspondientes a los occisos Dios Helí Vega Carrascal y Gilmar Carrascal Vega, en el que se hace saber que entre los documentos hallados al cadáver de Gilmar aparece la tarjeta de propiedad de la moto Yamaha DT 175 color rojo placas QBZ (fl.74 ss.). Declaración de Denis Carreño Rodríguez rendida ante la Fiscalía Delegada ante los jueces penales del Circuito de Ocaña. Comenta en relación con las circunstancias en que fue capturado por miembros del Ejército Nacional. Dice que se encontraba tomando en la cantina “La Terraza”, con Gilmar y Dios Helí, desde las 3 y media de la tarde y a las seis y media salió a acompañar a una de las empleadas del Bar, al centro, a comprar unos preservativos y cuando regresó lo retuvo el Ejército Nacional y ya no volvió a saber nada de sus amigos hasta el otro día cuando en la Cárcel Modelo se enteró que los habían matado sin tener idea de quiénes pudieron ser los autores. Explica que sus amigos eran agricultores y no
estaba enterado que estuvieran amenazados o que hayan tenido enemigos. Precisa que él se desplazaba en una moto roja y Gilmar en otra moto color blanca. Dice que cuando lo capturaron perdió sus papeles y que no sabe porqué la tarjeta de propiedad de su moto apareció en la cartera de uno de sus amigos que encontraron muerto. (fls.85 ss.). Protocolo de necropsia de Gilmar Carrascal Vega (fls. 88 ss). Protocolo de necropsia de Dios Helí Vega Carrascal (fls. 94 ss.). Oficio fechado el 22 de marzo de 2001 suscrito por el Médico de la Cárcel del Circuito de Ocaña en el que se anota que el 24 de agosto de 2000 al interno Denis Carreño Rodríguez se le practicó examen, encontrándole politraumatismos producidos por arma contundente (fl. 109). Oficio 1047 de marzo 14 de 2001 suscrito por el oficial S3 del Batallón Santander, en el que presenta información acerca de cómo se produjo la captura de Denis y señala que en el operativo participaron el SS. Mandón Payares Jesús, el SS. Barbosa Rivera Michael y el SLV. Ríos Díaz Medardo. Comenta que a dicho operativo no se le hizo orden de operaciones debido a la hora y circunstancias (fl. 110). Declaración de Francisco Vega Carvajalino, padre y tío de las víctimas. Dice que ellos quedaron en la cantina “La Terraza” y dice que todo lo que sabe es por comentarios que le hizo Denis quien se encontraba con Dios Helí y con Gilmar (fls.115 ss.).
Declaración de Denis Carreño Rodríguez ante la Procuraduría Provincia de Ocaña. Hace un relato de la forma como fue capturado y maltratado por parte de miembros del Ejército Nacional quienes lo acusaban de pertenecer al E.P.L.. Dice que lo llevaron al Batallón en un Jeep color verde con vidrios oscuros. Señala que los militares también portaban pistolas con las que lo amenazaban de muerte. Comenta que los militares lo tuvieron frente al Bar durante una hora mas o menos, hasta las 8 u 8 y media y al Batallón llegaron como faltando un cuarto para las nueve (fls. 117 ss.). Declaración de Jhon Jairo Becerra Torres. Otro de los cantineros del bar La Terraza. Dice que quien atiende el negocio es su padre de crianza de quien no suministró su nombre, que los encargados de servir las mesas eran David Quintero y otro apodado “Tuto”, explica que el día de los hechos no estaba en el bar porque se dedicó a jugar fútbol en “El Bambo”, y que en el bar estaban trabajando “Patricia” y “Carlota”. Dice no recordar acerca de las muertes que se investigan (fl. 120) Declaración de David Alonso Quintero, cantinero del bar La Terraza, comenta que sí estuvo en el bar el día de los hechos aunque no estaba trabajando, que le parece que allí estaban los muchachos por los que se le preguntaba, pero advierte que no los atendió directamente, dice que a eso de las 7 de la noche, cuando ya habían quitado la luz (racionamiento) llegaron varios uniformados y otros de civil y
uno de ellos les gritó que cerraran el negocio quedando afuera los muchachos que estaban en el bar y añade que le parece que a los muchachos los capturaron y que él se quedó dentro del bar y sólo escuchaba el tropel de los que llegaron. Dice que los uniformados no entraron al bar y todo ocurrió afuera. Comenta que por los uniformes que portaban podían ser del Ejército Nacional. Que todo el episodio duró unos 10 minutos. Precisa que q
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.