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PGN - Resolución 006 de 2009

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 006 de 2009
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2009

Le dan alcance la Circular 20 y 42 de Le dan alcance las Resoluciones 3 2.007, Resoluciones 292 de 2.006,293 de del 2.009,224 de 2011,326 de 2.006,342 de 2006,404 de 2.008,434 de 2011,389 de 2012,394 de 2.008 2011,448 de 2012,454 de 2012,251 de 214 y los Memorandos 5 y 6 de 2013,33 de 2014 RESOLUCION NÚMERO 006 (-9 ENERO 2009) "Por la cual se designan unos representantes de la entidad en el Comité de la Zona Norte para la mediación de conductas que pueden constituir acoso laboral en la zona norte y se aclara el alcance de las Resoluciones No. 293 y 342 del 20 de octubre y 24 de noviembre de 2006" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los numerales 6,7,11,34 y 38 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000, y, CONSIDERANDO Que el Procurador General de la Nación, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 1010 de 2006 expidió la resolución 292 de 2006, por medio de la cual ”se adoptan medidas preventivas y correctivas en situaciones de acoso laboral, se establece un procedimiento interno para superar las que ocurran en la Procuraduría General de la Nación y se crean unos comités mediadores en la resolución de conflictos.” Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la resolución 292 de 2006,

se crearon los comités de mediación de conductas que pueden constituir acoso laboral tanto en el nivel central como territorial Que para el nivel territorial se estableció la conformación de un comité por cada zona en que se encuentre delimitada la Procuraduría General de la Nación (Norte, Noroccidental, Nororiental, Suroccidental, Suroriental). Que corresponde al Procurador General de la Nación designar los representantes de la entidad en los citados comités territoriales. Que mediante Resoluciones No. 293 y 342 del 20 de octubre y 24 de noviembre de 2006, se designaron los representantes de la entidad en los comités para la mediación de conductas que puedan constituir acoso laboral tanto en el nivel central como zonal, teniendo en cuenta unos cargos específicos y los titulares de los mismos. Que mediante escrito SIAF 312126 del cinco (5) de diciembre de 2008, el doctor OSWALDO DUQUE LUQUE, Presidente del Comité Mediador en asuntos de Acoso Laboral del Nivel Central, solicitó que toda vez que los representantes en el comité bipartito de la zona norte, doctor JAVIER FRANCISCO LIZCANO RIVASProcurador 14 Judicial II Administrativo de Barranquilla, quien obra como representante principal del comité- y el doctor MIGUEL ÁNGEL PARRA VILLARREAL -Procurador Regional del Atlántico, y representante ante el Comité como Primer Suplente-, fueron trasladados a otras regiones del país, sean designados sus correspondientes reemplazos. Que de conformidad con lo anterior, se designarán como representantes de la entidad ante el Comité Mediador de Conductas que puedan constituir Acoso Laboral

en la Zona Norte a los actuales titulares de los cargos de Procurador 14 Judicial II Administrativo de Barranquilla -doctor SIMÓN ACKERMAN SÁNCHEZy Procurador Regional Atlántico -doctora LUISA ROBLES DE ÁVILA-. Que en adelante y por razones de conveniencia administrativa, la representación de la entidad ante los Comités Mediadores en Asuntos de Acoso Laboral tanto del nivel central como zonal, será ejercida por quienes desempeñen los cargos designados en las Resoluciones No. 293 y 342 del 20 de octubre y 24 de noviembre de 2006, independientemente de que se presenten cambios en sus titulares, y sin necesidad de emitir actos administrativos adicionales. Que conforme a lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Designar como representantes ante el comité zonal norte para la mediación de conductas que puedan constituir acoso laboral, en reemplazo de sus anteriores titulares, a los siguientes servidores de la entidad:

Principal: Doctor SIMÓN ACKERMAN SÁNCHEZ, Procurador 14 Judicial II

Administrativo de Barranquilla

Primer Suplente: Doctora LUISA ROBLES DE ÁVILA, Procurador Regional del Atlántico ARTICULO SEGUNDO: En adelante y por razones de conveniencia administrativa, la representación de la entidad ante los Comités Mediadores en Asuntos de Acoso Laboral tanto del nivel central como zonal, será ejercida por quienes desempeñen los cargos designados en las Resoluciones No. 293 y 342 del 20 de octubre y 24 de noviembre de 2006.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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