PGN - Resolución 023 de 1995
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 023 de 1995
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 1995
RESOLUCIÓN NÚMERO 023 29 DIC. 1995
POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS MECANISMOS DE CONTROL PARA EL
PAGO, RECAUDO Y ADMINISTRACIÓN DE LA TASA RETRIBUTIVA DE
SERVICIOS CAUSADA POR LA EXPEDICIÓN DE LA TASA DE LOS CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA LEY 223 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1995 El Procurador General de la Nación en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las señaladas en el parágrafo 2º del artículo 178 de la Ley 223 del 20 diciembre de 1995, y C O N S I D E R A N D O Que la Ley 223 de 1995 creó una tasa retributiva de servicios causada por los certificados sobre antecedentes disciplinarios que expida la Procuraduría General de la Nación. Que la tasa retributiva de servicios equivale al 20% de un (1) salario mínimo legal diario vigente, al momento de expedir el certificado sobre antecedentes disciplinarios: Que el artículo 178 de la Ley 223 de 1995 dispone que cuando el valor que resulte de aplicar dicho porcentaje, arrojare fracciones de cien pesos ($100.00), se aproximará a la centena inmediatamente superior; Que el valor del salario mínimo legal diario vigente para el año de 1996 es de cuatro mil setecientos treinta pesos con cincuenta centavos ($4.730.50); Que los recursos provenientes de esta tasa retributiva deben ser recibidos por el Instituto de estudios del Ministerio Público, con destino exclusivo a implementar y
realizar programas de capacitación, mediante consignación en una cuenta especial; Que de conformidad con los literales b) del artículo 29 y a) del artículo 33 de la Ley 201 de 1995, corresponde tanto a la Dirección General como a la sección Administrativa del Instituto de Estudios del Ministerio Público velar y controlar los recursos y actividades financieras del mismo. R E SU E L V E ARTÍCULO 1º. Fijar en mil doscientos pesos ($1.200.00) moneda legal, el valor correspondiente a la tasa retributiva de servicios, causada por la expedición de certificado de antecedentes disciplinarios. PARÁGRAFO. Este valor se incrementará el 1º de cada año, proporcionalmente al aumento del salario mínimo legal diario. ARTÍCULO 2º. El valor recaudado por concepto de la tasa retributiva de servicios se consignará en la Cuenta Especial indicada y administrada por el Instituto de Estudios del Ministerio Público, para la implementación y realización de programas de capacitación orientados a optimizar los servicios que presta la Procuraduría General de la Nación. PARÁGRAFO. La Sección Administrativa del Instituto de estudios del Ministerio Público controlará el recaudo y destinación de los recursos provenientes de la tasa retributiva de los servicios de que trata esta Resolución. ARTÍCULO 3º. Están exentos de pago de la tasa retributiva de servicios los certificados de antecedentes disciplinarios solicitados por autoridades o servidores públicos para fines distintos a los de posesión o firma de contratos de preevasión de servicios con la Administración, y para fines exclusivamente oficiales.
ARTÍCULO 4º. La solicitud de antecedentes disciplinarios será presentada en al División Centro de Atención al Público – CAP-, en el horario establecido para tales efectos, o enviada por correo a dicha Dependencia ubicada en al carrera 5ª. Nº 15-60 piso 1º de Santafé de Bogotá, D.C., como también podrá hacerse ante las Procuradurías del orden territorial en donde se descentralice esta función, dependencias que enviarán mensualmente la relación y fotocopias de los respectivos comprobantes de pago con destino al Instituto de Estudios del Ministerio Público ya la División Centro de Atención al Público-CAP-. En cualquiera de los eventos anteriores, deberá acompañarse copia de la consignación del valor indicado en la presente Resolución.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995)
ORLANDO VASQUEZ VELÁSQUEZ
Procurador General de la Nación