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PGN - Resolución 027 de 2020

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 027 de 2020
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

PROCURADURIA

GENERAL DE LA MAC ION

(cid:9) 2 ! RESOLUCIÓN No. "Por medio de la cual se adopta el marco conceptual y los lineamientos de la metodología del "Manual Único de Rendición de Cuentas" del Gobierno Nacional, para la rendición de cuentas de la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con sus competencias y se dictan otras disposiciones" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las funciones constitucionales y legales establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y en el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, por medio de la cual dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública en Colombia, las entidades públicas tienen la obligación de formular un Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano - PAAC y proponer iniciativas dirigidas a combatir la corrupción mediante mecanismos que faciliten su prevención, control y seguimiento. Que el mencionado artículo fue reglamentado por el Decreto 2641 de 2012, norma que señaló la metodología para diseñar y hacer seguimiento a la lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano, determinando que la misma es la establecida en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano contenida en el documento "Estrategias para /a Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano". Que el artículo 4 del mencionado Decreto señala que la máxima autoridad de la

entidad u organismo velará directamente porque se implementen las disposiciones contenidas en ese documento. Que de conformidad con el instructivo para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, "Estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano", el PAAC está integrado por políticas autónomas e independientes, que gozan de metodologías para su implementación con parámetros y soportes normativos propios. Este PAAC "(...) lo integran las siguientes políticas públicas: a) Gestión del Riesgo de Corrupción - Mapa de Riesgos de Corrupción y medidas para mitigar los riesgos. b) Racionalización de Trámites. c) Mecanismos para mejorar la Atención al Ciudadano. d) Rendición de Cuentas. e) Mecanismos para la Transparencia y Acceso a la Información". Que en concordancia con lo anterior, el artículo 52 de la Ley 1757 de 2015 señala que las entidades de la administración pública nacional y territorial, deberán elaborar anualmente una estrategia de rendición de cuentas, cumpliendo con los lineamientos 1 :eso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad: Código: REG - MCGC -016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018

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(cid:9) 27 RESOLUCIÓN No. j "Por medio de la cual se adopta el marco conceptual y los lineamientos de la metodología del "Manual Único de Rendición de Cuentas" del Gobierno Nacional, para la rendición de cuentas de la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con sus competencias y se dictan otras disposiciones"

del Manual Único de Rendición de Cuentas, la cual deberá ser incluida en el Plan Anticorrupción y de Atención a los Ciudadanos. Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 señala que le compete al Procurador General de la Nación expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para desarrollar las funciones atribuidas por la ley. Que de conformidad con el inciso final del artículo 78 de la Ley 1474 de 2011, todos los organismos de la Administración Pública tendrán que rendir cuentas de manera permanente a la ciudadanía, bajo los lineamientos de la metodología y contenidos mínimos establecidos por el Gobierno Nacional, los cuales han sido formulados por éste y constan en el "Manual Único de Rendición de Cuentas", expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Que para el caso de la Procuraduría General de la Nación, los lineamientos de dicha metodología le serán aplicables de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, debiendo adaptarse internamente a su gestión. Que de conformidad con el Decreto Ley 262 de 2000 y el Manual de Funciones de la Procuraduría General de la Nación, le corresponde al Jefe de la Oficina de Planeación, entre otras funciones, asesorar al Procurador General en la implementación de planes y programas para lograr los objetivos, y a las diferentes dependencias en la preparación y elaboración de planes, proyectos e informes técnicos y de gestión solicitados, conforme a los procedimientos establecidos para tal fin. Que en los lineamientos del Manual Único de Rendición de Cuentas, se recomienda conformar un equipo líder de rendición de cuentas, al interior de cada entidad.

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar para el diseño de la estrategia de rendición de cuentas de la Procuraduría General de la Nación, los lineamientos y el marco conceptual de la metodología del "Manual Único de Rendición de Cuentas" expedido por el Departamento Administrativo de la Función pública, en lo que le sea aplicable 2 :eso: Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG — MC—CC —016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018 PROCURADURIA GENERAL DE U CION RESOLUCIÓN No.(cid:9) 2 7 11 Lit ¿u/6 "Por medio de la cual se adopta el marco conceptual y los lineamientos de la metodología del "Manual Único de Rendición de Cuentas" del Gobierno Nacional, para la rendición de cuentas de la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con sus competencias y se dictan otras disposiciones" con sus competencias constitucionales y legales como órgano de control independiente.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Oficina Asesora de Planeación en cada vigencia establecerá la estrategia para la rendición de cuentas.

ARTÍCULO TERCERO: EQUIPO LIDER DE RENDICIÓN DE CUENTAS. El equipo líder de rendición de cuentas estará conformado, al menos, por los siguientes funcionarios: El Viceprocurador General de la Nación o su delegado.

El Procurador Delegado para las Entidades Territoriales y Diálogo Social o su delegado. El Secretario General o su delegado. El jefe de la Oficina de Planeación o su delegado.

El jefe de la Oficina de Prensa o su delegado. El jefe de la División de Registro, Control y Correspondencia o su delegado. ARTÍCULO CUARTO. COMUNICACIÓN. La Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación comunicará el presente acto administrativo a las dependencias de la entidad.

ARTÍCULO QUINTO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 463 de 2018.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 1 .1

Ca°4 ef

FERNANDO C(cid:9) ILLOJLO Z

Procurador General dlla Nación

Elaboró: Luzmila Fajardo Español) Oficina de Planeación(cid:9) wip Revisó: José Alirio Salinas / Jefe Oficina de Planeacio Revisó: Julieta Riveros o(cid:9) lez /Jefe Oficina Juridica 3 oceso. Mejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG — MC— GC — 016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018

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