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PGN - Resolución 064 de 2006

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 064 de 2006
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2006

RESOLUCIÓN NÚMERO 64

Aprueba la Resolución 03 de (10 MAR. 2006) 2006 cual Modifica parcialmente la Resolución 2 de 2003 Por la cual se aprueba la Resolución No 03 del 16 de febrero de 2006, por la cual se modifica parcialmente la Resolución No 2 de 7 de mayo de 2003, Reglamento de trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, en uso de sus atribuciones legales, y en especial la conferida en el numeral 2 del artículo 8 del Decreto-Ley 262 de 2000, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 32 del Decreto 01 de 1984, los reglamentos internos de derecho de petición, quejas y reclamos, expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernaciones y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación; Que el Presidente del Fondo de Financiamiento del Sector Agropecuario remitió a la Procuraduría General de la Nación, por medio de oficio No 2006005061, la Resolución No. 03 del 16 de febrero de 2006, "Por el cual se modifica parcialmente la Resolución No 2 de 7 de mayo de 2003. Reglamento de trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO. Que revisada la Resolución antes citada, se observa que su texto se ajusta en forma

íntegra a los principios establecidos en el Decreto 01 de 1984 y en las demás disposiciones que desarrollan el derecho de petición; RESUELVE: PRIMERO. APROBAR la Resolución N° 03 de 2006 que modifica parcialmente la Resolución No 2 de 2003. Reglamento de trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante FINAGRO. SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno. TERCERO. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., el 10 MAR. 2006

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación RI-O3-2006

MCZR/CRG

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