PGN - Resolución 1090 de 2019
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 1090 de 2019
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2019
PROCURADURIA GENERAL DE L4 NACION 0 9 0
RESOLUCIÓN No. 2(cid:9) 2019(cid:9) ) "Por medio de la cual se crea la coordinación de la gestión disciplinaria en materia de ordenamiento territorial y se asignan funciones a la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial de las establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y las previstas en los numerales 2, 6, 7, 8 y 38 y en el parágrafo único del artículo 7° del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política son funciones del Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; defender el interés público, los intereses de la sociedad; intervenir ante autoridades judiciales o administrativas y ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular, así como adelantar las investigaciones correspondientes e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley. Que el Procurador General de la Nación puede ejercer por sí mismo las funciones que le asigna la Constitución Política o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo 7° del Decreto 262 de 2000. Que, según lo previsto en el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, son facultades del
Procurador General de la Nación: "2. Formular las políticas generales y criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, actuación ante las autoridades administrativas y judiciales (...); 7. Expedir los actos administrativos, órdenes, Directivas y Circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones que le son atribuidas por la ley;
8. Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por las necesidades del servicio se requiera; 38. Organizar las dependencias de la Procuraduría General de la Nación para su adecuado funcionamiento Que de acuerdo con lo previsto en el parágrafo único del artículo 7 del referido Decreto las funciones y competencias que en dicho Decreto se atribuyen a las procuradurías delegadas, territoriales y judiciales, se ejercerán por estas sí el Procurador General resuelve asignarlas, distribuirlas o delegarlas en virtud de las facultades previstas en ese artículo. Así mismo, establece que el Procurador General de la Nación puede asumirlas en cualquier momento o delegarlas en otros funcionarios o dependencias de la entidad cuando lo considere necesario.
Que el Ministerio Público, como organismo de control y en cumplimiento de las funciones arriba enunciadas, considera que es necesario definir e implementar medidas más efectivas para prevenir acciones que atenten contra el correcto ordenamiento del territorio, así como
realizar las investigaciones y proferir las sanciones oportunas e idóneas cuando corresponda. 1
PROCURADURIA
GENERE DE LA NACO RESOLUCIÓN No.(cid:9) O 23 LiC 2u19 "Por medio de la cual se crea la coordinación de la gestión disciplinaria en materia de ordenamiento territorial y se asignan funciones a la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública" Que mediante Resolución 984 de 2019 se le otorgó a la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública competencia para adelantar actuaciones disciplinarias sobre asuntos relacionados con los procesos de ordenamiento territorial en los que por su alto impacto, trascendencia y relevancia la delegada considere pertinente actuar. Que todos los demás procesos disciplinarios que versen sobre la materia y no sean asumidos por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, se adelantarán por las Procuradurías Regionales, Provinciales y Distritales, conforme a la distribución de funciones y competencias del Decreto 262 de 2000 y las normas que lo reglamentan, motivo por el cual se hace necesario constituir un canal de comunicación entre la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública y las procuradurías territoriales. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- ESTABLECER, en cabeza de la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, la coordinación de los asuntos disciplinarios que se adelanten en materia de ordenamiento territorial por parte de las Procuradurías Regionales, Provinciales y Distritales. ARTÍCULO SEGUNDO.- La coordinación a que se refiere el artículo anterior, tendrá a su
cargo la articulación de las acciones a que haya lugar y el establecimiento de los lineamientos para la aproximación a los asuntos en materia de ordenamiento territorial. ARTÍCULO TERCERO.- COMUNICAR, por la Secretaría General de la entidad la presente Resolución, a los Procuradores Delegados, Regionales, Provinciales y Distritales y a la Oficina de Sistemas de la Procuraduría General de la Nación. ARTÍCULO CUARTO. — La presente Resolución rige a partir de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 23 DIC 2019 ¡FERNANDO CA RILLO Flgift Procurador General de la ación Elaboró Lucy /Poner koala / Asesom Procuradora' Delegada pare le Moralidad Publica Revisó Olga Luda Alfonso Velásquez / Procuradora Delegada para la Moralidad Pública p91_ 2