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PGN - Resolución 114 de 2022

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 114 de 2022
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

PROCURADURIA ERAL DE 1A NACION REsouxtórince. 1 1 4 ((cid:9) 08 ABR 2022(cid:9) ) "Por la cual se crea el Grupo Elite de Investigaciones Disciplinarias— GEID-, se establece su estructura y funciones y se dictan otras disposiciones" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que los artículos 275 y 277 de la Constitución Política establecen que la Procuradora General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público y ejerce sus funciones por sí o por medio de sus delegados o agentes. Que mediante Decreto Ley 262 de 2000 se modificó la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; se definió el régimen de competencias interno de la Procuraduría General de la Nación; se dictaron normas para su funcionamiento; y se regularon las diversas situaciones administrativas, entre otros. Que el numeral 2° del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000 -modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021-, faculta a la Procuradora General de la Nación para formular las políticas generales en materia de control disciplinario. Que el numeral 7° del artículo 7° Ibídem dispone que la Procuradora General de la Nación es competente para expedir los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad. Que el numeral 29 del artículo 7° Ibídem faculta a la Procuradora General de la Nación para crear grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad. Que el artículo 17 del Decreto Ley 262 de 2000 -modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021consagra las funciones del Viceprocurador General de la Nación. El parágrafo tercero de esta norma consagra que el Viceprocurador tendrá competencia preferente para asumir el conocimiento de cualquier proceso disciplinario de competencia de la Sala Disciplinaria de Instrucción, Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, procuradores delegados, regionales, distritales y provinciales. Que la Procuraduría General de la Nación se encuentra designada como autoridad central para los efectos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, por lo que la lucha contra la corrupción y la impunidad requieren de mecanismos eficaces y eficientes para evitar que las acciones u omisiones en ejercicio de la función pública atenten contra el interés general o particular, en beneficio propio o de un tercero. 1 PROCURADURIA MAI DE LA NACION RESOL1r115t0201. 1 ; 4 ((cid:9) 08 ABR 2022(cid:9) ) "Por la cual se crea el Grupo Elite de Investigaciones Disciplinarias— GEID-, se establece su estructura y funciones y se dictan otras disposiciones" Que con el fin de propender por la mitigación de los riesgos de corrupción, la transparencia en la gestión pública y atender de forma oportuna y efectiva los asuntos de trascendencia, impacto y urgencia nacional que afecten la contratación estatal, el patrimonio público o la moralidad administrativa o que impliquen actos de corrupción, se creará un grupo de trabajo disciplinario dedicado exclusivamente a investigar casos que así lo requieran. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: CREAR el Grupo Élite de Investigaciones Disciplinarias — GEIDadscrito al despacho del Viceprocurador General de la Nación.

ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO. El GEID deberá apoyar, asesorar, sustanciar y/o proyectar para consideración del Viceprocurador General de la Nación las decisiones que éste deba proferir en los procesos disciplinarios de su competencia, los asignados la Procuradora General de la Nación y/o aquellos que asuma en virtud de las facultades previstas en el parágrafo tercero del artículo 17 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 7 del Decreto 1851 de 2021.

ARTÍCULO TERCERO: CONFORMACIÓN. El GEID contará con un director, un coordinador, un equipo interdisciplinario de profesionales y una secretaría de apoyo.

PARÁGRAFO: Los funcionarios que conformen el grupo, deberán pertenecer a los niveles asesor, profesional, técnico, administrativo y operativo que acorde con la actual planta de personal globalizada de la Procuraduría General de la Nación, las necesidades del servicio, volumen y trascendencia de expedientes, se requiera proveer.

ARTÍCULO QUINTO: DIRECCIÓN. La dirección estará a cargo del Viceprocurador General de la Nación y tendrá las siguientes funciones: Seleccionar los procesos que serán asumidos, en ejercicio de la competencia preferente, al conocimiento del GEID.

Proferir las decisiones de fondo, interlocutorias y fallos cuando sea el caso, en los procesos a cargo del Grupo. Impartir las directrices y lineamientos generales para la coordinación del grupo de

trabajo y hacer seguimiento de su ejecución. Llevar la vocería del GEID ante las demás dependencias de la Procuraduría General de la Nación y ante las diferentes autoridades, entidades e instituciones del Estado. Comisionar a los asesores adscritos al GEID para la práctica de pruebas, dentro de los procesos disciplinarios asignados. 2

PROCURADURIA

(ENEMI. DE L4 MCION RESOLLXIÓN No? 1 4

1 U ji 43R 2Ü221(cid:9) ) "Poda cual se crea el Grupo Elite de Investigaciones Disciplinarias— GEID-, se establece su estructura y funciones y se dictan otras disposiciones" ARTÍCULO SEXTO: COORDINACIÓN. La coordinación estará a cargo del funcionario que para el efecto designe el Viceprocurador General de la Nación y tendrá las siguientes funciones: Tomar las decisiones de sustanciación en las actuaciones disciplinarios que conozca el GEID. Distribuir equitativamente los casos seleccionados entre los diferentes asesores, teniendo en cuenta criterios de especialización temática y complejidad. Establecer -siguiendo las instrucciones del directorlas pautas o criterios generales de aplicación de las normas sustantivas, procesales y la competencia para el conocimiento de las investigaciones disciplinarias, a partir de la identificación de casos típicos paradigmáticos, apoyándose en la ley, los conceptos, la doctrina y la jurisprudencia existente sobre la materia. Fijar metas y objetivos del grupo de trabajo, hacer seguimiento y evaluar desde el punto de vista de la producción o número de providencias emitidas y calidad jurídica de las mismas, atendiendo las gestiones realizadas para el esclarecimiento de los hechos y la

aplicación de criterios jurídicos y/o técnicos, según corresponda, por parte de los funcionarios a cargo. Establecer sus propios indicadores de eficiencia y eficacia, definidos con el apoyo de la oficina de planeación. Crear equipos de trabajo funcionales de acuerdo con los temas y áreas geográficas en las que sean requeridos, cuando ello sea necesario para mejorar la función. Rendir los informes que le sean solicitados en el marco de la gestión del grupo de trabajo. Dar visto bueno previo a los autos que autorizan el desplazamiento de los funcionarios del grupo de trabajo, para la firma del director general, teniendo en cuenta la necesidad y la razonabilidad de su ejecución. Recibir y administrar los recursos logísticos y técnicos con que cuenta el grupo de trabajo y velar por su adecuada utilización y gasto. Supervisar que los sistemas de información de la entidad se encuentren actualizados, en relación con la información que corresponda al GEID, para lo cual obtendrá la colaboración de los funcionarios que laboran en el grupo de trabajo y de los demás servidores de la Procuraduría General de la Nación. Gestionar los recursos y apoyos logísticos necesarios para el cumplimiento de las labores propias del GEID. I.(cid:9) Responder los derechos de petición y tutelas relacionados con las funciones y procesos a cargo del GEID. Conceder permisos al personal del grupo de trabajo a su cargo de conformidad con la ley. Realizar las evaluaciones de desempeño requeridas por la oficina de selección y carrera del personal a su cargo. Las demás funciones asignadas acorde con el nivel y cargo, según el manual de funciones y competencias laborales y guarden relación con la misión del grupo de trabajo.

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PROCURADURIA BERALDEL4NACION RESOLUClatt !for 1 1 4

((cid:9) Ud ABR 202V(cid:9) ) "Por la cual se crea el Grupo Elite de Investigaciones Disciplinarias— GEID-, se establece su estructura y funciones y se dictan otras disposiciones" p. Las demás funciones que le asigne la Procuradora General de la Nación. ARTÍCULO SÉPTIMO. EQUIPO INTERDISCIPLINARIO. El equipo interdisciplinario que conforma el GEID estará integrado por los funcionarios asigne la Procuradora General de la Nación y tendrán las siguientes funciones. Sustanciar las actuaciones disciplinarias que conozca el GEID. Cumplir comisiones para la instrucción de investigaciones disciplinarias y práctica de prueba. Colaborar en el estudio, evaluación y proyección de conceptos y asuntos asignados. Mantener actualizados los sistemas de información de la entidad asignados para el desempeño de sus funciones y darle uso racional acorde con las directivas y reglamentos internos. Realizar todas las actividades y actuaciones pertinentes conforme a las designaciones y delegaciones otorgadas. Las demás funciones asignadas acorde con el nivel y cargo, según el manual de funciones y competencias laborales y guarden relación con la misión del grupo de trabajo. ARTÍCULO OCTAVO. SECRETARÍA. La Secretaría del GEID actuará bajo los lineamientos y supervisión del coordinador y cumplirá las funciones establecidas en la ley y en los reglamentos o manuales de funciones y competencias laborales de la entidad. ARTÍCULO NOVENO. SISTEMAS DE INFORMACIÓN: La Oficina de Tecnología, Innovación y Transformación Digital actualizará los sistemas de información de la entidad de acuerdo con

lo dispuesto en la presente Resolución y creará un buzón de correo electrónico para los trámites administrativos y/o secretariales que requiera el Grupo GEID, el cual será administrado por el funcionario designado por el coordinador del mismo. ARTÍCULO DÉCIMO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las demás resoluciones que le sean contrarias especialmente la Resolución 028 del 1° de febrero de 2017 por la cual se creó el Grupo Elite Anticorrupción, el cual queda disuelto a partir de la vigencia del presente acto administrativo.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGA TA CABEL3..

Procura ora General b---ra—Nación Proyectó. Miguel Ricardo Medina / Asesor Gabinete Despacho Procuradomireral ^ ñ

Revisó: (cid:9) Andrés Higuera Africano /Mes« Despacho Procuradora Genera Silvano Gómez Strauch Niceprocurador General de la Nación (E) Aprobó.(cid:9) Javier García Ávila / Secretario Privado Despacho Procuradora GenerMr

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