PGN - Resolución 128 de 2005
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- PGN - Resolución 128 de 2005
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2005
RESOLUCION NÚMERO 128 (27 ABR. 2005) Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 048 del 17 de febrero de 2005, que convoca a la elección del Representante de los servidores ante la Comisión de Personal. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION ( E ) en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 7º., numeral 7, del Decreto 262 de 2000 y las Resoluciones números 0021 de 1996 y 048 de 2005 y, CONSIDERANDO Que por medio de la Resolución 0021 de febrero 23 de 1996, el señor Procurador General de la Nación, integró la Comisión de Personal de la Procuraduría General de la Nación, con dos (2) representantes del Despacho y un (1) representante de los servidores, y reglamentó la elección de los mismos ante la Comisión de Personal. Que mediante Resolución No. 048 del 17 de febrero de 2005, se convocó a todos los servidores de la Entidad, para elegir al Representante ante la Comisión de Personal, para un período de dos (2) años comprendidos entre el primer día hábil de mayo de 200.5 y el último día hábil del mes de abril de 2007. Que en la Resolución mencionada se estableció como fecha de votación para la elección del Representante de los servidores ante la comisión de personal, el día ocho (8) de abril de 2005, en la jornada de 8:A.M. a 4:00 P.M. Que de igual forma en el artículo séptimo de la resolución 048 de febrero 17 de 2005, se estableció que el escrutinio se realizaría el día 15 de abril de 2005, a las 3:00 P.M.
en el Auditorio Antonio Nariño, en presencia de la Secretaria General o su delegado, del jefe de la División de Gestión Humana, y de un representante de los candidatos con sede en Bogotá. El jefe de la Oficina de Veeduría, actuará como Secretario. Que el día 15 de abril de 2005, en desarrollo del escrutinio público nacional, con presencia de los delegados respectivos, se estableció que por omisión del señor Procurador Regional de Cundinamarca, en dicha Procuraduría no se realizó el mencionado proceso electoral de conformidad con las directrices impartidas desde este Despacho, lo cual implicó la no participación de los funcionarios adscritos a dicha Regional. Que con fundamento en lo anterior, mediante Resolución No 115 del 21 de abril de 2005, se procedió a dejar sin efectos las elecciones efectuadas el día 8 de abril del mismo año, para elegir al Representante de los servidores ante la Comisión de Personal y establecer como nueva fecha de elecciones, el día 21 de febrero de 2005. Que a través de la División de Gestión Humana se comunicó a todos los Procuradores zonales, tal situación, con el fin de que procedieran a efectuar el día 21 de abril de 2005, las nuevas votaciones para la elección del Representante de los Servidores. Que por los motivos antes expuestos, se hace necesario establecer como nueva fecha para los escrutinios generales, para la elección del Representante de los Servidores ante la Comisión de Personal, el día dos (2) de mayo de 2005, a las 3:00 P.M. en el lobby del auditorio Antonio Nariño (piso 4°. Torre principal). Que de igual forma, la publicación del resultado de los escrutinios se efectuará el día
tres (3) de mayo de 2005. Que es procedente mencionar, que si la votación no abarca la mitad mas uno de los electores, se fija como nueva fecha para la segunda vuelta, el día diez (10) de mayo de 2005, entre las 8:00 A.M. y las 4:00 P.M. Que el escrutinio respectivo se efectuará el día diecisiete (17) de mayo de 2005, en el lobby del Auditorio Antonio Nariño (piso 4º Torre principal). Que la publicación de los resultados finales se llevarán a cabo el día dieciocho (18) de mayo de 2005. Que en mérito de expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Modificar el artículo séptimo de la Resolución 048 de febrero 17 de 2005, en el sentido de establecer como nueva fecha para el escrutinio general el día dos (2) de mayo de 2005, a las 3:00 P.M. en el lobby del Auditorio Antonio Nariño, y la publicación respectiva, el tres (3) de mayo del mismo año.
ARTICULO SEGUNDO: En el evento de ser necesario una segunda votación se procederá de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. .
Dada en Bogotá a los, 27 ABR. 2005
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CARLOS ARTURO GOMEZ PAVAJEAU
Procurador General (E)