PGN - Resolución 137 de 2020
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 137 de 2020
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN N° 0 1 3 7 de 2020 ( 2 5 MA R 202 0 ) “Por medio de la cual se suspenden los términos para tomar posesión de los cargos en la Procuraduría General de la Nación, así como los términos de las prórrogas concedidas para tal fin.” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las contenida en el numeral 7º del artículo 7º del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación “Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley”. Que el artículo 84, ídem, señala “Término para la aceptación, verificación y posesión en el empleo. El nombramiento deberá ser comunicado al interesado dentro de los ocho (8) días siguientes a su expedición y éste deberá aceptarlo dentro de un término igual. Aceptado el empleo, el jefe de la División de Gestión Humana antes del acto de posesión, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del mismo. El término para la posesión es de 15 días contados a partir de la fecha de aceptación del empleo. PARÁGRAFO. El término para la posesión podrá ser prorrogado por el nominador por una sola vez hasta por treinta (30) días siempre que se considere justa la causa invocada y que la solicitud
se formule antes del vencimiento del término inicial”. Que mediante Resolución nº. 385 del 12 de marzo de 2020, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, fue declarada la emergencia sanitaria en el país, a causa del coronavirus
COVID-19.
Que a través de Resolución nº. 133 del 19 de marzo de 2020, el Procurador General de la Nación en uso de sus facultades legales y reglamentarias, suspendió la atención al público de manera presencial en todas las sedes de la Entidad, desde el 20 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020. Que mediante Decreto nº. 457 del 22 de marzo de 2020, proferido por el Ministerio del Interior, “… se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público”, y en tal sentido se ordenó “…el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19”. Que la Entidad tiene como política interna, realizar las posesiones dentro de los diez (10) primeros días calendario de cada mes, período en el cual se ingresan todas las novedades administrativas en nómina. Que el Procurador General de la Nación, teniendo en cuenta el aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional para toda la ciudadanía, así como la suspensión de la atención presencial en todas las sedes de la Entidad, con el ánimo de salvaguardar la Salud Pública, como
responsabilidad del Estado y de la ciudadanía, considera necesario suspender los términos para tomar posesión de los cargos de las personas nombradas en la Procuraduría General de la Nación. RESOLUCIÓN N° 0 1 3 7 de 2020 ( 25 MAR 202 0 ) “Por medio de la cual se suspenden los términos para tomar posesión de los cargos en la Procuraduría General de la Nación, así como los términos de las prórrogas concedidas para tal fin.” Que así mismo, se hace necesario suspender los términos de las prórrogas ya concedidas por este despacho para tomar posesión del cargo. Que en mérito de lo expuesto; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: SUSPENDER los términos para tomar posesión de los cargos de las personas nombradas en la Procuraduría General de la Nación, a partir de la fecha y hasta el 30 de abril de 2020.
PARÁGRAFO: Se autorizan aquellas posesiones que deban adelantarse en atención a estrictas necesidades del servicio, en cuyos casos se realizarán de manera virtual a nivel nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO: SUSPENDER los términos de las prórrogas ya concedidas por este despacho para tomar posesión del cargo, a partir de la fecha y hasta el 30 de abril de 2020.
ARTÍCULO TERCERO: Las referidas suspensiones se extenderán si se amplía la declaratoria de aislamiento preventivo obligatorio ordenada en el país, de acuerdo a las fechas que para ello establezca el Gobierno Nacional.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Procurador General de la Nación
Proyectó: División de Gestión Humana
Aprobó: Secretaría General.
Aprobó: Asesor del Despacho del Procurador General de la Nación Hoja 2 de 2