PGN - Resolución 155 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 155 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURADURIA GENERAL DE LA KICION RESOLUCIÓN N°(cid:9) 5 5 de 2021 20 HAY 2021(cid:9) ) ( (cid:9) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 152 del 14 de mayo de 2021". LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y en el parágrafo del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, la Procuradora General de la Nación puede: "Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterio de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera." Que el parágrafo del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 establece que: "El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las funciones que le otorga e/ artículo 278 de la Constitución Política. Las señaladas en el artículo 277 constitucional y las demás atribuidas por el legislador podrá ejercerlas por sí, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto." Que mediante Resolución 095 del 15 de marzo de 2021, se creó la Comisión Nacional de Control Electoral, con el fin de ejercer la vigilancia preventiva e intervención sobre
los procesos electorales y votaciones de mecanismos de participación; así mismo, en el precitado acto se dispuso que para el cumplimento de sus funciones se podrían integrar y designar los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación que se requieran. Que para el año 2022 se tiene prevista la elección de Congreso, Presidencia y Vicepresidencia de la Republica, respecto de los cuales se hace necesario ejercer vigilancia especial sobre los procesos de contratación que celebre la Organización Electoral, en aras de salvaguardar los recursos públicos y el cumplimento, entre otros, de los principios de transparencia y planeación contractual. Que mediante Resolución No. 152 del 14 de mayo de 2021 se asignó a la Procuraduría Delegada para las Entidades Territoriales y Diálogo Social, la función de Vigilancia Preventiva sobre los procesos de contratación que celebre la Organización Electoral, con ocasión de las elecciones a realizarse en el año 2022. 1 o PROCURADURIA GENERAL DE LA PUCO RESOLUCIÓN N° 1 5 5 de 2021 ( 20 MAY 2021 "Por medio de/a cual se modifica la Resolución No. 152 del 14 de mayo de 2021". Que se hace necesario modificar el artículo 1° de la Resolución No. 152 del 14 de mayo de 2021, a fin de redefinir las dependencias de la Procuraduría que estarán a cargo del citado acompañamiento. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la Resolución 152 del 14 de mayo de 2021, el cual quedará así:
"ARTÍCULO PRIMERO. DESIGNAR en los titulares de la Procuraduría Delegada para las Entidades Territoriales y Diálogo Social y la Procuraduría 25 Judicial II para Conciliación Administrativa, la vigilancia preventiva de los procesos de contratación que celebre la organización Electoral de Colombia, con el objeto de atender la preparación logística de las elecciones para congreso, presidencia y vicepresidencia de la república, cuyas votaciones se realizarán en el año 2022." ARTICULO SEGUNDO. Los funcionarios designados deberán informar de manera permanente a la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales, sobre el desarrollo de sus funciones. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR por medio de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo a los titulares de la Procuraduría Delegada para las Entidades Territoriales y Diálogo Social y de la Procuraduría 25 Judicial II para Conciliación Administrativa, para lo pertinente. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARGA TA CABELLO BLANC
Procuradora General de la Nación
Revisó: Andrés Higuera Africano - ProfesionalDespacho Procuradora General Maria Mercedes Estupiñan — PM! Despacho Procuradora General Aprobó: Javier Andrés García Ávila - Secretario Privado Despacho Procuradora GeneralriA
(Trazabilidad Virtual) 2