PGN - Resolución 172 de 2023
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 172 de 2023
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2023
PROCURADURIA GENERAL DE lA NACION 1 7 2
RESOLUCIÓN No. ( 1 6 MAY 2023 ) "Por medio de la cual se reglamenta el diseño, implementación y ejecución del Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional y se derogan otras disposiciones" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 277 de la Constitución Política y el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 13 del Decreto Ley 1567 de 19981 estableció el sistema de estímulos para empleados del Estado, conformado por políticas, planes, entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos, con el propósito de aumentar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales. Que el artículo 255 del Decreto Ley 262 de 2000 indica que el sistema de estímulos de los empleados de la entidad estará conformado por el conjunto de políticas, planes y programas de bienestar social e incentivos. Asimismo, que su objeto es elevar los niveles de eficiencia, desarrollo y bienestar de los servidores de la Procuraduría en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales. Que el artículo 259 del Decreto Ley 262 de 2000 precisa que los programas de bienestar social deben, principalmente, favorecer la creatividad, identidad,
participación y seguridad laboral de los empleados, así como la eficacia, eficiencia y efectividad en su desempeño; fomentar estrategias y procesos que contribuyan al desarrollo de los empleados y generar actitudes favorables frente al ejercicio de sus funciones; construir valores organizacionales que privilegien la responsabilidad social y la ética administrativa, y velar por la idoneidad de los programas y servicios sociales que prestan los organismos especializados de protección y previsión social a los empleados y a su grupo familiar. Que la Resolución No. 941 de 2019 creó el Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional y en el artículo tercero acogió los lineamientos del artículo 22 del Decreto Ley 1567 de 1998, referente a que los programas de bienestar social de las entidades públicas deberán enmarcarse en el área de protección y servicios sociales y el área de calidad de vida laboral. 1 "Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado".
PROCURADURIA !INERAL DE lA NACIDN 1 7 2
RESOLUCIÓN No. 1 6 M A Y 2 023 ) ( "Por medio de la cual se reglamenta el diseño, implementación y ejecución del Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional y se derogan otras disposiciones" Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) presentó en diciembre de 2020 el Programa Nacional de Bienestar: Servidores Saludables, Entidades Sostenibles, como un instrumento que permita desarrollar estrategias de
bienestar, que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida y la productividad de los servidores, abordando el desarrollo del programa de manera integral y replanteando el desarrollo por áreas de intervención (calidad de vida laboral y seguridad y salud en el trabajo), como lo señalaba la Guía de Estímulos para los Servidores Públicos de septiembre de 2018. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Resolución No. 270 de 20212 , el Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, de la División de Gestión Humana, tiene la responsabilidad de planificar y ejecutar el Programa de Bienestar Social de la entidad. En ese sentido, debe diseñar las actividades que promuevan los niveles de satisfacción, apoyar la promoción de los servicios ofrecidos, coordina la gestión cultural organizacional y asesorar en lo referente a los servicios y beneficios de bienestar, entre otros. Asimismo, el artículo 8 dispone que "[/]os Grupos que se organizan para el funcionamiento de la División de Gestión Humana, coordinarán y prestarán el apoyo a nivel nacional en el ámbito de sus competencias a las coordinaciones administrativas en el nivel territorial". Que, atendiendo los nuevos lineamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública, resulta necesario reglamentar el diseño, implementación y ejecución del Programa Nacional de Bienestar Social de los servidores de la Procuraduría General de la Nación y como consecuencia, derogar la Resolución No. 941 de 2019 "Por medio de la cual se establece el Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional". En mérito de lo expuesto, la Procuradora General de la Nación,
RESUELVE ARTÍCULO 1. OBJETO. Reglamentar el diseño, implementación y ejecución del Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional. ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS. El Programa Nacional de Bienestar Social deberá regirse por los principios dispuestos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) y los que determine la entidad. ARTÍCULO 3. FORMULACIÓN. La formulación del Programa Nacional de Bienestar Social (nivel central y nivel territorial), responderá al diagnóstico de intereses y necesidades en ámbitos como salud, recreación, cultura, deportes, prepensionados, clima y cultura organizacional, compensación emocional, entre otros, expresado por los servidores en la encuesta anual aplicada para tal fin. 2 "Por medio de la cual se organiza los grupos que conforman la División de Gestión Humana, se redistribuyen funciones y se derogan unas disposiciones". 1 7 RESOLUCIÓN No. 2 1 6 MAY 2023 ) ( "Por medio de la cual se reglamenta el diseño, implementación y ejecución del Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional y se derogan otras disposiciones" El Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la División de Gestión Humana, en concordancia con las políticas nacionales en la materia, determinará anualmente los lineamientos para la formulación del Programa Nacional de Bienestar Social y orientará la programación de actividades de los niveles central y territorial. ARTÍCULO 4. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES. A nivel central, será el Grupo de
Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo el encargado de programar las actividades. A nivel territorial, serán las coordinaciones administrativas o quienes hagan sus veces, los responsables de la programación de actividades, con el acompañamiento del nivel central y la aprobación del(la) procurador(a) regional. El Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la División de Gestión Humana, definirá las fechas para la entrega de las programaciones central y regional que se incluirán en la formulación del Programa Nacional de Bienestar Social. ARTÍCULO 5. REVISIÓN Y APROBACIÓN DEL PROGRAMA. Formulado el Programa Nacional de Bienestar Social, su revisión estará a cargo de la División de Gestión Humana y su aprobación corresponderá a la Secretaría General. ARTÍCULO 6. DIVULGACIÓN. El Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la División de Gestión Humana, divulgará el Programa Nacional de Bienestar Social en la página web de la entidad. Adicionalmente, en el nivel territorial, las coordinaciones administrativas o quienes hagan sus veces, serán las responsables de divulgar y socializar la programación de actividades. ARTÍCULO 7. EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES. La ejecución estará a cargo del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la División de Gestión Humana a nivel central y, en nivel territorial, serán las coordinaciones administrativas o quienes hagan sus veces. ARTÍCULO 8. CAMBIOS A LA PROGRAMACIÓN. De requerirse cambios en la programación de actividades, estos serán autorizados por la Coordinación del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo.
ARTÍCULO 9. SEGUIMIENTO. El seguimiento a la implementación del Programa Nacional de Bienestar Social estará a cargo del Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo de la División de Gestión Humana, que prestará apoyo técnico, verificará y emitirá lineamientos para acciones de mejora, bajo el ciclo PHVA (Planear - Hacer - Verificar - Actuar), cuando se requiera.
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION 1 7 2
RESOLUCIÓN No. ( 1 6 Mt\Y 2rQ3 ) "Por medio de la cual se reglamenta el diseño, implementación y ejecución del Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional y se derogan otras disposiciones" ARTÍCULO 10. INFORMES. El Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo, establecerá en cada vigencia las fechas de entrega de la programación de actividades, informes de ejecución y seguimiento del Programa Nacional de Bienestar Social. ARTÍCULO 11. OBLIGACIONES DE LOS JEFES INMEDIATOS. Los servidores de la Procuraduría General de la Nación tendrán derecho a participar de todos los programas de bienestar social promovidos por la entidad3 y es obligación de los jefes inmediatos promover y permitir su participación en dichas actividades. ARTÍCULO 12. DEROGAR la Resolución No. 941 de 2019 "[p]or medio de la cual se establece el Programa de Bienestar Social para los servidores de la Procuraduría General de la Nación a nivel nacional", así como todas las disposiciones que le sean
contrarias. ARTÍCULO 13. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE U\ Proyectó: Martha Luz Arango Muñoz -Asesora Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo A Yenny Elizabeth Castañeda Ramirez-Profesional Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salu C.U-d en J e l Trabajo\JZ.-. Elizabeth León Chaves-Asesora Grupo de Gestión de Bienestar y Seguridad y Salud en el Trabajo _ Revisó: Andrea Viviana Socarrás Yany-líder funcional Grupo de Ge ión de Bienestar y Seguridad y Salud en e(Trabajo ¡,d. ( Sandra Patricia Castaño Giralda -Asesor Oficina i fi Jaime Becerra Maya-Asesor Secretaría General ¡fi Andrés Higuera Africano -Asesor Despacho Proc dar Gene,fi . \\_ Marialicia López Iglesias -Asesora Despacho Procuradora General fi 4. Silvia Luis Rivadeneira Stand/ PJ II Despacho Procuradora General de la Naciónfi Aprobó: Mónica Maria Escobar Guerrero-Coordinadora Grupo de Gestión de 1enestar y Seguridad y Salud en el Trabajo Carlos William Rodríguez Millán -Jefe División de Ga._sfión Humana "fi Jorge Humberto Serna Botero -Jefe Oficina Jurídicafi\fi .d. Carlos Alberto Castellanos Araújo -Secretario General a Varón Garrido-Secretaria Privadafi, fi fi 3 Numeral 4 del artículo 37 de la Ley 1952 de 2019.