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PGN - Resolución 189 de 2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 189 de 2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

-• PROCURADURIP GENEhl DE LA NACION RESOLUCIÓN No. J 3 9 DE 2021 23 JUN 2021 "Por medio de la cual se modifica la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021. LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las establecidas en los artículos 118 y 277 de la Constitución Política, así como el artículo 7°, numerales 7, 34 y 38, del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que conforme al artículo 2° de la Constitución Política, corresponde a las autoridades de la República proteger y garantizar la vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades de todas las personas residentes en Colombia. Que de acuerdo con el artículo 277 de la Constitución Política, corresponde a la Procuradora General de la Nación, por sí o a través de sus delegados y agentes, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos, defender los intereses de la sociedad y velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. Que los numerales 2, 6, 7 y 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 otorgan a la Procuradora General de la Nación, respectivamente, la facultad para formular las políticas generales y los criterios de intervención del Ministerio Público; asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación; expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad, ejecutar las funciones y distribuir las competencias asignadas en la

Constitución y la ley, entre las distintas dependencias y servidores de la Entidad, atendiendo a criterios de especialidad y necesidades del servicio. Que para la Procuraduría General de la Nación es prioridad la protección y defensa de los derechos de los ciudadanos, por ello, teniendo en cuenta el reto sanitario que representa la pandemia por Covid-19 y valorando sus efectos desfavorables como la afectación a la salud y la atención a la misma, resulta primordial para la institucionalidad y la sociedad en su conjunto, el cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19. Que la Ley 2064 del 09 de diciembre de 2020, declaró de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra el Covid-19, y determinó que las vacunas deben ser priorizadas para los grupos poblacionales que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

PROCURADURIA

GENERAL DE EA NON

RESOLUCIÓN No. 1 DE 2021 89 23 JUN 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021" Que mediante el Decreto 109 del 27 de enero de 20211, se adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19 en el país y; en febrero de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó en su portal web los lineamientos técnicos y operativos dirigidos a todos los actores involucrados para llevar a cabo la referida estrategia de vacunación. Que la Procuraduría General de la Nación, en el marco de su función preventiva, expidió la Directiva No. 006 del 08 de febrero de 2021, mediante la cual se fijaron

pautas para los entes territoriales con relación a la implementación y seguimiento del Plan Nacional de Vacunación. Que la Mesa Técnica de acompañamiento y control a la estrategia de vacunación contra el COVID-19, conformada por los órganos de control (Ministerio Público y Contraloría General de la República), consciente de la importancia de la confiabilidad de la base de datos maestra a que se refiere el artículo 8 del Decreto 109 de 2021, y para evitar reprocesos con la información de la población priorizada, que puedan afectar negativamente el Plan Nacional de Vacunación, emitió la Circular Conjunta No. 003 del 11 de febrero de 2021 dirigida al Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia Nacional de Salud, entidades responsables del aseguramiento en salud y del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, a través de la cual requirió identificar, reportar y corregir las inconsistencias y dificultades que se han venido conociendo, particularmente sobre: i) accesibilidad a la plataforma Mivacuna; ii) priorización de personas fallecidas; iii) brechas tecnológicas respecto a los adultos mayores. Que la Procuraduría General de la Nación expidió la Resolución 065 de 16 de febrero de 2021 "por medio de la cual se crea el Grupo de Seguimiento al Cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19, en la Viceprocuraduría General de la Nación" determinando su integración y funciones para efectuar un control efectivo a la referida estrategia de vacunación. Que con fundamento en lo expuesto, y en consideración a los asuntos propios de competencia de cada área de la Entidad, se hace necesario modificar el título y el

artículo 2° de la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021, con el fin de redefinir la conformación del grupo de seguimiento al cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID — 19. 1 Articulo 1. Objeto. El presente decreto tiene por objeto adoptar el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y establecer la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción, asi como el procedimiento para el pago de los costos de su ejecución".

PROCURADURIA

GENERAL DE 1A NACION

RESOLUCIÓN No.1 8 9 DE 2021 23 JUN 2021 "Por medio de/a cual se modifica la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021" En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el título de la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021, la cual en adelante se denominará así: "por medio de la cual se crea el Grupo de Seguimiento al Cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el CO VID19" ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR el artículo 2° de la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO SEGUNDO: el Grupo de Seguimiento al Cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID — 19, estará integrado por: La Procuraduría Delegada para la Salud, Protección Social y el Trabajo Decente, quien lo presidirá. La Procuraduría Delegada para las Entidades Territoriales y Diálogo Social,

ejercerá su coordinación. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos. 4. - La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y las Mujeres. La Procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. La Gerencia COVID-19 de la Procuraduría General de la Nación." ARTÍCULO TERCERO: Los demás artículos de la Resolución 065 del 16 de febrero de 2021, se mantienen vigentes.

ARTÍCULO CUARTO: Esta resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

— MARGA TA CABELLO BLANCO Procura ora General de la Nación Pt-ndsó Maria Mercedes Estupiñan Achury Proc 357 Juri II Penal Gabinete Despar 4t rrnbó María Lourdes Hernández Mindiola - Jefe de Gabinete Javier Andrés García Avila Secretario Privado - Despacho Señora Procurado709,

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