PGN - Resolución 193 de 2022
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 193 de 2022
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2022
PROCURADURIA
GElfJW. CE LA UCION
9 3
RESOll: IOáN:Nn.1 ( O 9 JUN 2022 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución 226 del 03 de mayo de 2016" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el artículo 277 de la Constitución Política y los numerales 7, 8 y 29 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto 1851 de 2021, y CONSIDERANDO Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021, facultó a la Procuradora General de la Nación para expedir los actos administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones atribuidas por la ley y para el funcionamiento de la Entidad.
Que, según los numerales 6 y 7 del artículo 62 Decreto Ley 262 de 2000, corresponde a la Secretaría General reconocer comisiones de servicio y viáticos y gastos de transporte a los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación. Que, con el propósito de regular el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte, así como, establecer subreglas y parámetros que permitan mayor control, manejo de información en los sistemas y el mejoramiento del flujo de las cajas menores, la Procuraduría General de la Nación mediante la Resolución No. 226 del 3 de mayo de 2016, reguló el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en la Entidad.
Que, por razones de eficiencia y eficacia en trámite de autorización y solicitud de las comisiones de servicios de los cargos directivos de la entidad, se requiere realizar una modificación al régimen de competencias establecido en la Resolución No. 226 de 2016. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR el artículo octavo de la Resolución No. 226 del 03 de mayo de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO OCTAVO. Competencia para solicitar comisiones de servicios. El Procurador (a) General de la Nación, directamente o través de la Secretaria Privada o Secretaría General, solicitará las comisiones de servicios del Viceprocurador (a) General de la Nación, Procuradores Delegados, Auxiliares, Regionales y Distritales y demás servidores públicos de quienes sea su jefe inmediato. El Viceprocurador General, los Procuradores Delegados, Procuradores Auxiliares, el Secretario General, el Director de Investigaciones Especiales, los Coordinadores de las Direcciones Secciona/es de Investigaciones Especiales, el Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público, los Procuradores Regionales, Provinciales y Distritales, el Veedor y los Jefes de División u Oficina, ...__ ______________________________¡,i fioo.=,------
PROCUWURIA GBEPJJ. CE LUIAClON a. 1 9 3
RESO fi;& ( O 9 JUN 202T - ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución 226 del 03 de mayo de 2016" solicitarán las comisiones de servicios de los funcionarios de sus dependencias o
grupos de trabajo, así como de los Procuradores Judiciales sobre quienes ejerzan funciones de coordinación Cuando la comisión de servicios sea en cumplimiento de una actividad relacionada con algún Comité de la Entidad, ésta deberá ser solicitada a través de la División de Gestión Humana. Las solicitudes de comisión de servicios deberán tramitarse a través del Grupo de Viáticos de la Entidad. PARÁGRAFO. En caso de ausencia total o parcial del jefe inmediato de cualquier dependencia, la Secretaría General solicitará y aprobará las comisiones de servicios de los funcionarios de la misma. ARTÍCULO SEGUNDO. MODIFICAR el artículo décimo cuarto de la Resolución No. 226 del 03 de mayo de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Gastos de transporte de traslado. Habrá lugar al reconocimiento y pago de gastos de transporte cuando el funcionario de la Procuraduría General de la Nación sea trasladado de manera oficiosa por el nominador y ello implique el cambio en la sede territorial de desempeño. Por ende, no habrá lugar a dicho reconocimiento si el cambio de sede deriva de una solicitud del funcionario o del nombramiento en encargo, comisión de empleo de libre nombramiento y remoción, o en periodo de prueba. El pago de los gastos de transporte cobija al empleado de la Procuraduría, su cónyuge o compañera (o) permanente, y los hijos y padres cuando dependan económicamente de aquel, y comprenderán lo necesario para la movilización de sus muebles y enseres. Para su trámite, el interesado deberá presentar ante la División Administrativa, dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificación o comunicación del acto
administrativo de traslado, la respectiva solicitud acompañada de tres (3) cotizaciones, sin perjuicio del plazo en que el servidor deba estar laborando en la nueva sede. No se reconocerá el pago respectivo sin la autorización previa del Ordenador del Gasto. Cuando se requiera el desplazamiento aéreo o terrestre para el lugar al que fue trasladado, el funcionario deberá, a través de la División de Gestión Humana, iniciar el trámite de compra de tiquetes aéreos o terrestres. Este proceso sólo podrá realizarse por una única vez y sólo se extiende al funcionario sujeto del traslado. PARÁGRAFO PRIMERO. El estado civil y el parentesco se demostrarán con el correspondiente registro civil. La dependencia económica de los padres, hijos mayores de edad y compañero (a) permanente, con la afirmación escrita del funcionario, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad de juramento.
PROCURADURIA um BRII.CE 1 9 3
RESOLaaállfil!: ( O 9 JUN 202r- ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución 226 del 03 de mayo de 2016" PARÁGRAFO SEGUNDO. En todo caso, la Entidad solo pagará los gastos de transporte que se generen como consecuencia del traslado oficioso por el cambio de sede territorial de cumplimiento de funciones, y no reconocerá gastos adicionales como multas o penalidades que se generen de dicha situación. ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Procurado
Elaboró: Andrés M. Rojas/ Oficina Jurídica
Revisó: Andrés Higuera/ Despacho Procuradora General t,,I
Diana C. Negrette / Coordinadora Grupo De Gestiói De Personal
Aprobó: Jorge Humberto Serna / jefe de la Oficina Jurídica
Myriam Stella Ortiz / Jefe División de Gestión Humana Dumar Cardenas / Jefe División Administrativa Carlos Alberto Castellanos/ Secretario General-a"',d_