PGN - Resolución 195 de 2021
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 195 de 2021
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2021
PROCURAD URIA
GENERAL DE LA NACO
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RESOLUCIÓN Nol ((cid:9) 2 5 JUN 2021
(cid:9) Y "Por medio de la cual se asignan funciones a los Sustanciadores adscritos a las Procuradurías Judiciales en Asuntos Administrativos" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus funciones constitucionales, legales y reglamentarias, y las establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política, las previstas en los numerales 6, 7, 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 22 de febrero 2000, y CONSIDERANDO Que el artículo 275 de la Constitución Política señala que la Procuradora General de la Nación es la Suprema Directora del Ministerio Público. Que en desarrollo del mandato legal establecido por la Ley 1367 de 2009 y lo preceptuado por la Ley Estatutaria de la Justicia 1285 del mismo año, que dispuso la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad para interponer las acciones de nulidad y restablecimiento, reparación directa y controversias contractuales, en ejercicio de las funciones que atañen al Ministerio Público, se organizó la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa. Que en virtud del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2021, la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa viene ejecutando los proyectos estratégicos denominados: "Expediente digital en conciliación extrajudicial administrativa" e "Interacción virtual e interoperabilidad con la Jurisdicción Contencioso Administrativa". Que en desarrollo del mencionado proyecto denominado "Expediente digital", se
creó el módulo de radicación on une de solicitudes de conciliación extrajudicial por la sede electrónica de la página web de la Procuraduría General de la Nación, con el que se pretende contribuir a la descongestión de los despachos, a la política de cero papel y a que el acceso a la información sea más eficiente, gracias a que el ciudadano podrá consultar su expediente, realizar seguimiento a la trazabilidad del trámite y remitir los documentos que se requieran, sin necesidad de desplazarse hasta las instalaciones de la Procuraduría. 1
PROCURADURIA
DENRAIDEIAION
95 RESOLUCIÓN Nol ( (cid:9) 5 JUN 2021 - "Por medio de la cual se asignan funciones a los Sustanciadores adscritos a las Procuradurías Judiciales en Asuntos Administrativos" Que de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo de la Resolución No. 00040 de 10 de febrero de 2017, por medio de la cual se adoptó el Sistema de Información de Gestión Documental Electrónico y de ArchivoSIGDEA, "es deber de todos los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y el Instituto de Estudios del Ministerio Público organizar todos los documentos que por razón de sus funciones recepcione, tramite, gestione, produzca, archive y preserve, así como registrar las actuaciones que se realicen en el SIGDEA, según el rol asignado a cada uno". Que se implementó el reparto automático de las solicitudes de conciliación extrajudicial a los procuradores judiciales administrativos del país a través del Sistema de Gestión Documental Electrónico y de Archivo - SIGDEA. Que con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, la Procuraduría
General de la Nación adoptó medidas para asegurar y continuar con la prestación del servicio público respecto de la conciliación extrajudicial en materia de lo contencioso administrativo. Para ello, se expidieron las Resoluciones No. 127 de 16 de marzo de 2020 y No. 312 del 29 de julio de 2020, mediante las cuales se autorizó a los agentes del Ministerio Público a realizar audiencias no presenciales por medios electrónicos; y por Resolución No. 143 de 31 de marzo de 2020, se habilitaron direcciones de correo electrónico en las diferentes sedes del país donde funcionan Procuradurías Judiciales Administrativas, para que los usuarios puedan radicar las solicitudes de conciliación extrajudicial por este medio además de la sede electrónica. Que para el manejo de las solicitudes de conciliaciones extrajudiciales radicadas por correo electrónico en las regiones distintas a Bogotá, se crearon buzones por ciudades en el Sistema SIGDEA, cuya administración se realiza mediante reparto rotativo entre las Procuradurías Judiciales Administrativas del nivel territorial, mediante un cronograma de turnos y funcionarios responsables de dicha labor, conforme a lo establecido en el Memorando No. 6 de 20 de mayo de 2020, proferido por el Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa. Que una de las obligaciones inherentes al referido proyecto de "Expediente Digital" es la radicación de todas las solicitudes en SIGDEA, por lo que, cuando se presentan a través de correo electrónico, es necesario que previo a la labor de reparto, se efectúe la correspondiente radicación en el aludido Sistema de Gestión Documental. 2
PROCURAD URIA
6EhERÁLÜELANÁCFON
9_5 RESOLUCIÓN Nol ((cid:9) 2 5 JUN 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se asignan funciones a los Sustanciadores adscritos a las Procuradurías Judiciales en Asuntos Administrativos" Que conforme al Manual Específico de Funciones y de Requisitos por Competencias Laborales de la Procuraduría General de la Nación, los Sustanciadores prestan el servicio de atención a los usuarios internos y externos. Que la atención a los usuarios externos en materia de conciliación extrajudicial administrativa comprende, entre otras actividades, el recibo, radicación y reparto de las solicitudes que en tal sentido se presenten ante este órgano de control como actividad propia de las Procuradurías Judiciales para Asuntos Administrativos. Que, en consecuencia, se le asignará a los Sustanciadores adscritos a las diferentes Procuradurías Judiciales Administrativas del país, las funciones de recibo, radicación en el SIGDEA y reparto de las solicitudes de conciliación extrajudicial que presenten los usuarios a través de los correos electrónicos normativamente establecidos para tal fin. Que conforme con la Circular No. 006 de 21 de octubre de 2020, con el objetivo de unificar la información y propender por una actualización oportuna de las actuaciones misionales adelantadas en cada proceso, a partir del 1 de enero de 2021, el Sistema de Información Misional — SIM es la fuente oficial para la recolección, consolidación y caracterización de las estadísticas de la gestión preventiva y de intervención, por lo que la información correspondiente a dichas funciones, se debe registrar en el aludido Sistema.
Que en tal virtud, se hace necesario que todas las providencias y demás actuaciones que se efectúen en el trámite conciliatorio, producto de las funciones que actualmente adelantan los Sustanciadores y demás funcionarios adscritos a las Procuradurías Judiciales Administrativas, se registren en el Sistema de Gestión Documental Electrónico y de Archivo — SIGDEA y en el Sistema de Información Misional — SIM; en especial, las de sustanciar y proyectar los autos para la firma del competente, apoyar en el trámite de expedientes, elaborar citaciones a las partes y atender las solicitudes del usuario interno y externo. Así mismo, se registrarán en tiempo real las actividades que los Procuradores Judiciales Administrativos realicen ante las distintas autoridades judiciales y administrativas en cumplimiento de la función de intervención. Que es necesario impartir directrices y establecer las condiciones particulares en las que los Sustanciadores de los Procuradores Judiciales Administrativos del país adelantarán las funciones para continuar con la implementación del proyecto del 3
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
9_5 RESOLUCIÓN No.1 ((cid:9) 25 JUN 2021(cid:9) ) - "Por medio de la cual se asignan funciones a los Sustanciadores adscritos a las Procuradurías Judiciales en Asuntos Administrativos" "Expediente digital de conciliación extrajudicial administrativa", por lo cual se delegará esta facultad en el Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ASIGNAR a los Sustanciadores adscritos a las
Procuradurías Judiciales Administrativas, las funciones de recibo, radicación en el SIGDEA y reparto de las solicitudes de conciliación extrajudicial que presenten los usuarios a través de los correos electrónicos normativamente establecidos para tal fin; sin perjuicio de las labores de reparto que ya vienen adelantando respecto a las solicitudes que radican directamente en la sede electrónica de la entidad.
PARÁGRAFO PRIMERO: Se exceptúa de las anteriores funciones a los Sustanciadores de las Procuradurías Judiciales Administrativas de la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta que, dadas las condiciones especiales de reparto para el Distrito Capital, esta labor está asignada a otros servidores de la Procuraduría
Delegada para la Conciliación Administrativa.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En los circuitos judiciales donde exista un solo Procurador Judicial Administrativo que no cuente con Sustanciador, le corresponde a este funcionario administrar el buzón de SIGDEA y realizar la labor de radicación en el Sistema.
ARTÍCULO SEGUNDO: ASIGNAR a los Sustanciadores y demás funcionarios adscritos a las Procuradurías Judiciales Administrativas, que ejerzan labores de sustanciación, la función de registrar - en tiempo real - en el Sistema de Gestión Documental Electrónico y de Archivo — SIGDEA y en el Sistema de Información Misional — SIM, todas las providencias y demás actuaciones que se efectúen en el trámite conciliatorio, producto de las funciones que actualmente adelantan, en especial, las de sustanciar y proyectar los autos para la firma del competente, apoyar en el trámite de expedientes, elaborar citaciones a las partes, atender las
solicitudes del usuario interno y externo, y las actividades que realizan en cumplimiento de la función de intervención que ejercen los Procuradores Judiciales Administrativos ante las distintas autoridades judiciales y administrativas. 4
PROCURADURIA
GENERAL DE L OCION
RESOLUCIÓN No.1 9 5 ((cid:9) 2 5 JUN 2021(cid:9) ) "Por medio de la cual se asignan funciones a los Sustanciadores adscritos a las Procuradurías Judiciales en Asuntos Administrativos" ARTÍCULO TERCERO: DELEGAR en el titular del cargo de Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa, la facultad de impartir las directrices y definir las condiciones particulares para ejecutar las tareas que deben adelantar los Sustanciadores de los Procuradores Judiciales Administrativos, en desarrollo de todas las etapas del proyecto denominado "Expediente digital en conciliación extrajudicial administrativa".
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo a través de Secretaría General al Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa, y a través de la secretaría de esa dependencia, comunicarlo a todas las Procuradurías
Judiciales Administrativas. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución surte efectos a partir de la fecha de su comunicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE MARGARI A CABELLO BLANCO Procurad ra General de la Na yectcc Procuraduria Delegada para la Conciliación Administrativa eviso(cid:9) Oficina Juridica
Maria Mercedes Estupiñan Achury /proc. 357 Jud II Penal — Gabinete Despacho Maria Fernanda Villareal / Asesora Secretaria Privadat, rol),) Maria Lourdes Hernández Mindiola / Proc. 2 Delegada Moralidad Pública -- Jefe de Gabinete Javier Andrés Garcia Ávila / Secretario Pnvado (1razabilidad virtual) 5