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PGN - Resolución 201 de 2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 201 de 2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

PROCURADURIA -GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No. : 0 1 (cid:9) DE 2021 ((cid:9) 30 SIN 291(cid:9) ) "Por medio de la cual se crea el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades y atribuciones constitucionales y legales, especialmente las contenidas en los artículos 275 y 277 de la Constitución Política y los numerales 2, 7, 8 y 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 y CONSIDERANDO Que el artículo 275 de la Constitución Política determina que la Procuradora General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público. Que el artículo 277 de la Constitución Política establece como funciones de la Procuradora General de la Nación, entre otras: "1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; 2. Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad; 3. Defender los intereses de la sociedad; 4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente; 5. Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas [...] 9. Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria [...]". Que el numeral 2 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 prevé como función de la Procuradora General de la Nación: "Formular las políticas generales y criterios de intervención del Ministerio Público en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, actuación ante las autoridades administrativas y judiciales y centros de conciliación, y promoción,

protección y defensa de los derechos humanos". Que el numeral 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 faculta a la Procuradora General de la Nación para: "Expedir actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley". 1

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACION RESOLUCIÓN No: I) 1(cid:9) DE 2021 33 JUN 2021 ( "Por medio de la cual se crea el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva" Que el numeral 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 contempla como función de la Procuradora General de la Nación: "Distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad [...]". Que el numeral 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 determina que es competencia de la Procuradora General de la Nación: "34. Crear comités asesores y grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y las previstos en la ley". Que el artículo tercero de la Resolución 132 de 30 de abril de 2014 señala que todas las funciones misionales que ejerce la Procuraduría General de la Nación, es decir, los procesos misionales, estratégicos y de apoyo, incorporan en su gestión elementos preventivos con miras a garantizar los derechos de los ciudadanos. Que el artículo quinto ídem, define como función misional preventiva el: "anticiparse y evitar la ocurrencia de hechos que afecten los derechos de las

personas, mediante la detección y advertencia temprana de riesgos en la gestión pública. De igual manera promueve el respeto de las garantías de los derechos constitucionales" Que el artículo primero de la Resolución 055 de 06 de febrero de 2015 adiciona a la Resolución 132 de 2014, los diferentes tipos de actuación de la función preventiva, en escenarios de anticipación, mitigación y/o restitución y orientación; siendo ellos Tipo caso (se centra en un aspecto particular de la gestión pública); tipo proyecto preventivo (se centra en la problemática generalizada de la gestión pública); tipo actuación asunto abreviado (mediante ejecución de actividades preventivas primarias en donde se obtienen resultados inmediatos o en el corto plazo); tipo actuación asunto ordinario (mediante la ejecución de actividades preventivas de mayor complejidad en donde se obtienen resultados en el corto y mediano plazo). Que, con fundamento en lo anterior, se considera necesaria la creación de un Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva con funciones específicas relacionadas con la coordinación y verificación del cumplimiento de metas de este eje misional. 2 PROCURADINA "GBEADELUACION 2 0 1, RESOLOtitt Cc: (cid:9) DE 2021 ( (cid:9) 3 0 JUN 2021 "Por medio de la cual se crea el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva" Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I

CONFORMACIÓN Y MISIÓN ARTÍCULO PRIMERO: CREACIÓN. Crear el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva de la Procuraduría General de la Nación, adscrito al

Despacho de la Procuradora General de la Nación.

ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO. El Comité tendrá como objeto la coordinación, seguimiento y control de gestión de las labores del área misional preventiva de la Entidad.

ARTÍCULO TERCERO: CONFORMACIÓN. El Comité estará conformado por: La Procuradora General de la Nación, quien lo presidirá.

El Viceprocurador General de la Nación. La Procuradora Segunda Delegada para la Moralidad Púb lica. El Secretario Privado del Despacho de la Procuradora General de la Nación. Los Procuradores Delegados con función preventiva, dentro de los cuales se designará uno como coordinador del área. Un funcionario del Despacho de la Procuradora.

PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de ausencia de la Procuradora General de la Nación, el Comité Directivo será presidido por el Viceprocurador General de la Nación.

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PROCURADURIA

GENERAL DE LA tacioN

(cid:9) 2 0 1 RESOLUdÍÓiÑ DE 2021 ((cid:9) 30 JI1N 2071 "Por medio de la cual se crea el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva" ARTÍCULO CUARTO: FUNCIONES. El Comité tendrá las siguientes funciones: Formular el plan de trabajo y la metodología para la exigencia de metas en el marco de la función misional preventiva y de control de gestión. Verificar el cumplimiento de las metas señaladas. Verificar los asuntos administrativos delegados. Socializar, discutir y concertar estrategias para abordar los problemas que se presenten en esta área. Las demás que defina la Procuradora General de la Nación

ARTICULO QUINTO: OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ.

Los miembros del Comité deberán cumplir las siguientes obligaciones: Asistir a las reuniones programadas por la Secretaría Técnica del Comité. Rendir al Comité los informes que este disponga. Ejecutar las decisiones que se tomen en el Comité en relación con los asuntos abordados.

CAPÍTULO II

REUNIONES Y SECRETARÍA TÉCNICA ARTÍCULO SEXTO: REUNIONES. El Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva se reunirá ordinariamente cada 3 meses o cuando se requiera, de manera presencial o virtual. Las citaciones se harán por correo electrónico con tres (3) días de anticipación.

ARTÍCULO SÉPTIMO: SECRETARÍA. La Secretaría Técnica estará a cargo del Secretario Privado del Despacho de la Procuradora General de la Nación con el apoyo del Funcionario del Despacho que integra el Comité, quienes enviarán las convocatorias y levantarán las actas de las sesiones del Comité.

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PROCURADURIA

-GENEVIDEUMCION

(cid:9) 2 0 1 RESOLUCIÓN Nbt DE 2021 ( (cid:9) 30 JUN 2021 "Por medio de la cual se crea el Comité Ejecutivo Misional en Materia Preventiva" CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO OCTAVO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO NOVENO: COMUNICACIÓN. La Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación se encargará de comunicar la presente

resolución a los integrantes del Comité.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARGARI A CABELLO BLÁ3NO Procurad6ra General de la 4aión Proyectó(cid:9) Manalcia López Iglesias) Asesor Despacho Procuradora General Revisó(cid:9) Maria Mercedes Estupiñón Achury 'Procuradora 357 Judicial II Penal — Despacho Procuradora General de la Nación 4, María Parranda Villarreal Enriquez / Asesora Secretaria Privada Aprobó(cid:9) Merla Lourdes Hernández Mindiola — Procuradora Segunda Delegada para la Moralidad Pública Javier Andrés García — Secretario Privado Despacho Procuradora Genera (Traza:andad virtual) 5

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