PGN - Resolución 206 de 2006
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 206 de 2006
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2006
RESOLUCIÓN NÚMERO 206 ( 31 JUL. 31 2006 ) Por la cual se aprueba la Resolución No 000129 del 8 de junio de 2006, por la se adopta el reglamento interno de respuesta y atención de las peticiones, quejas y reclamos presentados por la Población en condición de Desplazamiento en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, en uso de sus atribuciones legales, y en especial la conferida en el numeral 2 del artículo 8 del Decreto-Ley 262 de 2000, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 01 de 1984, los reglamentos internos de derecho de petición, quejas y reclamos, expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernaciones y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación; Que la Jefe Asesoría Oficina Jurídica (E) del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, remitió a la Procuraduría General de la Nación, por medio de oficio del 11 de julio de 2006, la Resolución No. 000129 de 2006 del 8 de junio de 2006, "Por el cual se adopta el reglamento interno de respuesta y atención de las peticiones, quejas y reclamos presentados por la Población en condición de Desplazamiento", Que revisada la Resolución antes citada, se observa que su texto se ajusta en forma
íntegra a los principios establecidos en el Decreto 01 de 1984 y en las demás normas que desarrolla el derecho de petición; RESUELVE: PRIMERO. APROBAR la Resolución N° 000129 de 2006 que reglamenta el trámite interno de las peticiones, quejas y reclamos de la población desplazada en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno. TERCERO. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., el 31 JUL. 2006
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación RI-O5-2006