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PGN - Resolución 206 de 2022

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 206 de 2022
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2022

PROCURADURIA

GENERAL DE LA NACO RESQLUtlalt.ND2 0 ((cid:9) 1 7 JUN 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se delega la función de vigilancia preventiva en todo lo relacionado con el proceso contractual para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado del Municipio de Soledad" LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y CONSIDERANDO Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto 1851 de 2021, la Procuradora General de la Nación puede "[d]istribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera". Que el parágrafo del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2 del Decreto 1851 de 2021, establece que(cid:9) Procurador General de la Nación ejercerá directamente las funciones que le otorga el artículo 278 de la Constitución Política. Las señaladas en el artículo 277 constitucional y las demás atribuidas por el legislador podrá ejercerlas por sí, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto". Que el 4 de diciembre de 2001, la Alcaldía de Soledad, Atlántico, y la Sociedad de

Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla E.S.P. (Triple A S.A. E.S.P.) celebraron un contrato de concesión mediante el cual se entregó a Triple A S.A. E.S.P. la financiación, ampliación, rehabilitación, mantenimiento y operación de la infraestructura de los servicios de acueducto y alcantarillado y sus actividades complementarias en el municipio de Soledad, por un término de veinte (20) años, prorrogado por diez (10) meses en el Otrosí No. 6 anexado al contrato el 13 de diciembre de 2021. Que el contrato de concesión referido está vigente hasta el 17 de octubre de 2022 y, a la fecha, no ha iniciado el proceso de selección del contratista. Por lo tanto, es necesario garantizar la calidad, cobertura y continuidad de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el municipio de Soledad. Que, en virtud de lo anterior, se asigna a la Procuraduría 363 Judicial II para Asuntos Penales de Bogotá, reubicada en la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 6. Para la Conciliación Administrativa y con asignación de funciones en la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 1. Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, la función de vigilancia preventiva de todo lo relacionado con el proceso contractual para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Soledad. Que, en mérito de lo expuesto,

1 PROCURADURIA MALDELA »PON RESOtate_l_~ e. 2 0 6 ((cid:9) 1 7 JUN 2022(cid:9) ) "Por medio de la cual se delega la función de vigilancia preventiva en todo lo relacionado con el proceso contractual para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado del Municipio de Soledad" RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. DESIGNAR en el titular de la Procuraduría 363 Judicial II para Asuntos Penales de Bogotá, reubicada en la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 6. Para la Conciliación Administrativa y con asignación de funciones en la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 1. Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, la vigilancia preventiva de todo lo relacionado con el proceso contractual para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Soledad, Atlántico. ARTÍCULO SEGUNDO. El funcionario designado deberá informar de manera permanente al Despacho de la Señora Procuradora General de la Nación el desarrollo de sus funciones. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR, por medio de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo al titular de la Procuraduría 363 Judicial II para Asuntos Penales de Bogotá, reubicada en la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 6. Para la Conciliación Administrativa y con asignación de funciones en la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión

1. Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, para lo pertinente.

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

_XL? MARGARI A CABELLO BLA CO Procurad ra General de la Nación

Revisó: Andrés Higuera Africano — Asesor secretaria Privada Marialicia López Iglesias —Asesora Despacho Procuradora General Aprobó Gabriel del Toro Benavides — Procurador primero delegado para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública

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