PGN - Resolución 225 de 2001
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - Resolución 225 de 2001
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2001
A ésta la Revoca la Resolución 235 de 2009 RESOLUCION NÚMERO 225 (13 AGO 2001) Por medio de la cual se asignan funciones a algunos servidores públicos de la Procuraduría, ante el Despacho del señor Viceprocurador y se crean comisiones especiales para adelantar investigaciones disciplinarias relacionadas con presuntas irregularidades en los procesos de capitalización, privatización e intervención de las Empresas del Sector Eléctrico del País. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION En uso de la atribución consagrada en la Constitución Política y el articulo 7 numerales 6,19, 20 y 58 del Decreto Ley 262 del ano 2000 y, CONSIDERANDO Que el articulo 7 numeral 6 del Decreto Ley 262 de 2000, faculta al Procurador General de la Nación para asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría. Que el articulo 7 numeral 19 del Decreto Ley 262 de 2000, faculta al Procurador General de la Nación para crear comisiones disciplinarias especiales de servidores públicos, o designar de la entidad a un funcionario especial, para adelantar investigaciones disciplinarias y fallar, así como para decretar la suspensión provisional, cuando la gravedad, la importancia o trascendencia pública del hecho lo ameriten, para lo cual podrá desplazar al funcionario de conocimiento. Que el articulo 7 numeral 20 del Decreto Ley 262 de 2000, faculta al Procurador General de la Nación para comisionar a los servidores de la Entidad para instruir actuaciones disciplinarias de su competencia, o de otras dependencias de la Entidad,
al igual que para la practica de pruebas. Que teniendo como supuesto la gravedad y trascendencia publica de los hechos conocidos por este Despacho, atinentes a las irregularidades denunciadas en los procesos de capitalización, privatización y a la intervención y control por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que da cuantiosas defraudaciones atentatorias del patrimonio del estado en las cuales pudieron incurrir servidores públicos. Que en consecuencia, se hace necesario crear comisiones especiales y una coordinación, conformada por servidores de la Entidad, quienes se dedicaran de manera exclusiva a estos asuntos bajo la dirección del señor Viceprocurador General de la Nación, para que adelanten e instruyan las investigaciones y adopten las decisiones a que haya lugar, conforme a los parámetros establecidos en la Ley 200 de 1995 y el Decreto Ley 262 de 2000. RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Crear bajo la dirección del señor Viceprocurador General de la Nación, Doctor CARLOS ARTURO GOMEZ PAVAJEAU, una comisión disciplinaria especial integrada por los doctores JAIRO SALGADO QUINTERO, Procurador 55 Judicial II, quien será el coordinador de la Comisión Especial, los Asesores Grado 24 del Despacho doctores YOLANDA CABALLERO RENGIFO, AMELIA MURCIA CONTRERAS, RAFAEL SANCHEZ TURRIAGO, RICARDOGUZMAN ARROYO, MARIA MARGARITA ESCOBAR RUEDA y el Técnico Investigador Grado 11, adscrito a la Dirección de Investigaciones
Especiales, MAURICIO QUINTERO REYES.
ARTICULO SEGUNDO.- Facilitase a la Comisión disciplinaria especial a que se refiere el artículo anterior, para que asuma, adelante, instruya y continúe las investigaciones disciplinarias asignadas por el señor Viceprocurador General, relacionadas con las irregularidades y defraudaciones de que han sido objeto las Empresas del Sector Eléctrico del País, y para que adopte las decisiones de fondo que conforme a la ley deban proferirse en desarrollo de la actuación procesal, los fallos serán proferidos por el señor Viceprocurador General de la Nación ( inciso2°. Del parágrafo del numeral 58 del articulo 7 del decreto 262 de 2000). En los procesos de competencia del Procurador General de la Nación, la comisión disciplinaria especial quedara facultada únicamente para instruir y practicar pruebas. No obstante, las decisiones de fondo y los fallos disciplinarios serán proferidos por el señor Viceprocurador General de la Nación en única instancia, inciso 3°. del parágrafo del numeral 58 del articulo 7 del decreto 262 de 2000. ARTICULO TERCERO.- para los efectos previstos en el articulo 7 numeral 19 del Decreto Ley 262 de 2000, la comisión disciplinaria especial creada mediante esta resolución, será presidida por el doctor JAIRO SALGADO QUINTERO, en las actuaciones procésales asignadas por el señor Viceprocurador General. El Viceprocurador General podrá presidir la investigación o investigaciones que estime pertinentes. La comisión especial tendrá como sede la ciudad de Bogota y los desplazamientos fuera de la misma, deberán ser autorizados por el señor Viceprocurador General de
la Nación. ARTICULO CUARTO.- Asignar al doctor JAIRO SALGADO QUINTERO, Procurador Judicial 55 II en lo penal, funciones de Coordinador de la Comisión Disciplinaria Especial para el Sector Eléctrico Nacional, a que se refiere esta resolución. Las funciones de coordinación comprenden la facultad de vigilancia, control, orientación y fijación de pautas de Gestión en torno a las investigaciones asignadas a los funcionarios que integran la comisión y la potestad para requerir y obtener la colaboración, apoyo e información necesarias y de Gestión de las distintas dependencias de la entidad que conozcan o adelanten investigaciones relacionadas con tales hechos. ARTICULO QUINTO.- El coordinador y los servidores públicos que integran la Comisión Disciplinaria Especial, cumplirán funciones en el Despacho del Señor Viceprocurador General de la Nación. Los trámites de Secretaria se surtirán en la Secretaria de la Viceprocuraduría. ARTICULO SEXTO.- Remítanse copias de la presente resolución a los servidores públicos mencionados y dependencias de la entidad para su conocimiento y fines establecidos. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZON
Procurador General de la Nación