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PGN - Resolución 230 de 2020

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 230 de 2020
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

RESOLUCIÓN No.0230 (01 JUNIO 2020) “Por medio de la cual se designa el funcionario responsable de administrar el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del EstadoEKOGUI al interior de la Procuraduría General de la Nación y se deroga la Resolución N° 023 del 16 de enero de 2014.” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en los artículos 209, 211 y 277 de la Constitución Política, el Decreto Ley 262 de 2000, la Ley 790 de 2002, el Decreto 1069 de 2015, y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO Que según el artículo 277 de la Carta Política, el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tendrá entre sus funciones, la vigilancia respecto del cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; así como también, velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. Que, en concordancia con lo anterior, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 7, numeral 7° del Decreto Ley 262 de 2000, corresponderá al Procurador General de la Nación la expedición de “(…) los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para el desarrollo de las funciones atribuidas por la Ley”. Que el artículo 211 de la Carta Política prevé la delegación de funciones que pueden realizar las autoridades administrativas en sus subalternos.

Que el artículo 277 de la Constitución configuró las funciones atribuidas al Despacho del Procurador General de la Nación, y señaló expresamente la posibilidad de que las mismas puedan ser ejercidas de manera directa o por medio de los delegados y/o agentes. Que el artículo 15 de la Ley 790 de 2002 dispuso que el Gobierno Nacional fortalecerá la Dirección de la Defensa Judicial de la Nación del Ministerio del Interior y de Justicia, la cual desarrollará dentro de sus funciones las de prevención del daño antijurídico, profesionalización de la defensa de los intereses litigiosos del Estado y la recuperación de los dineros que con ocasión de las conductas dolosas o gravemente culposas de sus funcionarios o ex funcionarios haya pagado el Estado, así como las de coordinación, seguimiento y control de las actividades de los apoderados que defienden el Estado en las entidades del orden nacional, mediante la implementación o consolidación de un sistema integral de formación que de manera transversal alerte sobre las eventualidades judiciales a las que se expone el Estado. Que el artículo 2.2.3.4.1.1 del Decreto 1069 de 2015, establece que el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - "eKOGUI" es la única plataforma de gestión de información del Estado, para el seguimiento de las actividades, procesos y 1

Proceso: M ejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018

RESOLUCIÓN No.0230 (01 JUNIO 2020) “Por medio de la cual se designa el funcionario responsable de administrar el

Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del EstadoEKOGUI al interior de la Procuraduría General de la Nación y se deroga la Resolución N° 023 del 16 de enero de 2014.” procedimientos inherentes a la actividad judicial y extrajudicial del Estado, ante las autoridades nacionales e internacionales. Que el artículo 2.2.3.4.1.3 del mencionado Decreto indica que el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado – “eKOGUI” deberá ser utilizado y alimentado por las entidades y organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza y régimen jurídico y por aquellas entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos, siendo esta la única fuente oficial de información sobre la actividad litigiosa deI Estado. Que, a su vez, el artículo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, consagra que a los Representantes Legales de las entidades les corresponde designar un administrador de la información reportada en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado, que deberá ser un servidor que acredite el título de abogado y quien deberá asegurar el registro oportuno y la actualización permanente de información en la plataforma. Que de acuerdo al parágrafo del artículo precedente, los representantes legales de las entidades y organismos del orden nacional con sedes a nivel territorial, deberán designar un administrador local para cada una de las sedes, quien cumplirá con las mismas funciones del administrador central. Que mediante la Resolución N° 023 del 16 de enero de 2014, se había hecho la designación

de funcionario responsable del sistema, sin embargo, ante el cambio de la plataforma y las exigencias del nuevo aplicativo, se hace necesario derogar ese acto administrativo y realizar una nueva designación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Designar a Rafael Andrés Valenzuela Bueno, quien se identifica con la Cédula de Ciudadanía N° 80.793.679 y Tarjeta Profesional N° 293.866 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura en su calidad de Sustanciador Grado 11, adscrito a la Oficina Jurídica de la Procuraduría General de la Nación, como Administrador del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado – “eKOGUI” al interior de la entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en el Jefe de la Oficina Jurídica y en los Procuradores Regionales, la función de vigilar, gestionar y tramitar todo aquello que resulte pertinente para el registro oportuno de las actividades de que trata el Decreto 1069 de 2015 en lo relativo al Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - “eKOGUI”, respecto a las cuestiones judiciales y extrajudiciales donde la entidad sea sujeto 2

Proceso: M ejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018

RESOLUCIÓN No.0230 (01 JUNIO 2020) “Por medio de la cual se designa el funcionario responsable de administrar el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del EstadoEKOGUI al interior de la Procuraduría General de la Nación y se deroga la Resolución N° 023 del 16 de enero de 2014.” procesal y que se adelanten en los distintos despachos judiciales tanto a nivel central como dentro de las diferentes circunscripciones territoriales. ARTÍCULO TERCERO. Facultar a los Procuradores Regionales para que, en los términos del parágrafo del artículo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, designen un servidor a nivel territorial como funcionario responsable de vigilar el registro oportuno y la constante actualización de la información que debe reposar en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - “eKOGUI”, quien además deberá remitir a la Oficina Jurídica de la entidad, informes mensuales sobre la actualización de los procesos en la plataforma y sobre las novedades de cambio del personal que ejerce la defensa judicial. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar a través de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación el contenido del presente acto administrativo a las dependencias interesadas al interior de la entidad, así como también, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. ARTÍCULO QUINTO. Vigencia y derogatoria. – La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 023 del 16 de enero de 2014.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

Proyectó: Yaleth Manyoma - Asesora Oficina Jurídica

Revisó: Luisa Fernanda Lozano - Coordinadora Grupo de Defensa Judicial

Aprobó: Julieta Riveros - Jefe Oficina Jurídica

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Proceso: M ejoramiento Continuo; Subproceso: Gestión Calidad; Código: REG – MC– GC – 016; Versión: 1; Vigencia: 16/11/2018

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