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PGN - Resolución 238 de 2008

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 238 de 2008
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2008

DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN NÚMERO 238

Bogotá, D.C., 25 ABR. 2008 El Procurador General de la Nación en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 277, numeral 7° de la Constitución Política, y parágrafo del numeral 58 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000 y, CONSIDERANDO Que de acuerdo con el artículo 277 numeral 7° de la Constitución Nacional, el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus Delegados y Agentes, tiene como función "Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales". Que el parágrafo del numeral 58 del artículo 7° del Decreto262 de 2000 permite la asignación, distribución y delegación de funciones constitucionales y legales permitidas. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 906 de 2004, la petición especial es una condición de procesabilidad de la acción penal. Que el artículo 75, ibidem, dispone que la acción penal se iniciará por petición del Procurador General de la Nación cuando el delito se cometa en el extranjero, no hubiere sido juzgado, el sujeto activo se encuentre en Colombia y se cumplan los requisitos señalados en el citado artículo. Que atendiendo la información suministrada mediante oficio N°. 053-08-D-01 de marzo de 2008, signado por la doctora Diana Osiris Palacios Mosquera, Fiscal 01

Delegada ante los Jueces Penales Municipales de Leticia, Amazonas , se COMISIONA a la doctora SONIA ESPERANZA GARCÍA DE SARMIENTO, Procuradora 183 Judicial Penal II con sede en esa ciudad, para que presente petición especial ante la autoridad judicial competente, por los hechos relacionados en el citado oficio, advirtiéndole que debe cumplir los requisitos exigidos en el artículo 75 de la Ley 906 de 2004 para su formulación, rindiendo informe a la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación DPG/MP/NHA/isnv. Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales Cra. 59 No. 15-80 Piso 9 Tel. 5878750 Ext. 10932/10935/10933 minpublico@procuraduria.gov.co Rad. 84315 Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales Cra. 59 No. 15-80 Piso 9 Tel. 5878750 Ext. 10932/10935/10933 minpublico@procuraduria.gov.co

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