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PGN - Resolución 24 de 2020

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 24 de 2020
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2020

INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO Resolución Nº 024 de 2020 ( 30 de julio de 2020) “Por la cual se crea el Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTNC” LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO En ejercicio de las facultades legales otorgadas por el numeral 10 del artículo 54 del Decreto No. 262 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 49 del Decreto 262 de 2002, el Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP), es una Unidad Administrativa Especial de carácter académico, y autonomía financiera, presupuestal y administrativa para regular su propia actividad, con el propósito de promover, facilitar y desarrollar la gestión del conocimiento y el respeto de los derechos constitucionales a través de investigaciones, capacitaciones, publicaciones y certificaciones en competencias laborales, dirigidas a entidades públicas y a la sociedad en general. Que, conforme al artículo 50 del Decreto 262 de 2002, le corresponde al Instituto de Estudios del Ministerio Público, entre otras funciones, asesorar al Procurador General de la Nación y a los funcionarios del Ministerio Público, mediante el desarrollo de programas de capacitación orientados a mejorar la gestión administrativa y a promover el conocimiento y el respeto de los derechos consagrados en la Constitución Política, así como, las que desde su misionalidad asigne la ley o el Procurador General. Que, mediante Resolución 253 de 2012, la Procuraduría General de la Nación inició el proceso de actualización del manual de funciones y de competencias de los servidores a su cargo y diseñó la

política de gestión integral del talento humano, asignando en cabeza del Instituto la estrategia para acreditar al IEMP y sus programas académicos y comercializar algunos productos y servicios de esta unidad académica, lo cual quedó plasmado en el plan estratégico del IEMP del período 2009-2012. Que, como unidad académica especial, se validó la importancia estratégica de contar con una acreditación de calidad que le permita al IEMP, entre otras, certificar a personas en competencias laborales misionales, por lo que entre los años 2012 y 2013, el IEMP estructuró el proceso de certificación en esta materia e inició la acreditación ante el Organismo Nacional de AcreditaciónONAC. 1 Que, dada la experiencia adquirida por el proceso de certificación de personas, en el año 2016 el IEMP amplió su servicio, incluyendo las actividades de normalización, al obtener la autorización del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo-MCIT, para funcionar como una Unidad Sectorial de Normalización (USN)1, quedando facultada para preparar normas técnicas propias del sector, dentro de los parámetros internacionales establecidos para esta actividad, que apoyan el desarrollo del Programa Nacional de Normalización de este ministerio, a través de los siguientes actos administrativos: - Resolución 002 del 09 de junio de 2017 de MCIT: El Instituto de Estudios del Ministerio Público obtuvo la aprobación como Unidad Sectorial de Normalización-USN, por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo-MCIT, con el alcance de: “Competencias del Servidor Público: Certificación de competencias laborales, sector justicia, órganos de

control, entidades fiscalizadoras, entidades territoriales”. - Resolución 1924 del 23 de octubre de 2019 del MCIT: Amplió el alcance de la USN, en los siguientes términos: “Elaboración de documentos normativos asociados a la gestión de las organizaciones del sector público en las áreas de cumplimiento, transparencia y prevención de la corrupción y el soborno; así como en otras áreas de gestión de bienes y servicios”. Que, el numeral 2 del artículo 58 del Decreto 262 de 2000, establece que los recursos del Instituto están conformados entre otros, por “Los ingresos provenientes de los pagos que se efectúen a favor del Instituto por concepto de la prestación de otros servicios”. Que la norma en mención, en su artículo 56, otorga la potestad a la División de Capacitaciones del IEMP, de “Suscribir conjuntamente con el Director del Instituto los diplomas, certificados y constancias que deben expedirse con ocasión del desarrollo de las actividades académicas del Instituto”. Que el Instituto adoptó el Plan Estratégico “Generación de conocimientos para el Ministerio Público y la ciudadanía”, Resolución No. 680 de 2017 que, entre otros, definió los ejes estratégicos de competividad y calidad en la gestión y de fortalecimiento humano. En desarrollo de dichas estrategias, se orientan el fortalecimiento de la cualificación de un servidor público en su puesto de trabajo, que busca mejorar su desempeño laboral. 1 Entidad verificada por el Organismo Nacional de Normalización, reconocida y aprobada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de acuerdo con las directrices fijadas por el Decreto 210 de 2003, que tiene como función la preparación de normas propias de un sector, dentro de los parámetros internacionales establecidos para

esta actividad, con la posibilidad de ser sometidas al proceso de adopción y publicación de la NTC o GTC, ante el Organismo Nacional de Normalización. (Tomado de Reglamento del Servicio de Normalización de ICONTEC: 2016: definición 3.40). 2 Que la cualificación de un servidor público se apoya en la normalización, evaluación y certificación de competencias, la cual busca reconocer las habilidades y destrezas que una persona desempeña en su sitio de trabajo, con la finalidad de garantizar un mejor servicio y generar confianza en los usuarios/ciudadanos. Que, dada la importancia de la labor que ha venido generando el Instituto y de la prospectiva de innovación pública en la que se enmarca el direccionamiento estratégico de la entidad, se hace necesario conformar un grupo de trabajo que permita coordinar las actividades de normalización y certificación, para de esa manera garantizar la sostenibilidad de dichas funciones en el corto, mediano y largo plazo. Que el numeral 10 del artículo 54 del Decreto 262 de 2002 faculta al Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público -IEMP, para conformar grupos de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio. Que en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. CREACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJOCrear el Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTNC del Instituto de Estudios del Ministerio Público-IEMP, dentro de la Dirección del Instituto. ARTÍCULO SEGUNDO. OBJETIVO. el Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTNC del Instituto de Estudios del Ministerio Público-IEMP, tiene el objetivo de coordinar y garantizar las actividades necesarias para prestar los servicios de: (i) elaboración de normas técnicas

sectoriales de competencias laborales-NTSCL; (ii) evaluación; y (iii) certificación de competencias laborales para servidores públicos. PARÁGRAFO. El GTNC deberá propender por cumplir su objetivo de manera articulada con los procesos de innovación pública y transformación que tengan lugar en la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio Público y los demás procesos relacionados. ARTÍCULO TERCERO. CONFORMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PERSONAL. El GTNC del Instituto estará integrado por servidores del nivel asesor, profesional, técnico o de apoyo administrativo de diversas profesiones y perfiles, así como contratistas, que garanticen su conformación interdisciplinaria. A su vez, será coordinado por quien designe la dirección del Instituto de Estudios del Ministerio Público. 3 PARÁGRAFO. El Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTNC del Instituto se conformará dentro de la Dirección del Instituto de Estudios del Ministerio Público y trabajará de manera articulada y en colaboración con los demás grupos de trabajo del IEMP y sus respectivas divisiones. ARTÍCULO CUARTO. FUNCIONES. El Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTNC del Instituto de Estudios del Ministerio PúblicoIEMP, tendrá las siguientes funciones:

1. Articular las actividades misionales del Instituto frente a la gestión del proceso de normalización y certificación de personas en competencias laborales.

2. Elaborar el reglamento de normalización del IEMP como Unidad Sectorial de Normalización.

3. Elaborar la guía metodológica de normalización de competencias laborales de la Unidad

Sectorial de Normalización del IEMP.

4. Elaborar el manual del proceso de certificación de personas en competencias laborales.

5. Coordinar la construcción de normas técnicas sectoriales de competencias laborales –

NTSCL.

6. Realizar procesos de evaluación y certificación de competencias laborales de servidores públicos.

7. Las demás que sean asignadas por la dirección del Instituto de Estudios del Ministerio Público en el maco de sus competencias.

ARTÍCULO QUINTO. FUNCIONES DE COORDINACIÓN. La persona encargada de la coordinación del Grupo de Trabajo de Normalización y Certificación – GTC del Instituto tendrá las siguientes funciones:

1. Garantizar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en el reglamento de normalización de la USN del IEMP y en el manual del proceso de certificación de personas en competencias laborales.

2. Articular los esfuerzos del Instituto en materia de normalización y certificación de competencias laborales con los procesos sobre esta temática en las demás dependencias del Instituto y del Ministerio Público.

3. Las demás que sean asignadas por el Director del Instituto de Estudios del Ministerio

Público. ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. La División Administrativa y Financiera del IEMP comunicará el contenido del presente acto administrativo a las dependencias interesadas al interior del IEMP. 4 Dada en Bogotá, D.C, a los treinta (30) días del mes de julio de 2020.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE:

DIANA MARÍA DAJER BARGUIL

Directora Instituto de Estudios del Ministerio Público

Proyectó: Lorena Ramírez Duque. Jefe División Administrativa y Financiera.

Revisó: Rolan Sánchez / María Paula Robayo Trillos / Jacquelin Romero Guío, Despacho de la Dirección del IEMP.

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