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PGN - Resolución 241 de 2006

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
PGN - Resolución 241 de 2006
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Disciplinario
Año
2006

DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

(RESOLUCIÓN NÚMERO 241) El Procurador General de la Nación en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 277, numeral 72 de la Constitución Política, y parágrafo del numeral 58 del artículo 72 del Decreto Ley 262 de 2000 y, CONSIDERANDO Que de acuerdo con el artículo 277 numeral 7° de la Constitución Nacional, el Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus Delegados y Agentes, tiene como función "Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales". Que el parágrafo! del numeral 58 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000 permite la asignación, distribución y delegación de funciones constitucionales y legales permitidas. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 906 de 2004, la petición especial es una condición de procesabilidad de la acción penal. Que el artículo 75, ibídem, dispone que la acción penal se iniciará por petición del Procurador General de la Nación cuando el delito se comenta en el extranjero, no hubiere sido juzgado" el sujeto activo se encuentre en Colombia y se cumplan los requisitos señalados en el citado artículo. Que atendiendo la información suministrada mediante oficio No. 7.577 de fecha 16 de agosto de 2006, signado por la doctora Ana Patricia Larrota Pacheco, Fiscal 062 Seccional Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito, en el radicado No.

110016000017200604928, se COMISIONA al doctor JAIME GUTIÉRREZ MILLÁN, para que con carácter prioritario indague por la citada actuación, y presente petición especial ante la autoridad judicial competente, si de la evaluación realizada establece que se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 75 del Código de Procedimiento Penal para su formulación, rindiendo informe a la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación DPG/MP/NHA/isnv. Rad. No. 197578 Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales Cra. 5ª No. 15-80 Piso 9 Tel. 3360011 Ext. 10925/26 minpublico@procuraduria.gov.co

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